Encarnación Mercedes Tubío Lariño, secretaria del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos número 615/2009, a instancia de María Teresa Borrazás Souto contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la empresa Transportes Helguera, S.A. sobre Seguridad Social, en los que recayó auto en fecha de 5 de enero de 2012 que, copiado en los particulares necesarios, dice así:
«Auto.
A Coruña, 5 de enero de 2012.
Luis Javier Rodríguez Vidal, maxistrado juez del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, ha dictado el presente en autos 615/2009.
Hechos:
Único. Se solicitó por la actora aclaración de sentencia.
Razonamientos jurídicos.
Único. Ha lugar a la aclaración solicitada en el sentido de declarar, en el fallo, que la empresa incumplidora de sus obligaciones de Seguridad Social está obligada a constituir, en la Tesorería General de la Seguridad Social, el capital coste de renta correspondiente a la prestación reconocida.
Parte dispositiva.
Se aclara la sentencia en los términos indicados en los razonamientos jurídicos anteriores.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno sin perjuicio del que proceda, en su caso, contra la sentencia a la que se refiere la aclaración.
Así lo acuerdo, mando y firmo».
Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Transportes Helguera, S.A., expido y firmo la presente.
A Coruña, 12 de abril de 2012.
La secretaria judicial
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