Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 59 Lunes, 26 de marzo de 2012 Pág. 10383

III. Otras disposiciones

Consellería de Sanidad

ORDEN de 22 de marzo de 2012 por la que se determinan los servicios mínimos dirigidos a garantizar los servicios esenciales durante la huelga convocada para el día 29 de marzo de 2012.

El artículo 28.2 de la Constitución española reconoce, como derecho fundamental de la persona, el derecho a la huelga.

El ejercicio de este derecho en la Administración y en las empresas, entidades e instituciones públicas o privadas, que presten servicios públicos o de reconocida y inaplazable necesidad, en el ámbito y competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia, está condicionado al mantenimiento de los servicios esenciales fijados en el artículo 2 del Decreto 155/1988, de 9 de junio (DOG n.º 116, de 20 de junio), entre los que se encuentra la sanidad.

El ejercicio público de la prestación de la asistencia sanitaria no se puede ver afectado gravemente por el legítimo derecho del ejercicio de huelga, ya que aquél es considerado y reconocido prioritariamente en relación a éste.

El artículo 3 del citado decreto faculta a los conselleiros competentes, por razón de los servicios esenciales afectados, para que, mediante orden y delante de cada situación de huelga, decidan el mínimo de actividad necesaria para asegurar el mantenimiento de tales servicios, así como para determinar el personal necesario para su prestación.

Las centrales sindicales Confederación Intersindical Galega (CIG), la Confederación General del Trabajo de Galicia (CGT) la Federación Regional de Galicia de la Confederación Nacional de Trabajo (CNT), la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), la Unión General de Trabajadores (UGT), y Comisiones Obreras (CC.OO.) comunicaron la convocatoria de huelga general que afectará todas las actividades desempeñadas por los trabajadores/as de empresas privadas y por los empleados/as del sector público, con vínculo funcionarial, estatutario o laboral, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia y que se desarrollará entre las 00.00 horas y las 24.00 horas del próximo 29 de marzo de 2012. No obstante, en aquellas empresas y centros que tengan varios turnos de trabajo, el comienzo de la huelga se efectuará en el primer turno, aunque empiece antes de las 00.00 horas del día 29 de marzo, y su finalización tendrá lugar una vez finalizado el último turno, aunque se prolongue después de las 24.00 horas del día 29 de marzo. Asimismo, en aquellas empresas que tengan un único turno de trabajo pero que empiece antes de las 00.00 horas del día 29 de marzo, el paro se iniciará a la hora de comienzo de la actividad laboral y finalizará el día 29 de marzo en la hora en que concluya ésta.

Otorgada audiencia a los comités de huelga, la conselleira

DISPONE:

Artículo 1.

La huelga que se desarrollará desde las 00.00 horas a las 24.00 horas del día 29 de marzo de 2012 y que afectará a todas las actividades desempeñadas por los trabajadores y trabajadoras de empresas privadas y por los empleados y empleadas del sector público, con vínculo funcionarial, estatutario o laboral, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia, deberá entenderse condicionada al mantenimiento de los servicios mínimos, según los criterios que se disponen en esta orden.

Los servicios mínimos que se fijan resultan totalmente imprescindibles para mantener la adecuada cobertura de los servicios esenciales de asistencia sanitaria. Tales mínimos responden a la necesidad de compatibilizar el respecto ineludible al ejercicio del derecho a la huelga con la atención a la población que, bajo ningún concepto, puede quedar desasistida por las características del servicio dispensado.

Y por eso se mantienen los servicios mínimos necesarios para garantizar la asistencia imprescindible a pacientes hospitalizados, así como la atención urgente y permanente y el transporte sanitario, que no pueda aplazarse sin consecuencias negativas para la salud.

Se establecen los siguientes criterios rectores en la determinación del personal necesario para su mantenimiento de los servicios esenciales en los centros de trabajo y en las instituciones afectadas:

– Personal mínimo necesario para la cobertura de la atención urgente y permanente y las emergencias del 061.

– En el Centro de Transfusiones de Galicia los servicios necesarios para el mantenimiento del abastecimiento sanguíneo en toda la comunidad autónoma.

