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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 94 Viernes, 18 de mayo de 2012 Pág. 18919

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Santiago de Compostela

ANUNCIO de aprobación definitiva del Plan parcial del suelo urbanizable delimitado número 14 (SUD-14), Monte do Seixo.

El Pleno de la Corporación, en la sesión celebrada el día 23 de febrero de 2012, adoptó el siguiente acuerdo:

a) Resolver las alegaciones formuladas en el período de información pública al que se sometió el acuerdo de aprobación inicial del Plan parcial del suelo urbanizable delimitado número 14, Monte do Seixo, de conformidad con el informe emitido por el equipo redactor y presentado con fecha 1 de junio de 2011 (tomo V, epígrafe 2, denominado «respuesta a las alegaciones presentadas»).

b) Aprobar definitivamente el Plan parcial del suelo urbanizable delimitado número 14 (SUD-14) Monte do Seixo, con las siguientes modificaciones, respecto del inicialmente aprobado:

– Se actualiza la relación de propietarios afectados, de acuerdo con la actual información catastral.

– Se incluyen en distintos apartados de la normativa los condicionantes resultantes de los informes sectoriales emitidos, y se reforman los planos correspondientes según las indicaciones realizadas, todo ello según se explicita en la página 10 y siguientes del tomo IV del Plan.

– Se incluye en el tomo III del Plan la documentación acreditativa de la titularidad de los terrenos pertenecientes a los propietarios integrantes de la Comisión Gestora, que representan más del 50% de la superficie objeto de ordenación.

– Se reforma el Plan de etapas al objeto de ampliar los plazos de ejecución de las distintas actuaciones, de conformidad con la alegación presentada por la Comisión Gestora de Propietarios, representada por Donatila Roca García.

– En las parcelas con edificación preexistente que se mantiene, se establece expresamente la aplicación del régimen de fuera de ordenación conforme a lo dispuesto en los artículos 219 y siguientes del Plan General de Ordenación Municipal (PGOM). Por otra parte, se ajusta la edificabilidad real que puede materializarse en dichas parcelas con objeto de reducir la diferencia entre el aprovechamiento de hecho y el que de derecho corresponde a los respectivos propietarios afectados, disminuyendo así la carga que para estos va a suponer la aprobación del futuro proyecto de equidistribución.

– Al amparo de lo que establecen los artículos 74.a) y 110.6 de la LOUG, se incluye en la normativa del Plan un nuevo epígrafe (4.6) sobre el deber de conservación de la urbanización, con la siguiente redacción:

«Los propietarios de las parcelas resultantes con aprovechamiento lucrativo deberán constituirse en entidad urbanística de conservación, asumiendo la obligación de conservar la urbanización resultante, en los términos que al efecto se precisarán en el correspondiente proyecto de urbanización. El deber de conservación, por un plazo de treinta años, incluirá como mínimo los espacios libres EL-04, EL-06, EL-07, EL-08 y EL-09.

c) Requerir de la agrupación promotora la presentación de la documentación que incorpore a la normativa el epígrafe 4.6 relativo a la conservación de la urbanización, con la redacción indicada en el anterior apartado b).

El presente acuerdo se notificará a los interesados y se publicará en el Diario Oficial de Galicia y en el Boletín Oficial de la provincia, en el que se insertará la normativa urbanística aprobada.

Asimismo, se remitirá a la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras comunicación de este acuerdo de aprobación definitiva, junto con dos ejemplares diligenciados del proyecto definitivamente aprobado».

Con fecha 23 de marzo de 2012, la agrupación promotora del SUD-14 presentó la correspondiente documentación para incorporar a la normativa del documento aprobado definitivamente, consistente en la inclusión del epígrafe 4.6, relativo a la conservación de la urbanización.

El acto de aprobación definitiva del citado plan parcial fue comunicado a la Consellería de Medio Ambiente Territorio e Infraestructuras con fecha 26 de marzo de 2012, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 92.3 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia (LOUG).

El anuncio de la aprobación definitiva, junto con la normativa se publicó en el Boletín Oficial de la provincia de A Coruña n.º 72, el día 17 de abril de 2012.

Contra el acuerdo de aprobación definitiva del citado plan parcial, se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio.

Santiago de Compostela, 18 de abril de 2012.

Ángel Currás Fernández
Alcalde