De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5.º y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, después de ser intentada sin éxito la notificación personal a través del servicio de Correos, se notifica al interesado, que se señala en el anexo de este anuncio, el requerimiento de subsanación de documentación en relación con el expediente de subvención 15150014/2012. Asimismo, conforme a lo dispuesto en el artículo 71.1 de la citada ley, se le informa al interesado de que, si no subsana la falta o adjunta los documentos preceptivos en un plazo de diez días, se tendrá por desistido de su petición, previa resolución dictada en los términos previstos en el artículo 42.
Santiago de Compostela, 21 de marzo de 2012.
Tomás Fernández-Couto Juanas
Secretario general de Medio Rural y Montes
ANEXO
Expediente: 15150014/2012.
Interesado: José Manuel Pérez Barros.
Último domicilio conocido: Celas, 7-15189 Culleredo (A Coruña).
Asunto: requerimiento de subsanación de la documentación indicada en el artículo 7 de la Orden de 27 de diciembre de 2011, por la que se establecen las bases que regulan las ayudas para la creación y mejora de microempresas de aprovechamientos forestales, parcialmente cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2007-2013 y se convocan para el ejercicio presupuestario 2012.