Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa y de aprobación del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que a continuación se cita:
Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.
Domicilio social: avda. de Arteixo, 171, 15007 A Coruña.
Denominación: L.M.T.S., CC.TT. centro comercial As Cancelas.
Situación: ayuntamiento de Santiago de Compostela.
Características técnicas: línea eléctrica de media tensión subterránea, alimentación a CC.TT. centro comercial As Cancelas, a 20 kV, con una longitud de 1,834 km, con origen en la subestación de San Caetano (expediente 415/03), conductor tipo R.H.Z.1-2OL-12/20 kV, 3(1×240 Al), y final en el C.T. n.º 8 centro comercial As Cancelas, tras realizar entrada y salida en las celdas a instalar en los centros de transformación previstos y enlace con la L.M.T. subterráneas que alimentan a los CC.TT. urbanización As Cancelas n.º 1 y n.º 2 (expediente 266/08).
Línea eléctrica de media tensión subterránea, a C.R. centro comercial As Cancelas (línea cero), a 20 kV, con una longitud de 2x0,614 km, con origen en punto de acceso existente en intersección de calle As Cancelas con vial de la urbanización enlace L.M.T.S. SCY-807 (expediente 3/95), conductor tipo R.H.Z.1-2OL-12/20 kV, 3(1×240 Al), y final en la misma línea tras realizar entrada y salida en las celdas a instalar en el C.T. n.º 3, centro de reflexión del centro comercial As Cancelas.
Centros de transformación no prefabricados n.º 1, 2 y 3, con una potencia de C.T. n.º 1: 2×630 kVA, C.T. n.º 2: 3×630 kVA, C.T. n.º 3-C.R.: 2×630 kVA, y una relación de transformación de 20.000/400-230 V.
Centros de transformación no prefabricados n.º 4 y 8, con una potencia de 630 kVA (c/u), y una relación de transformación de 20.000/400-230 V.
Centros de transformación no prefabricados n.º 5, 6 y 7, con una potencia de 2×630 kVA (c/u), y una relación de transformación de 20.000/400-230 V. Ayuntamiento de Santiago de Compostela.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre (BOE n.º 285), del sector eléctrico, y en el título VII, capítulo II del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE n.º 310), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, esta jefatura territorial resuelve:
Autorizar y aprobar el proyecto de ejecución de la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el mismo y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.
Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
La instalación se ejecutará en un plazo no superior a un año, contado a partir de la fecha de esta resolución.
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el conselleiro de Economía e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente.
A Coruña, 2 de mayo de 2012.
Susana Vázquez Romero
Jefa territorial de A Coruña