Para conocimiento general, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 72 y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, se hace público que la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, con fecha 3 de noviembre de 2011, pronunció la sentencia n.º 1039/2011, dictada en el procedimiento ordinario n.º 4752/2007, interpuesto por María Ramos Quintas, sentencia que en su parte dispositiva literalmente dice:
«Estimamos parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por María Ramos Quintas contra las órdenes de 3.10.2007 y de 1.9.2008, de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Transportes sobre, respectivamente, aprobación definitiva parcial y aprobación definitiva del Plan General de Ordenación Municipal de Santiago de Compostela, y anulamos, por ser contrario a derecho, el artículo 150 del plan aprobado en lo que se refiere al polígono P-11 Castiñeiriño, al tiempo que declaramos que las fincas que se indican en el hecho primero de la demanda deben ser clasificadas como suelo urbano consolidado. No se hace imposición de costas».
La citada sentencia fue declarada firme.
Santiago de Compostela, 26 de marzo de 2012.
M.ª Encarnación Díaz Rivas
Secretaria general de Ordenación del Territorio y Urbanismo