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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 74 Miércoles, 18 de abril de 2012 Pág. 14024

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Cambados

EDICTO (618/2010).

María Teresa Vázquez Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Cambados, por el presente, anuncio que en el presente procedimiento, seguido a instancia de Gema Domínguez Gondar frente a Juan Ernesto Loza Valverde, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son los siguientes:

«Sentencia n.º 15/2012.

Cambados, 21 de febrero de 2012.

Vistos por mí, Paula Méndez Domínguez, jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Cambados, los presentes autos de modificación de medidas definitivas n.º 618/2010, seguidos a instancia de Gema Domínguez Gondar, representada por el procurador de los tribunales Miguel Ángel Palacios Palacios y asistida por la letrada Silvia García Lombardía; frente a Juan Ernesto Loza Valverde; con intervención del Ministerio Fiscal; y con base en los siguientes,

Fallo:

Estimo íntegramente la demanda interpuesta por el procurador de los tribunales Miguel Ángel Palacios Palacios, en nombre y representación de Gema Domínguez Gondar, contra Juan Ernesto Loza Valverde, y, en consecuencia, debo declarar y declaro haber lugar a la modificación de las medidas definitivas adoptadas en la sentencia firme dictada por este juzgado en los autos de divorcio n.º 516/2008 en fecha 16 de diciembre de 2008 en el sentido de suspender íntegramente, a partir de la presente resolución y entre tanto no se produzca una modificación sustancial de las circunstancias expuestas en los fundamentos jurídicos de la presente resolución, el derecho de comunicación y visitas de Juan Ernesto Loza Valverde con su hija menor de edad Lucía Loza Domínguez.

No ha lugar a efectuar especial imposición de las costas procesales a ninguna de las partes debiendo abonar cada una las causadas a su instancia y las comunes por mitad.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Ministerio Fiscal, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Pontevedra, que deberá presentarse por escrito ante este mismo juzgado en el plazo de veinte días contados desde el siguiente al de su notificación.

La presente resolución se entregará al secretario para su custodia e incorporación al libro de sentencias. Insértese en las actuaciones por medio de testimonio.

Por esta sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y encontrándose dicho demandado, Juan Ernesto Loza Valverde, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Cambados, 23 de marzo de 2012.

La secretaria judicial