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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 75 Jueves, 19 de abril de 2012 Pág. 14135

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

DECRETO 111/2012, de 8 de marzo, por el que se acuerda la transacción con Brenntag Química, S.A.U. y Chartis Europe, S.A., en relación con la acción civil de la Xunta de Galicia derivada del siniestro acaecido el 1 de septiembre de 2006 en las instalaciones de Brenntag Química, S.A.U., en Caldas de Reis.

El día 1 de septiembre de 2006 se produjo una explosión en el interior de las instalaciones de la entidad Brenntag Química, S.A. (en adelante Brenntag), situadas en la carretera nacional N-640, margen izquierda de la citada vía en sentido Vilagarcía de Arousa, en las inmediaciones del río Umia, en el ayuntamiento de Caldas de Reis. Como consecuencia de esa explosión, se produjo un vertido de los productos que existían en tales instalaciones al río Umia que requirió de una serie de actuaciones de la Xunta de Galicia.

Para el esclarecimiento de esos hechos desde el punto de vista penal, se abrieron las diligencias previas 577/2006 en el Juzgado de Instrucción número 2 de Caldas de Reis. En tales diligencias se personó la Xunta de Galicia a efectos del ejercicio de las acciones penales y civiles.

Por auto de ese juzgado instructor de 17 de marzo de 2011 se decretó la apertura de juicio oral contra tres empleados de Brenntag por delito contra los recursos naturales y el medio ambiente, cometidos por omisión o imprudencia grave. Consta también en el proceso que la aseguradora de Brenntag es Chartis Europe, S.A.

Una vez abierto el juicio oral, las diferentes partes presentaron sus escritos, de defensa o acusación, según correspondió. En el caso de la Xunta de Galicia se presentó escrito de acusación donde se ejercitaba la acción penal y la civil, en concepto de costes de actuación y ecológicos, en base a la cuantificación en su día remitida por la Xunta de Galicia a autos.

El juicio oral fue repartido al Juzgado de lo Penal número 1 de Pontevedra, P.A 206/11.

El 5 de marzo de 2012 se presenta escrito de Chartis Europe, S.A. y Brenntag Química, S.A.U. de 2 de marzo de 2012, con una propuesta de indemnización y, de ser aceptada, la ulterior renuncia por la Xunta de Galicia al ejercicio de las acciones civiles derivadas del evento descrito.

Después del análisis de la propuesta de transacción efectuada, la Xunta de Galicia considera, tras los informes elaborados, más correcto para el interés público una solución extrajudicial, para la cual es preciso formalizar un acuerdo de transacción.

La oportunidad de la transacción, por las razones que se dan para su adopción, fue informada, en sentido favorable, por la Asesoría Jurídica General de la Xunta de Galicia y por la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, a través de la Secretaría General Técnica y de la Dirección de la entidad pública empresarial Aguas de Galicia.

Por lo expuesto, las partes tienen la voluntad de llegar a esta solución extrajudicial en el sentido de la propuesta efectuada, que implica, en síntesis, el pago, por parte de Brenntag Química, S.A.U. y Chartis Europe, S.A., de una indemnización en concepto de responsabilidad civil reclamada en el procedimiento penal aludido y el desistimiento por parte de la Xunta de Galicia de las acciones civiles que pudieran corresponderle como consecuencia del siniestro ocurrido frente a estas entidades, pero sin afectar al ejercicio de la acción penal de la Xunta de Galicia en el referido procedimiento abreviado.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.1.º de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia, la transacción requiere decreto del Consello de la Xunta de Galicia.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, informada por la Asesoría Jurídica General de la Xunta de Galicia y fiscalizada por la Intervención General de la Comunidad Autónoma, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión celebrada el día ocho de marzo de dos mil doce,

DISPONGO:

Artículo 1. Transacción.

Autorizar la transacción con la empresa Brenntag Química, S.A.U. y Chartis Europe, S.A. en los siguientes términos:

1.º Brenntag Química, S.A.U. y Chartis Europe, S.A. procederán, en concepto de la responsabilidad civil reclamada por la Xunta de Galicia en el Juzgado de lo Penal número 1 de Pontevedra, P.A 206/11, al abono de una indemnización consistente en el pago de la cantidad de cinco millones quinientos mil euros (5.500.000 euros) a la Xunta de Galicia, así como al pago del coste del proyecto denominado Migranet, elaborado por la Estación de Hidrobiología Encoro do Con para el desarrollo del plan de trabajo de diagnosis y seguimiento de la recuperación del río Umia desde el 1 de enero de 2013 al 31 de diciembre de 2017. En este plan de trabajo las mercantiles firmantes no tendrán ninguna intervención y de sus resultados no se derivará ninguna responsabilidad para las mismas.

2.º Cumplidos los compromisos recogidos en el apartado anterior, la Xunta de Galicia procederá a renunciar a las acciones civiles ejercitadas en el procedimiento abreviado número 206/11 citado, así como al ejercicio de cualquier otra acción civil que pudiera corresponderle frente a los acusados en el proceso penal referenciado, Brenntag Química, S.A.U. y Chartis Europe S.A., como consecuencia del siniestro ocurrido el 1 de septiembre de 2006 en las instalaciones de esta entidad.

Artículo 2. Habilitación.

Se autoriza a la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, a través de la Secretaría General Técnica, para la firma de los documentos y la realización de los actos precisos para formalizar la transacción autorizada en este decreto.

Santiago de Compostela, ocho de marzo de dos mil doce.

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Agustín Hernández Fernández de Rojas
Conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras