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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 98 Jueves, 24 de mayo de 2012 Pág. 19809

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 29 de febrero de 2012, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se autoriza administrativamente la ampliación de la subestación de Mazaricos 220 kV-nueva posición de línea Lousame 220 kV-nueva posición de acoplamiento, en el término municipal de Mazaricos (A Coruña). (Expediente IN407A 2009/472).

Examinado el expediente instruido a petición de la empresa Red Eléctrica de España, S.A.U., con domicilio a efectos de notificación en Paseo del Conde de los Gaitanes, 177, 28109 Alcobendas (Madrid), resultan los siguientes:

Antecedentes de hecho.

Primero. Con fecha 23 de octubre de 2009, la citada empresa solicita la autorización administrativa, la aprobación del proyecto de ejecución y la declaración de utilidad pública,en concreto, de la citada instalación, presentando la preceptiva documentación a que hace referencia el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Segundo. Las características técnicas básicas de la instalación son las siguientes:

Ampliación de la subestación de Mazaricos 220 kV, consistente en la instalación de una doble barra, con las siguientes nuevas posiciones pertenecientes a la red de transporte:

– Una posición de línea de entrada de la nueva línea Lousame 220 kV.

– Una posición de acoplamiento y medida.

– Una posición de reserva para futuras ampliaciones.

Ayuntamiento: Mazaricos (A Coruña).

Tercero. Con fecha 30 de noviembre de 2009, y de acuerdo con lo recogido en el artículo 114 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, informa favorablemente la autorización de dicho proyecto.

Cuarto. Con fecha 1 de marzo de 2010, la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental emite informe relativo a la tramitación ambiental a seguir en proyectos de ampliación de subestaciones eléctricas existentes a 220 kV, consistentes en la instalación de nuevas posiciones dentro del recinto existente de la propia subestación, como es el caso del proyecto objeto de la presente resolución, informando que este tipo de proyectos no se encuentra incluido entre los contemplados en la legislación sobre evaluación de impacto ambiental.

Quinto. Con fecha 13 de octubre de 2011, Red Eléctrica de España, S.A.U. presenta escrito ante esta consellería en el que solicita el desistimiento de su solicitud de declaración de utilidad pública, en concreto, de la citada instalación, en el presente expediente, prosiguiéndose los trámites a efectos de que sea otorgada la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de ejecución.

Sexto. Por Resolución de 9 de noviembre de 2011, de la Jefatura Territorial de la Consellería de Economía e Industria de A Coruña, se sometió a información pública la solicitud de autorización administrativa de las instalaciones eléctricas de referencia, publicándose en el DOG de 2 de diciembre de 2011 y en el BOP de A Coruña de 28 de noviembre de 2011.

Séptimo. Durante el periodo en que se sometió a trámite de información pública no consta la presentación de alegaciones.

Octavo. Separadamente, se presentaron aquellas partes del proyecto que afectan a bienes, instalaciones, obras o servicios, centros o zonas dependientes de otros organismos públicos o corporaciones, con el fin de que, en su caso, estableciesen el condicionado procedente.

Noveno. Con fecha 7 de febrero de 2012, los servicios técnicos de la Jefatura Territorial de la Consellería de Economía e Industria de A Coruña informan favorablemente la solicitud objeto de este expediente, en relación con la concesión de la autorización administrativa; quedando pendiente el informe sobre la aprobación del proyecto de ejecución, a la espera de la subsanación del mismo por parte de la empresa promotora, en respuesta a los requerimientos efectuados por dicha jefatura territorial.

Fundamentos de derecho.

Primero. La Dirección General de Industria, Energía y Minas es competente para resolver este expediente con fundamento en el Estatuto de autonomía de Galicia; Decreto 79/2009, de 19 de abril y Decreto 13/2012, de 4 de enero, por los que se fija la estructura orgánica de la Xunta de Galicia y de las consellerías de esta (DOG de 20 de abril de 2009 y 5 de enero de 2012, respectivamente), Decreto 324/2009, de 11 de junio (DOG de 17 de junio) por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria, Decreto 36/2001, de 25 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia, en relación con el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, modificada por la Ley 17/2007, de 4 de julio, y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Segundo. El proyecto cumple lo dispuesto en el Reglamento sobre centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación, aprobado por el Real decreto 3275/1982, de 12 de noviembre.

Tercero. En el expediente instruido al efecto se han cumplido los trámites reglamentarios.

Esta dirección general, de acuerdo con lo que antecede y en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas,

RESUELVE:

1. Autorizar administrativamente la ampliación de la subestación de Mazaricos 220 kV- nueva posición de línea Lousame 220 kV-nueva posición de acoplamiento, en el término municipal de Mazaricos (A Coruña).

2. Aceptar el desistimiento de Red Eléctrica de España, S.A.U. en cuanto a su solicitud de declaración de utilidad pública, en concreto, de la instalación eléctrica que se cita.

Todo esto de acuerdo con las condiciones siguientes:

Primera. Dentro del plazo de seis meses contados a partir de la fecha de notificación de la presente resolución, la empresa promotora deberá presentar ante la Jefatura Territorial de la Consellería de Economía e Industria de A Coruña el proyecto de ejecución corregido, de acuerdo con los requerimientos de subsanación realizados por esa jefatura territorial, solicitando su aprobación. Se producirá la caducidad de la presente autorización administrativa si, transcurrido dicho plazo, el proyecto corregido no fuera presentado, pudiendo solicitar el peticionario, por razones justificadas, prórroga del plazo establecido, previa la correspondiente solicitud acompañada de la justificación técnica o la exposición de la causa de fuerza mayor causante de la demora.

Segunda. La Administración se reserva el derecho de dejar sin efecto esta autorización por cualquiera de las causas establecidas en el artículo 34 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, por incumplimiento de las condiciones impuestas o por cualquier otra causa excepcional que lo justifique.

Tercera. Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de las instalaciones autorizadas.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estimen pertinente.

Santiago de Compostela, 29 de febrero de 2012.

Ángel Bernardo Tahoces
Director general de Industria, Energía y Minas