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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 78 Martes, 24 de abril de 2012 Pág. 14959

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de Promoción Económica

RESOLUCIÓN de 12 de abril de 2012 por la que se da publicidad al acuerdo del Consejo de Dirección de delegación de facultades.

El Consejo de Dirección del Instituto Gallego de Promoción Económica (Igape), en su reunión de 29 de marzo de 2012, acordó ampliar las delegaciones de facultades en la Dirección General del instituto, con el objeto de conseguir una mayor agilidad en sus procedimientos.

Por todo lo anterior, y de conformidad con las facultades que tengo conferidas,

RESUELVO:

Publicar la siguiente delegación de facultades acordada por el Consejo de Dirección del Igape en su reunión de 29 de marzo de 2012:

1. Se delegan en la Dirección General las facultades para:

– Acordar la contratación de todo el personal del instituto, incluido el personal de alta dirección, excepto el director general del Igape.

– Resolver todos los procedimientos gestionados por el Igape de concesión, modificación o denegación de subvenciones y ayudas públicas y los procedimientos tramitados en concurrencia competitiva, resolver también los archivos de los expedientes por las causas previstas en la legislación vigente. En esta delegación se entienden incluidos los procedimientos resueltos por el presidente del Igape por delegación del Consejo de Dirección.

– Iniciar y resolver todos los procedimientos de incumplimiento incoados con respecto a subvenciones y ayudas públicas gestionadas por el Igape, incluidas las formalizadas mediante convenio de colaboración autorizado por el Consejo de Dirección. En esta delegación se entienden incluidos los procedimientos iniciados por el presidente del Igape por delegación del Consejo de Dirección.

– Rescindir los préstamos otorgados por el Igape, cuando la sociedad prestataria sea declarada en concurso de acreedores.

– Formalizar convenios de colaboración con otras entidades públicas o privadas para el mejor cumplimiento de los objetivos del Igape previamente autorizados por el Consejo de Dirección del mismo.

– Iniciar y resolver todos los expedientes de contratación y formalizar y modificar los contratos con las adjudicatarias, incluida la realización de obras, así como la celebración de todo tipo de negocios jurídicos de disposición sobre bienes inmuebles titularidad del Igape y la celebración de cuantos contratos de arrendamiento de bienes sean precisos para el funcionamiento del instituto.

– Formalizar contratos de apertura de cuentas corrientes en entidades financieras, previa autorización de la Consellería de Hacienda.

– Acordar, de modo mancomunado con cualquiera de las personas titulares de una dirección de área o de la Secretaría General del Igape, actos de disposición contra las cuentas corrientes abiertas, autorizándole al establecimiento de firmas suplentes.

– Designar los miembros de las Comisiones de Valoración previstas en las bases reguladoras y convocatorias de las ayudas y subvenciones del instituto.

– Resolver las modificaciones en los presupuestos del instituto en aquellos supuestos no reservados a la Consellería de Hacienda, a propuesta de la Secretaría General, a iniciativa propia o del correspondiente director de área.

– Autorizar todos los gastos que deban ser imputados a los presupuestos del instituto.

– Aprobar todas las operaciones de gestión de ingresos y las de naturaleza extrapresupuestaria a propuesta de la persona titular de la Secretaría General.

– Ser la tesorera y ordenadora de pagos. En los casos de ausencia, la persona titular de la Dirección General podrá habilitar expresamente a la persona titular de la Secretaría General o a cualquiera de las titulares de las direcciones de área para que la sustituyan en sus facultades.

– Formular las cuentas anuales del instituto previstas en el Plan General de Contabilidad Pública dentro del primer trimestre del año siguiente. Dentro del primer semestre del año siguiente se procederá a someter a la aprobación del Consejo de Dirección del instituto las cuentas anuales, acompañadas del informe elaborado por auditor externo independiente.

– Cualquier otra facultad decisoria o de gestión no atribuida específicamente a otros órganos del instituto.

2. Sustitución.

En los casos de ausencia de la persona titular de la Dirección General, se habilita a la persona titular de la Secretaría General para que sustituya las facultades delegadas en el apartado 1 de este acuerdo, con la posibilidad de sustitución a su vez por cualquiera de las personas titulares de las direcciones de área del Igape que la Secretaría General designe expresamente.

3. Derogación.

Quedan derogadas, en cuanto contradigan a la presente delegación, todas las anteriores delegaciones de facultades aprobadas a favor de la Presidencia y de la Dirección General del Igape.

3. Entrada en vigor.

El presente acuerdo entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 12 de abril de 2012.

Javier Aguilera Navarro
Director general del Instituto Gallego de Promoción Económica