– En los centros e instituciones sanitarias dependientes del Servicio Gallego de Salud y centros e instituciones sanitarias privadas:

a) Personal facultativo dependiente de atención especializada:

1. Cobertura del 100% de la actividad urgente en los siguientes ámbitos :

– Servicios de urgencias y guardias médicas.

– Quirófanos urgentes para la atención de los usuarios que requieran intervención quirúrgica inaplazable.

– Paritorios.

2. Cobertura del 100% de la actividad en las siguientes áreas:

– Unidades de reanimación.

– Unidades de cuidados intensivos, de adultos o pediátricas y unidades coronarias, en su caso.

– Área de diálisis.

– Área de tratamientos oncológicos (radioterapia, hospital de día).

3. Cobertura de la actividad quirúrgica en los pacientes, tanto hospitalizados como ambulatorios, con respecto a las patologías que pongan en peligro la vida de los mismos o agraven su estado de salud, en especial procesos neoplásicos.

4. En el área de hospitalización se establecerá el número necesario para garantizar las visitas médicas, la atención indefectible de los pacientes hospitalizados y las altas clínicas.

5. En el ámbito de consulta, así como de las interconsultas de los pacientes hospitalizados que lo requieran, se atenderán las consideradas como urgentes o preferentes, a criterio del personal facultativo. Asimismo, se atenderán las consultas inaplazables de los pacientes oncológicos que requieran tratamiento citostático y los pacientes desplazados.

6. Se garantizará, así mismo, la realización de determinaciones y pruebas complementarias urgentes, y las que se refieran a los pacientes hospitalizados que, a criterio del personal facultativo, sean necesarias e inaplazables, entendiéndose incluidas las de los pacientes con neoplasias malignas.

7. Se garantizará la dispensación de sangre, medicamentos y de productos sanitarios, que al criterio del personal facultativo sean necesarias.

8. Se garantizará la atención necesaria a pacientes subsidiarios de hospitalización a domicilio y cuidados paliativos.

b) Personal facultativo dependiente de atención primaria: médicos, pediatras y odontólogos.

1. Cobertura del 100% de la actividad urgente.

2. Los servicios mínimos que se fijan en el tramo ordinario de atención prestarán la asistencia urgente o inaplazable de esa unidad cualquiera que sea la modalidad de la prestación:

– En centros con cuatro o menos profesionales: 1 efectivo.

– En centros con cinco a ocho profesionales: 2 efectivos.

– En centros con nueve a doce profesionales: 3 efectivos.

– En centros con más de trece profesionales: 4 efectivos.

c) Personal sanitario no facultativo de atención especializada:

1. Cobertura del 100% de la actividad urgente en un triple ámbito:

– Servicios de urgencias.

– Quirófanos urgentes (generales y de tocología) para la atención de los usuarios que requieran intervenciones quirúrgicas inaplazables en el ingreso.

– Atención a los paritorios.

2. En el área de hospitalización se establecerá el número necesario para garantizar los cuidados de los pacientes hospitalizados, en correspondencia con los efectivos de un domingo o festivo.

3. En el ámbito de consultas se establecerán mínimos en un doble ámbito:

– Apoyo a la atención de las consultas especializadas consideradas como urgentes o preferentes.

– Así mismo, se atenderán las consultas inaplazables de los pacientes oncológicos que requieran tratamiento citostático y los pacientes desplazados.

4. En el ámbito de los servicios centrales, se garantizará la realización de las pruebas complementarias urgentes y las que se refieran a los pacientes hospitalizados que, a criterio de los facultativos, sean necesarias e inaplazables, en correspondencia con los efectivos de un domingo o festivo.

5. Se garantizará la dispensación de medicamentos, hemoderivados y productos sanitarios, en correspondencia con los efectivos de un domingo o festivo.

6. Unidades especiales: el número necesario para garantizar el cuidado de los pacientes, en correspondencia con los efectivos de un domingo o festivo.

d) Personal sanitario no facultativo de atención primaria:

1. Cobertura del 100% de la actividad urgente.

2. Los servicios mínimos que se fijan en el tramo ordinario de atención prestarán la asistencia urgente e inaplazable de esa unidad cualquiera que sea la modalidad de la prestación:

– En centros con cuatro o menos profesionales: 1 efectivo.

