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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 92 Martes, 15 de mayo de 2012 Pág. 18329

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (1046/2009-F).

María Adelaida Egurbide Margañón, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en diligencia dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de Chamnankit Supawee contra Maremarlo de Hostelería, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), en reclamación por ordinario, registrado con el número 1046/2009-F, se ha acordado notificar a Maremarlo de Hostelería, S.L., en ignorado paradero, el auto de desistimiento de 24.4.2012, siendo este el siguiente:

«Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña.

Auto: 219/2012.

Número autos: Demanda 1046/2009-F.

Materia: ordinario.

Demandante: Chamnankit Supawee.

Demandados: Maremarlo de Hostelería, S.L., Fondo de Garantía Salarial (Fogasa).

Auto:

En A Coruña a veinticuatro de abril de dos mil doce.

Hechos:

Primero. El 18.9.2009 tuvo entrada en este Juzgado de lo Social número 2, demanda presentada por Chamnankit Supawee frente a Maremarlo de Hostelería, S.L. y el Fogasa siendo citadas para los actos de conciliación y juicio el día 11.4.2012 a las 10.05 horas de la mañana.

Segundo. A dichos actos no ha comparecido ninguna de las partes.

Razonamientos jurídicos:

Único. A la vista de que el actor no se ha presentado a juicio iniciado por él y no habiendo solicitado el demandado la continuación del procedimiento, procede tener al actor por desistido de su demanda.

Parte dispositiva:

Se tiene por desistido a Chamnankit Supawee de su demanda y, una vez firme esta resolución, archívese.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes a su notificación.

Así, por este auto, lo mando y firmo, la magistrada Lara María Munín Sánchez. Doy fe.

La magistrada jueza. La secretaria judicial».

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación a Maremarlo de Hostelería, S.L., se expide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la provincia y colocación en el tablón de anuncios.

A Coruña, 24 de abril de 2012.

María Adelaida Egurbide Margañón
Secretaria judicial