Marta Yanguas del Valle, secretaria judicial de refuerzo del Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña, hago saber que en los autos registrados con el número 1035/2009, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:
«Sentencia.
A Coruña, 9 de marzo de 2012.
Ana Rodríguez Piorno, magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 3 (refuerzo) de A Coruña, dictó esta resolución en los autos de procedimiento sobre reclamación de cantidad 1035/2009, siendo actores Luisa Aldao Viñas y Antonio García Domínguez, representados por la letrada Sra. Fernández-Chao González-Dopeso, y demandada la empresa Suryabheda, S.L. De la misma manera habiendo sido citado el Fondo de Garantía Salarial, representado por el Sr. Morado Díaz.
Dispongo que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por Luisa Aldao Viñas y Antonio García Domínguez contra Suryabheda, S.L. y, en consecuencia, condeno a esta última a abonar a Luisa Aldao Viñas la cantidad de 12.164,82 euros y a Antonio García Domínguez la suma de 15.440,94 euros que adeuda. Estas cantidades se deberán incrementar con el interés de mora del 10%.
No procede la condena del Fondo de Garantía Salarial en esta instancia, sin perjuicio de la responsabilidad que se le pueda imputar con posterioridad.
Notifíquese esta sentencia a las partes.
Contra esta resolución cabe interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, que deberá ser anunciado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia.
Así lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por la magistrada jueza que la suscribe en el día de la fecha, de lo que yo, secretaria judicial, doy fe».
Y para que sirva de notificación a Suryabheda, S.L. se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.
A Coruña, 13 de marzo de 2012.
La secretaria judicial