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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 79 Miércoles, 25 de abril de 2012 Pág. 15209

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 12 de marzo de 2012, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa, la declaración de utilidad pública, en concreto, y la necesidad de urgente ocupación que eso implica, la aprobación del proyecto de ejecución, el proyecto sectorial de incidencia supramunicipal y el estudio de impacto ambiental referidos al proyecto del Parque Eólico Boutareira en el ayuntamiento de Ortigueira en la provincia de A Coruña (expediente IN661A 2011/02).

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico; en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; en el Decreto 442/1990, de 13 de setiembre, de evaluación de impacto ambiental para Galicia; en el Real decreto legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de evaluación de impacto ambiental de proyectos, modificado por la Ley 6/2010, de 24 de marzo; en el Decreto 80/2000, de 23 de marzo, por el que se regulan los planes y proyectos sectoriales de incidencia supramunicipal; en la Ley 10/1995, de 23 de noviembre, de ordenación del territorio de Galicia; y en la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico de Galicia, se somete a información pública la solicitud presentada por Norvento, S.L. para las instalaciones que se describen a continuación:

Solicitante: Norvento, S.L.

Domicilio social: calle Ribadeo, 2, entresuelo. 27002 Lugo.

Denominación del proyecto: Parque Eólico Boutareira.

Municipios afectados: Ortigueira.

Potencia a instalar: 18 MW.

Presupuesto total: 18.736.921,26 €.

Localización del emplazamiento (área de afección):

Poligonal Parque Eólico Boutureira

UTMx

UTMy

UTMx

UTMy

1

595.854

4.825.064

7

593.630

4.824.720

2

595.822

4.824.562

8

593.630

4.824.100

3

595.640

4.824.730

9

592.800

4.824.100

4

595.140

4.824.730

10

592.836

4.825.039

5

594.750

4.825.000

11

594.000

4.826.300

6

594.280

4.825.025

12

595.854

4.825.064

Aero

UTMx

UTMy

01

593.297

4.824.338

BT02

593.031

4.824.503

BT03

594.075

4.825.983

BT04

594.342

4.825.436

BT05

594.142

4.825.712

BT06

594.610

4.825.296

Torre

UTMx

UTMy

TM_BT01

594.636

4.825.028

TM_BT02

592.866

4.824.706

Características técnicas de las instalaciones:

6 aerogeradores Vestas V-112 de 3.000 kW de potencia nominal unitaria y 119 metros de fuste.

6 centros de transformación de 3.450 kVA de potencia nominal unitaria y relación de transformación 0,65/20 kV, Dyn5, instalados unitariamente en el interior de la góndola de cada aerogenerador con la correspondiente aparamenta de maniobra y protección.

2 torres meteorológicas autoportantes de 119 m de altura, equipadas con anemómetros, veletas, medidores de temperatura y de presión y logger registrador.

Líneas eléctricas subterráneas de 20 kV de tensión nominal en canalización entubada, normalmente bajo vial o bien en terreno libre, para la evacuación de la energía generada e interconectando los centros de transformación 0,65/20 kV y la subestación transformadora 20/132 kV.

Subestación transformadora híbrida de intemperie, equipada con transformador de 13,5/18 (ONAN/ONAF) mVA y relación de transformación 20/132 kV, celdas de media tensión 20 kV, transformador de servicios auxiliares de 100 kVA y relación 20/0,42 kV, aparamenta de medida, protección, telemando y control.

Objeto de la información pública:

– La autorización administrativa, la aprobación del proyecto de ejecución y la declaración de utilidade pública de las instalaciones. Esta declaración de utilidad pública llevará implícita, de acuerdo con el artículo 54 de la Lei 54/2007, la necesidad de la urgente ocupación a los efectos de la expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados necesarios para el establecimiento de estas instalaciones.

– El estudio de impacto ambiental.

– El proyecto sectorial de incidencia supramunicipal.

Relación de propietarios, bienes y derechos afectados:

La relación concreta e individualizada de los propietarios, bienes y derechos afectados figura en el anexo que se inserta con esta resolución.

Lo que se hace público para conocimiento general y de los propietarios de las fincas y demás titulares afectados que no llegaron a un acuerdo con la entidad solicitante, y que figuran en la relación del anexo de esta resolución, así como de las personas que, siendo titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados, hubiesen sido omitidas, para que puedan examinar el expediente en la jefatura territorial de la Consellería de Economía e Industria de A Coruña, sita en el edificio administrativo de Monelos, calle Vicente Ferrer, n.º 2, 2.ª planta, 15071 A Coruña, y presentar sus alegaciones en el plazo de treinta días, que comenzará a contar a partir del día siguiente al de la última publicación o de la notificación individual.

