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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 105 Lunes, 4 de junio de 2012 Pág. 21392

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña

EDICTO (1314/2011).

N.º de autos: procedimiento ordinario 1314/2011.

Demandantes: Juan Ramón Fila Sánchez, José Ángel Rodríguez Villamarín, Jesús Vázquez Sánchez, Iván Manuel Presedo Sánchez, José Candal Gómez.

Abogado: Julio Portela Torron (…).

Demandados: Fondo de Garantía Salarial, Maquinaria Heildelberg Ocasión, S.L.

María Jesús Hernando Arenas, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 1314/2011 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Juan Ramón Fila Sánchez, José Ángel Rodríguez Villamarín, Jesús Vázquez Sánchez, Iván Manuel Presedo Sánchez, José Candal Gómez contra la empresa Fondo de Garantía Salarial, Maquinaria Heildelberg Ocasión, S.L., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

«Fallo que estimando íntegramente la demanda interpuesta por José Ángel Rodríguez Villamarín, Juan Ramón Fila Sánchez, Iván Manuel Presedo Sánchez, José Candal Gómez y Jesús Vázquez Sánchez, debo condenar y condeno a la empresa Maquinaria Heildelberg Ocasión, S.L. a que abone a los actores las siguientes cantidades, más el 10% de interés por mora:

– A José Ángel Rodríguez Villamarín: 4.384,50 €.

– A Juan Ramón Fila Sánchez: 4.384,50 €.

– A Iván Manuel Presedo Sánchez: 4.413,60 €.

– A José Candal Gómez: 3.432,60 €.

– A Jesús Vázquez Sánchez: 4.368,21 €.

Con intervención del Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese esta resolución a las partes, a las que se hará saber que contra la misma sólo cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, debiendo anunciarlo ante este juzgado en el plazo de cinco días a contar a partir de la notificación de esta sentencia, y en el propio término si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al anunciar el recurso entregar resguardo acreditativo de haber consignado la cantidad objeto de condena en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en el Banesto de esta ciudad.

E, igualmente, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150 euros en concepto de depósito especial para recurrir.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Se advierte al destinatario, la empresa Maquinaria Heildelberg Ocasión, S.L., que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 14 de mayo de 2012.

La secretaria judicial