Por Resolución de la Gerencia del Consorcio Gallego de Servicios de Igualdad y Bienestar de 20 de abril de 2012 se acuerda la renuncia, por razones de interés público, a continuar con el procedimiento de contratación relativo al servicio para el apoyo en el estudio y supervisión de proyectos y el seguimiento de las obras del Consorcio Gallego de Servicios de Igualdad y Bienestar, aprobado mediante la Resolución de 7 de noviembre de 2011, publicada en el DOUE n.º 2011/S 218-355388, de 12 de noviembre, DOG n.º 226, de 21 de noviembre y BOE n.º 284, de 25 de noviembre.
Contra esta resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los juzgados contencioso-administrativos en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la comunicación de esta resolución, de conformidad con el artículo 46.1 de la Ley 28/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de poder ejercer el recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes según lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Santiago de Compostela, 24 de abril de 2012.
P.D. (Del Comité Directivo 9.12.2008, DOG de 31 de diciembre)
Roberto Rodríguez Martínez
Gerente del Consorcio Gallego de Servicios de Igualdad y Bienestar