Marta Yanguas del Valle, secretaria de refuerzo del Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña, hago saber que en los autos registrados con el número 1209/2009, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:
«Sentencia.
A Coruña, 9 de marzo de 2012.
Ana Rodríguez Piorno, magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 3 (refuerzo) de A Coruña, dictó la presente resolución en los autos de procedimiento sobre reclamación de cantidad 1209/2009, siendo demandante Susana Álvarez Vaamonde, asistida por el letrado Sr. Casas Estévez, y demandada la empresa Red House Trading, S.L., habiendo sido citado, de la misma manera, el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa).
Dispongo que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por parte de Susana Álvarez Bahamonde contra Red House Trading, S.L., y, en consecuencia, condeno a esta última a abonar a Susana Álvarez Bahamonde la cantidad de 1.197,68 euros que adeuda, cantidad, ésta, que deberá incrementarse con el interés de mora del 10%.
No procede la condena del Fondo de Garantía Salarial en esta instancia, sin perjuicio de la responsabilidad que se le pueda imputar con posterioridad.
Notifíquese la presente sentencia a las partes.
Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno.
Así lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por la magistrada juez que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe».
Y para que sirva de notificación a Red House Trading, S.L., se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.
A Coruña, 13 de marzo de 2012.
La secretaria judicial
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