– En centros con cinco a ocho profesionales: 2 efectivos.

– En centros con nueve a doce profesionales: 3 efectivos.

– En centros con más de trece profesionales: 4 efectivos.

e) Personal de gestión y servicios de atención especializada:

1. Urgencias: el 100% del personal.

2. Área de hospitalización: un número de efectivos equivalente al de los domingos o festivos.

3. Cita previa: un número de efectivos que garanticen la atención al paciente que lo requiera, con un mínimo de un efectivo por centro y hasta un máximo del 50% de los efectivos del turno.

4. Atención al paciente: un número de efectivos que garanticen la atención al paciente que lo requiera, con un mínimo de 1 por centro y hasta un máximo del 50% de los efectivos de turno.

5. Servicios de mantenimiento: un número equivalente a los domingos o festivos.

6. Servicio de lavandería y lencería: un número equivalente a los domingos y festivos o hasta el 50% de los efectivos del turno.

7. Limpieza: hasta el 50% de los efectivos del turno.

8. Hostelería: un número mínimo igual a los domingos o festivos, o bien un 60% de los efectivos del turno, en función del tamaño de las prestaciones dependientes de hostelería en cada centro.

Con la finalidad de garantizar el adecuado mantenimiento del servicio, se servirá, con carácter general, un único menú a los pacientes que no requieran dieta médica especial.

9. Conductores: el mismo número de efectivos que los domingos o festivos, con un mínimo, en todo caso, de un efectivo.

10. Servicios administrativos:

– Información: el número de profesionales necesarios para garantizar la debida información a los pacientes.

– Personal: el número imprescindible para garantizar las incidencias y gestiones derivadas de la huelga y como máximo hasta el 40% de los efectivos del turno.

– Suministraciones: el número imprescindible para garantizar los pedidos urgentes y hasta un máximo del 25% de los efectivos del turno.

– Almacén: un número imprescindible para la gestión del almacén y hasta un máximo del 25% de los efectivos del turno.

– Contabilidad: un número imprescindible para las gestiones urgentes y hasta un 25% de los efectivos del turno.

f) Personal de gestión y servicios de atención primaria:

1. Urgencias: el 100% del personal.

2. En centros con cuatro o menos facultativos: 1 efectivo.

– En centros con cinco o más facultativos: 1 efectivo por centro y, en caso de tener varios pisos, uno más por piso.

g) Otras áreas de trabajo o servicios: se establecerá, con carácter general, un número equivalente a los domingos o festivos.

h) Personal de empresas privadas que realizan tareas de servicios contratados con el Servicio Gallego de Salud: se aplicarán los criterios establecidos en los puntos anteriores para la correspondiente área de actividad. En el caso de que alguna empresa actúe en un área de trabajo que no se corresponda con las de los puntos anteriores, se establecerán un número de efectivos equivalente al de los domingos y festivos.

– Transporte sanitario.

Se establecen los siguientes criterios rectores en la determinación del personal necesario para el mantenimiento de los servicios esenciales:

– Una cobertura del 100% respecto de la atención urgente prestada a través de las ambulancias asistenciales del 061.

– En el ámbito del transporte hospitalario, el 100% del transporte secundario urgente.

– El 100% de los servicios de transporte para enfermos que requieran tratamientos ambulatorios continuados de oncología y diálisis. Para el resto de pacientes, los vehículos necesarios para los casos en los que necesiten camilla o su estado general así lo aconseje, a juicio del facultativo prescritor. El número de vehículos no será inferior al 50% de los que hacen la cobertura habitual.

Artículo 2.

La determinación de los profesionales necesarios con base en los criterios anteriores se hará por la Dirección, debiendo estar su fijación adecuadamente motivada, mediante la designación nominal e individual.

Las/los profesionales necesarios para la cobertura de los servicios mínimos deberán ser publicados en los tablones de anuncios del centro, con antelación al comienzo de la huelga.

