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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 88 Miércoles, 9 de mayo de 2012 Pág. 17387

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO (212/2010).

Encarnación Mercedes Tubío Lariño, secretaria del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos número 212/2010 a instancia de Manuel Javier Cotelo Cabezal contra la entidad Intumi, S.A., sobre salarios, en los que recayó sentencia en fecha 19 de marzo de 2012 que, copiada en los particulares necesarios, dice así:

«Fallo que debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por Manuel Javier Cotelo Cabezal, asistido por el letrado Carlos Rodríguez Núñez, contra la entidad Intumi, S.A., en rebeldía procesal y, en consecuencia, debo condenar y condeno a la citada demandada a que abone al actor la cantidad de 20.073,33 euros, suma que se verá incrementada en los intereses por mora del 10%, establecidos en el artículo 29.3 del Estatuto de los trabajadores.

Notifíquese esta resolución a las partes, a las que se hará saber que la misma no es firme y contra ella cabe interponer recurso de suplicación para ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, debiendo anunciarlo ante este juzgado en el plazo de cinco días a contar de la notificación de esta sentencia, del que conocerá, en su caso, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, tal como establece el artículo 188 y siguientes del texto refundido de la ley, aprobado por el Real decreto legislativo 2/1995, de 7 de abril, pasados los cuales quedará firme y se procederá a su archivo.

Y, en el propio término, si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al anunciar el recurso, entregar resguardo acreditativo de haber consignado la cantidad objeto de condena en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en el Banesto de esta ciudad.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Intumi, S.A., expido y firmo la presente.

A Coruña, 18 de abril de 2012.

La secretaria judicial
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