A idénticos efectos y en el plazo de 30 días, que comenzará a contar a partir del día siguiente al de la última publicación de este anuncio, el estudio de impacto ambiental correspondiente a las instalaciones del Parque Eólico Boutareira se podrá examinar en esta jefatura territorial de Economía e Industria de A Coruña, así como en el Ayuntamiento de Ortigueira y en la jefatura territorial de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras. Asimismo, se podrá examinar el proyecto de ejecución y el proyecto sectorial de incidencia supramunicipal en el Ayuntamiento de Ortigueira y en las dependencias de esta Jefatura Territorial de la Consellería de Industria de A Coruña.

Unha vez finalizado el plazo, el expediente, junto con las alegaciones recibidas, se remitirá a la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consellería de Economía e Industria.

Esta publicación se hace igualmente a los efectos de lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en relación con los interesados que sean desconocidos, o cuando se ignore el lugar o el medio de la notificación o bien si, intentada la notificación, no se hubiese podido realizar. Las diligencias relativas al expediente se entenderán con el Ministerio Fiscal en los supuestos previstos en el artículo 5 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa.

A Coruña, 12 de marzo de 2012.

Susana Vázquez Romero
Jefa territorial de A Coruña

ANEXO

Relación de bienes y derechos afectados

P.E. Boutareira.

N.º

Propietario

Parcela

Afecciones (m2)

Datos catastrales

Part.

Pleno dominio

Servidumbres de paso

Servidumbre de vuelo

Otras afecciones

Apellidos y nombre

Ayuntamiento

Pol.

Parc.

Paraje

Cultivo

Plat.

Sub.

Vial

Zanja

Prot. eólica

OC. temp.

1

Sanjurjo Hermida, David

Ortigueira

49

33

Cruz da Manilla

Monte bajo

1

24

252

2

Sanjurjo Hermida, David

Ortigueira

49

13

Cruz da Manilla

Monte bajo

1

211

3.863

3

Pita Pita, José Antonio

Ortigueira

49

12

Cruz da Manilla

Monte bajo

1

1.172

718

15.715

4

Desconocido (Fiscal de la Audiencia Provincial)

Ortigueira

49

11

Monte Faladora

Monte bajo

1

150

356

1.262

6.083

5

Pita Pita, José Antonio

Ortigueira

49

10

Areosa

Monte bajo

1

51

672

9.220

6

Pita Pajón, Josefa

Ortigueira

49

9

Veiga de San Pedro

Monte bajo

1

1.660

6.965

7

Pita Pita, José Antonio

Ortigueira

49

8

Monte Faladora

Pinar

1

710

402

8

Desconocido (Fiscal de la Audiencia Provincial)

Ortigueira

49

7

Monte Faladora

Pinar

1

23

796

9

Norte Forestal, S.A.

Ortigueira

49

6

Areosa

Pinar

1

920

11.554

10

Castro Fernández, María del Carmen

Ortigueira

49

3

Pau do Lobo

Monte bajo

1

2.116

11

Castro Fernández, María del Carmen

Ortigueira

49

2

Pau do Lobo

Monte bajo

1

124

12

Filgueiras Lago, Avelino Narciso

Ortigueira

49

5

Areosa, Coto dos Alboares

Prado

1

4.904

3.018

7.051

60.650

1.735

13

Molina Fontán, Luis

Ortigueira

49

16

Areosa

Prado

1

415

1.243

2.374

11.341

14

Landrove Carrodegas, José María

Ortigueira

49

17

Areosa

Monte bajo

1

492

1.803

15

Molina Rodríguez, Luis

Ortigueira

49

20074

Vilariño

Prado

1

277

12.377

16

Norte Forestal, S.A.

Ortigueira

46

30

Prado do Campo

Pinar

1

2.383

17

Filgueiras Lago, Avelino Narciso

Ortigueira

46

31

Monte do Bidual

Prado

1

7.509

18

Molina Rodríguez, Luis

Ortigueira

47

8

Finca San Pedro

Prado

1

4.755

2.532

11.659

19

Molina Rodríguez, Luis

Ortigueira

47

11

Prado Sobre Cabeza de Vaca

Prado

1

460

781

5.077

475

20

Molina Fontán, Luis

Ortigueira

47

9
10

Prado Sobre Cabeza de Vaca

Prado

1

3.488

4.991

684

21

Molina Rodríguez, Luis

Ortigueira

47

9

Cabeceira e Rego do Ferro

Monte bajo

1

2.672

9.102

1.666

6.748

50.221

22

Cazas Fernádez, Javier

Ortigueira

45

262

Prado da Esquina

Prado

1

91

894

16.670

11

23

Molina Fontán, Luis

Ortigueira

47

11
262

Rego dos Carros

Prado

1

319

1.537

632

24

Molina Rodríguez, Luis

Ortigueira

45

263

Prado do Campo

Prado

1

2.728

94

7.308

64.637

25

Cabaleiro Carballes, José

Ortigueira

45

258

Veiga de San Pedro

Prado

1

1.363

26

Molina Rodríguez, Luis

Ortigueira

45

260

Regas

Prado

1

2.223

2.349

6.027

50.510

27

Filgueiras Lago, Avelino Narciso

Ortigueira

45

20259

Guerreira

Eucaliptos

1

2.894

3.381

9.039

86.459