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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 94 Viernes, 18 de mayo de 2012 Pág. 18857

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

RESOLUCIÓN de 24 de abril de 2012, de la Dirección General de Relaciones Exteriores y con la Unión Europea, por la que se dispone la suspensión provisional de la inscripción en el Registro Gallego de Agentes de Cooperación y apertura de trámite de audiencia previo a la cancelación definitiva de la inscripción en relación a dos expedientes PR805A.

Antecedentes:

En el DOG de 25 de mayo de 2011 se ha publicado el Decreto 90/2011, de 5 de mayo, por el que se modifica el Decreto 326/2004, de 29 de diciembre, por el que se regulan los órganos de coordinación y asesoramiento en materia de cooperación para el desarrollo y por el que se crea el Registro Gallego de Agentes de Cooperación para el desarrollo. El Decreto entra en vigor el 17 de junio de 2011.

La disposición transitoria de este decreto establece para todos los agentes de cooperación la obligación de adecuar su inscripción en el registro en los seis meses siguientes a la entrada en vigor.

En este período se ha remitido información, a cada uno de los agentes inscritos en este registro, de los datos que constaban en esta Administración mediante una ficha individualizada de la entidad inscrita. Información que en los expedientes que nos ocupan no dieron lugar a la actualización de datos, o no pudieron ser notificados en los domicilios y en las circunstancias que constan en el anexo de esta resolución.

Fundamentos de derecho:

La Ley 3/2003, de 19 de junio, de cooperación para el desarrollo establece en el artículo 23 los agentes de cooperación.

El Decreto 326/2004, de 29 de diciembre, por el que se regulan los órganos de coordinación y asesoramiento en materia de cooperación para el desarrollo y por el que se crea el Registro Gallego de Agentes de Cooperación para el Desarrollo, modificado por Decreto 90/2011 (desde ahora Decreto 90/2011) establece en el artículo 13.1 que la inscripción en el registro es voluntaria.

El artículo 19 del Decreto 90/2011 establece la obligación de comunicar al registro cualquier alteración de los datos registrados y dice que la falta de comunicación de la modificación de los datos inscritos a los que se refiere el artículo 16 de este decreto –entre los que se encuentra la modificación del domicilio social o la delegación permanente en Galicia–, tendrá como efecto la suspensión provisional de la inscripción, que podría derivar en cancelación definitiva, previo trámite de audiencia de acuerdo con lo previsto en el artículo siguiente.

El artículo 20 del Decreto 90/2011 establece que la inscripción de un agente de cooperación al desarrollo podrá ser cancelada, a instancia de parte interesada o de oficio, entre otros, en los siguientes casos:

d) Por incumplimiento de la obligación de comunicar y acreditar cualquier modificación de la documentación presentada para la inscripción registral, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de este decreto.

De acuerdo con lo indicado y a la vista de la legislación aplicable,

RESUELVO:

Proceder a la suspensión provisional de la inscripción de las entidades relacionadas en el anexo de este oficio, concediéndoles un trámite de audiencia de 15 días a fin de que puedan alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes, y comunicándoles que, en caso de no hacerlo, procederá la cancelación definitiva de la inscripción de su entidad.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, en el plazo de un mes a contar desde la recepción de esta notificación.

Santiago de Compostela, 24 de abril de 2012.

Jesús María Gamallo Aller
Director general de Relaciones Exteriores y con la Unión Europea

ANEXO

Sección y n.º

Denominación

1.ª Notificación y causas

2.ª Notificación y causas

Fecha de la última comunicación oficial al Registro

ONGD102

Asociación Fisioterapeutas del Mundo-España F.M.E.

15.7.2012

Notificado

Avda. Campus A Xunqueira. Fisioterapia

Pontevedra

20.1.2012

7.3.2012

No devuelto el documento ni el justificante

Avda. Campus A Xunqueira-Fisioterapia

Pontevedra

7.10.2002

EMP. 022

Habitaq Consultoría de Desenvolvemento Sostible, S.L.

6.9.2011

Ausente de reparto

Calle Balneario do Tremo 8, 3.º C

15280 Brión

20.1.2012

Ausente de reparto

Calle Balneario do Tremo 8, 3.º C

15280 Brión

8.6.2010