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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 83 Miércoles, 2 de mayo de 2012 Pág. 16006

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de A Coruña

EDICTO (581/2011).

Eduardo José Castaño Barreiro, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 1 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 581/2011 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Álvaro Francisco Redondo Muíño contra la empresa Servicur Servicios Auxiliares, S.L. y el Fogasa, sobre ordinario, se ha dictado la Sentencia de 30 de marzo de 2012 cuya parte dispositiva se adjunta:

«Decido que, estimando en parte la demanda interpuesta por Álvaro Francisco Redondo Muíño, con DNI 32422377J contra la empresa Servicur, S.L., Servicios Auxiliares, debo declarar y declaro haber lugar parcialmente a ella, y condeno a la entidad demandada a que le abone al actor la cantidad de 6.289,72 euros brutos, por los conceptos reclamados.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y contra ella cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, anunciándolo mediante escrito o comparecencia ante este juzgado en el plazo de cinco días contados a partir del siguiente a su notificación. De ser recurrente la empresa demandada deberá acreditar mediante la exhibición ante este juzgado del resguardo acreditativo de depositar la cantidad objeto de condena (clave de ingreso 1531 60) en la cuenta de este juzgado abierta en Banesto, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en la cual se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista, debiendo acreditar también en la indicada cuenta (clave de ingreso 1531 34) la consignación de la suma de 300 euros preceptiva para recurrir, sin este cumplimiento no se tendrá por anunciado el recurso.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Servicur Servicios Auxiliares, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el DOG.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 11 de abril de 2012.

El secretario judicial