Intentada la notificación en el domicilio conocido por esta dirección general al titular de la empresa que se indica a continuación y no siendo posible su práctica en el mismo, resuelvo notificar por este medio, al amparo de los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, modificada por la Ley 4/1999, el levantamiento de la paralización de la tramitación del procedimiento en cumplimiento de lo dispuesto en el Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social, y que se inicia el plazo de diez días, a partir del siguiente a su publicación en el DOG, durante el que podrán ejercer el derecho de audiencia del expediente previo a la resolución en esta Dirección General de Relaciones Laborales, todo esto según lo establecido en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Expediente: 2006/0048-0.
Acta de infracción: 262/2006/3/H.
Empresa: Proinreza, S.L.
Dirección: avda. Rosalía de Castro, 198. Perillo.15171 Oleiros (A Coruña).
Propuesta de sanción: 30.052,62 €.
Documentos que constan en el expediente:
– Acta de infracción de fecha 7.8.2006.
– Alegaciones de la empresa.
– Acuerdo de paralización y de levantamiento de paralización.
– Sentencia del Juzgado de lo Penal número 2 de Ourense de fecha 14.7.2010.
Santiago de Compostela, 21 de mayo de 2012.
Odilo Martiñá Rodríguez
Director general de Relaciones Laborales