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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 78 Martes, 24 de abril de 2012 Pág. 14933

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

DECRETO 115/2012, de 12 de abril, por el que se aprueba el cambio de titularidad de la carretera autonómica LU-130 a favor del Ayuntamiento de Mondoñedo.

A tenor de lo previsto en el artículo 5 de la Ley 4/1994, de 14 de septiembre, de carreteras de Galicia, los cambios de titularidad de las carreteras incluidas en las redes dependientes de la Comunidad Autónoma deberán ser aprobados por decreto de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras y previo acuerdo entre las administraciones afectadas.

Por otra parte, la citada ley dispone en el artículo 54, en consonancia con el artículo único del Decreto 308/2003, de 26 de junio, por el que se aprueba la relación de carreteras de titularidad de la Comunidad Autónoma de Galicia, que las carreteras autonómicas o provinciales o los tramos determinados de ellas en los que la circulación adquiere características urbanas, se entregarán a los respectivos ayuntamientos. El expediente se promoverá a propuesta del ayuntamiento o de la Administración titular de la carretera y será resuelto por el Consello de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras, previo acuerdo o convenio entre las administraciones implicadas.

La Xunta de Galicia, a través de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, y el Ayuntamiento de Mondoñedo firmaron un convenio de colaboración el día 27 de julio de 2001 para llevar a cabo la urbanización de las calles San Lucas y Julia Pardo.

Según lo establecido en el artículo 5 de la Ley 4/1994, de carreteras de Galicia, este convenio actúa como acuerdo entre las partes.

Al amparo de las previsiones legales, la Subdirección General de Planificación y Programación dependiente de la Dirección General de Infraestructuras, informa favorablemente el cambio de titularidad de la totalidad de la carretera LU-130 con una longitud total de 1,08 km.

Por todo lo expuesto, y según lo previsto en la Ley 4/1994, de 14 de septiembre, de carreteras de Galicia, tras el acuerdo entre las administraciones afectadas, a propuesta del conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día doce de abril de dos mil doce,

DISPONE:

Artículo 1.

Se aprueba el cambio de titularidad, a favor del Ayuntamiento de Mondoñedo de la totalidad de la carretera LU-130, con una longitud de 1,08 km.

Artículo 2.

En aplicación del artículo 4 de la Ley 4/1994, de 14 de septiembre, de carreteras de Galicia, las entidades locales, en el marco de sus competencias, y de acuerdo con los correspondientes planes de carreteras, aprobarán la relación de carreteras de su titularidad. De acuerdo con lo expuesto, el Ayuntamiento de Mondoñedo deberá incorporar a su plan de varreteras el vial a que se refiere este Decreto.

Artículo 3.

La entrega del vial se formalizará, en el plazo de los dos meses siguientes a la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia, mediante la firma de la correspondiente acta de entrega.

Artículo 4.

Corresponde al Ayuntamiento de Mondoñedo, a partir de la formalización de la entrega, todas las actividades de gestión, mantenimiento, conservación y explotación del vial, así como el ejercicio de las funciones de disciplina viaria y cualquier otra que pudiese corresponderle como nueva Administración titular de la carretera.

Disposición final única.

El presente decreto surtirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, doce de abril de dos mil doce.

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Agustín Hernández Fernández de Rojas
Conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras