Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 105 Lunes, 4 de junio de 2012 Pág. 21360

III. Otras disposiciones

Consellería de Trabajo y Bienestar

RESOLUCIÓN de 23 de mayo de 2012, de la Dirección General de Relaciones Laborales, por la que se ordena el registro, el depósito y la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, del acuerdo de la comisión paritaria del Convenio colectivo de residencias privadas de la tercera edad, relativo a la aclaración de los criterios establecidos por dicha comisión en relación con lo dispuesto en la cláusula adicional segunda del citado convenio.

Visto el acuerdo por el que se procede a la aclaración de los criterios establecidos por la comisión paritaria del Convenio colectivo de residencias privadas de la tercera edad en relación con lo dispuesto en la cláusula adicional segunda del citado convenio, suscrito en la reunión celebrada el 16 de mayo de 2012, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, y en el Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

La Dirección General de Relaciones Laborales

ACUERDA:

Primero. Ordenar su registro y depósito en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Galicia, creado mediante la Orden de 29 de octubre de 2010 (DOG n.º 222, de 18 de noviembre).

Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 23 de mayo de 2012.

Odilo Martiñá Rodríguez
Director general de Relaciones Laborales

ANEXO

En Santiago de Compostela, a las once horas del día dieciséis de mayo de dos mil doce, en la sede del Consejo Gallego de Relaciones Laborales se reúnen las personas abajo señaladas.

– Representación empresarial:

Jorge José Ces Mariño (ACOLLE).

M.ª Celina Rey Diéguez (ACOLLE).

Lucía del Campo Redondo (AGARTE).

Tamar Hidalgo González (AGARTE).

José M.ª Pazos Seco (AGARTE).

Eva María Jove González (AGARTE).

José Antonio Patiño Amboage (AGARTE).

– Representación social:

• CIG.

Paulo Paio Rubido Bará.

Xavier Vázquez López.

• UGT-Galicia.

Belén Muñiz Caamaño.

Sonia Outón Casal.

La cuestión objeto de esta reunión es la aclaración de los criterios establecidos por esta comisión paritaria en la reunión de veintitrés de febrero de dos mil doce, en relación con lo dispuesto en la cláusula adicional segunda del II Convenio colectivo de residencias privadas de la tercera edad en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Esta comisión pone de manifiesto en esta aclaración que lo acordado en las reuniones mantenidas los días diez y veintitrés de febrero se concreta en los siguientes términos:

El seguro regulado en la cláusula adicional segunda del Convenio será abonado una vez transcurrido el plazo de veinticuatro meses establecido en el artículo 48.2 ET. Esto es, cuando haya transcurrido la obligación de reserva del puesto de trabajo del trabajador incapacitado.

Esta comisión autoriza al personal habilitado del Consejo Gallego de Relaciones Laborales para la realización de los trámites precisos al efecto de proceder al registro, depósito y publicación de esta acta por la autoridad laboral.

Y no teniendo más asuntos que tratar, se levanta la reunión, a las doce horas del día señalado en el encabezamiento, y se extiende al efecto esta acta, que firman todos los asistentes, en prueba de conformidad.