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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 95 Lunes, 21 de mayo de 2012 Pág. 19104

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo

CÉDULA de 2 de mayo de 2012 por la que se notifica o procedimiento sobre reanudación de tracto sucesivo en relación con la finca número 1713, inscrita en el Registro de la Propiedad de Viveiro, integrado dentro de la rehabilitación de inmuebles de la provincia de Lugo.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE n.º 285, de 27 de noviembre), se notifica mediante publicación en el Diario Oficial de Galicia el procedimiento del expediente sobre reanudación de tracto sucesivo de la finca número 1713, inscrita en el Registro de la Propiedad de Viveiro y destinada a la ejecución del Plan de Rehabilitación de Edificios dentro de la provincia de Lugo, promovido por el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo.

El Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo es un organismo autónomo de la Comunidad Autónoma de Galicia, con personalidad jurídica y patrimonio propios, y que goza de autonomía administrativa y económica y de plena capacidad de obrar con instrumentos de derecho público y privado propios de su naturaleza, para el cumplimiento de sus finalidades, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 3/1988, de 27 de abril, de creación de dicho organismo autónomo.

De acuerdo con el artículo 206 de la Ley hipotecaria, y el artículo 37.3 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del patrimonio de las administraciones públicas, el Estado, la provincia, el municipio y las corporaciones de derecho público o servicios organizados que formen parte de la estructura política de aquel, cuando carezcan de título escrito de dominio público podrán inscribir el de los bienes inmuebles que le pertenezcan mediante la oportuna certificación librada por el funcionario a cuyo cargo esté la administración de éstos, en la que se expresará el título de adquisición o el modo en el que fueron adquiridos; certificación que será título válido para continuar el tracto sucesivo interrumpido si no se formula oposición por los titulares de las inscripciones o por sus causahabientes en el plazo de 30 días.

Entre los bienes de titularidad del organismo autónomo Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo, en la provincia de Lugo, ayuntamiento de Viveiro, figura la siguiente finca que a continuación se describe, como resulta de sus documentos e inventario, careciendo el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo de título escrito inscribible, y estando dicha finca inscrita en el Registro de la Propiedad, si bien es necesario reanudar el tracto sucesivo, por estar interrumpido:

Urbana. Casa en la calle Rosalía de Castro, señalada con el número 12 (actualmente número 65); compuesta de planta baja, que mide, de este a oeste, trece metros y dieciséis decímetros, aproximadamente, y de ancho, incluido el grueso de sus paredes, seis metros y cincuenta y ocho centímetros, también aproximadamente. Actualmente, según resulta de la certificación catastral descriptiva y gráfica, ocupa una superficie de suelo de ochenta y dos metros cuadrados y tiene una superficie construida de trescientos treinta metros cuadrados. Consta dicha casa de portal, cuadras, almacén, dos pisos altos con varios departamentos, desván y techo de madera y pizarra, y tiene seis balcones hacia la calle. Linda, por la derecha entrando –que es el sur–, con la casa propiedad de los herederos de Modesto Pérez Rodríguez; callejón sin nombre en el medio, para servicio de ambos edificios; norte o izquierda, otra de los herederos de Antonio Chao; por el fondo –es decir, al este– edificio de escuela propiedad de Robustiano Pérez; y por el frente –es decir, oeste– la referida calle Rosalía de Castro. Dentro de esta dimensión, por la parte de atrás, queda incluido un baldío o patio de la casa, hacia el cual tiene una puerta; este mide, aproximadamente, dos metros y diez centímetros por cada lado.

Cargas y situación posesoria. Que los dueños de la casa número 67 de la calle Rosalía de Castro, de Viveiro (Lugo), no necesitarán guardar las separaciones que impone el Código civil para conseguir nuevas luces o vistas, sino que pueden echarlas sobre el resío o callejón, prescindiendo de la distancias que marcan las leyes, en cuanto al fondo número 65, si, por el contrario, hacen obras en el resío, o amplían el lado izquierdo, entrando en la casa número 67, absorbiendo el callejón, habrán de acatar, en su ejecución, las actuales seis ventanas de los pisos 1.º, 2.º y 3.º y las que puedan abrirse, de idéntico tamaño, en plomada, sobre las existentes, en el caso de que sean alzados futuros pisos de la casa número 65. En consecuencia, los propietarios de la casa número 67, podrán edificar todo a lo largo y a lo alto del callejón siempre que, desde el primer piso del citado edificio número 65, dejen veinte centímetros de vistas oblicuas a partir del borde izquierdo de los huecos y, por lo tanto, así perduren indemnes en horizontal (85 cm) y en ascensión las vistas rectas actuales y las previstas, y también permanezca, pese a próximas fabricaciones, expedita la superficie de muro existente entre las mismas, todo en favor de la casa número 65.

Por lo demás, el edificio está libre de cargas, gravámenes, arrendatarios y otros poseedores y al corriente de pagos de todo tipo de gastos a los que esté afecto.

Título. Adquirida a María Antonia Pérez Rodríguez por escritura de compraventa otorgada el 9 de febrero de 2006, ante el notario de Lugo, José Manuel López Cedrón, bajo el número 397 de su protocolo, de cuya escritura resultan como personas interesadas las siguientes: el titular registral Pedro Puentes Rouco, así como los que de este pudiera traer causa. La Administración titular del bien lleva en la posesión pacífica de la misma, desde la fecha de la escritura de adquisición antes mencionada.

Inscripción. Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Vivero, al tomo 54, libro 18, folio 235, finca n.º 1713, inscripción/anotación 4.ª, a favor de Pedro Puentes Rouco, teniendo la inscripción contradictoria más de treinta años de antigüedad, y no habiendo sufrido alteración durante ese plazo.

Por la presente, se convoca a las personas a quienes les pudiera perjudicar la inscripción de la certificación solicitada, para que en el plazo de un mes formulen oposición, compareciendo en el expediente alegando lo que en su derecho convenga.

Santiago de Compostela, 2 de mayo de 2012.

Antonio José Boné Pina
Director general del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo