La Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, en su artículo 51 señala la obligación de que los precios privados sean fijados por las consellerías correspondientes, previo informe favorable de la Consellería de Hacienda, y publicados en el Diario Oficial de Galicia.
Para cumplir este mandato y después de emitido informe favorable de la Consellería de Hacienda, esta consellería
DISPONE:
Artículo único.
1. Queda aprobado el precio de venta al público de la publicación editada por la Consellería de Sanidad y que se relaciona en el anexo.
2. Este precio se entenderá, en su caso, con IVA incluido.
Santiago de Compostela, 21 de marzo de 2012.
Rocío Mosquera Álvarez
Conselleira de Sanidad
ANEXO
Diseminación de los productos de evaluación de tecnologías sanitarias. Nuevas líneas de trabajo: 10 euros.