La/el profesional designado como servicio mínimo, que desee ejercer su derecho de huelga, podrá instar la substitución de su designación por otra/o profesional que voluntariamente acepte el cambio de forma expresa.

La justificación debe obrar en el expediente de determinación de mínimos de la institución, exteriorizarse adecuadamente para general conocimiento del personal destinatario. Deberá quedar constancia en el expediente de los factores o criterios cuya ponderación conduce a determinar las prestaciones mínimas.

Con tales premisas, en el anexo de esta resolución se recogen el número de efectivos de servicios mínimos para cubrir las jornadas de huelga.

Artículo 3.

Los paros y alteraciones en el trabajo por parte del personal necesario para el mantenimiento de los servicios mínimos determinados en el anexo, así como los expuestos en los tablones de anuncios de cada centro, serán considerados ilegales a los efectos de lo establecido en el artículo 16.1 del Real decreto ley 17/1977, de 4 de marzo (BOE n.º 58, de 9 de marzo).

Artículo 4.

Lo dispuesto en los artículos anteriores no significará ningún tipo de limitación de los derechos que la normativa reguladora de la huelga reconoce al personal en esta situación, ni tampoco sobre la tramitación y efectos de las peticiones que la motiven.

Artículo 5.

Sin prejuicio de lo que establecen los artículos anteriores, se deberán observar las normas legales y reglamentarias vigentes en materia de garantías de los usuarios de los establecimientos sanitarios. Los altercados o incidentes que se produzcan serán objeto de sanción con base en las normas vigentes.

Artículo 6.

Las empresas privadas que prestan servicios en el ámbito de la sanidad de Galicia deberán fijar el personal necesario para garantizar la prestación de reconocida e inaplazable necesidad de acuerdo con los criterios y demás disposiciones determinados en esta orden.

Disposición final.

La presente orden producirá efectos y entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 22 de marzo de 2012.

Rocío Mosquera Álvarez
Conselleira de Sanidad

ANEXO I
Provincia de A Coruña

Estructura de Gestión Integrada de Santiago de Compostela.

Servicios sanitarios de atención especializada.

Complejo Hospitalario Universitario de Santiago de Compostela.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

Urgencias

12

10

6

A. Cirugía

17

11

11

A. Clínica/Hospitalización

115

44

42

SS. CC.

25

10

10

Personal DUE

Urgencias

13

14

12

A. Cirugía

32

8

4

A. Clínica/Hospitalización

177

133

92

SS. CC.

55

7

1

Personal sanitario FP

T. cuidad. aux. enfermería

228

125

82

Técnicos/as especialistas

46

24

11

Celadores/as

57

49

30

Personal administrativo

37

3

4

Mantenimiento

Mecánicos/as

2

2

1

Electricistas

2

2

1

Calefactores

2

2

1

Fontaneros/as

2

1

0

Personal informático

2

2

2

Telefonista

2

2

1

Hostelería

Cocinero/a

6

3

0

Pinche

42

37

0

Conductor/a

1

1

0

Lavandería

Lavandera/o

9

0

0

Limpieza (contratada)

73

51

9

Mantenimiento (contratado)

3

3

3

Archivo (contratado)

5

1

0

Almacén (contratado)

4

2

1

Seguridad (contratada)

6

5

4

Transporte sanitario (contratado)

3

4

1

Hospital de A Barbanza.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

Urgencias

4

4

3

A. Cirugía

5

5

5

A. Clínica/Hospitalización

3

2

2

SS. CC.

4

2

2

Personal DUE

Urgencias

5

5

4

A. Cirugía

4

4

3

A. Clínica/Hospitalización

9

7

4

SS. CC.

3

1

0

Personal sanitario FP

T. cuidados aux. enfermería

17

11

7

Técnicos/as especialistas

2

2

2

Seguridad (contratada)

1

1

1

Personal administrativo

11

4

1

Limpieza (contratada)

4

3

1

Hostelería (contratada)

4

4

0

Mantenimiento y electromedicina (contratados)

1

1

1

Lavandería (contratada)

1

0

0

Transporte sanitario urgente (contratado)

2

2

1

Servicios sanitarios de atención primaria.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo (médicos, pediatras, odontólogos)

132

49

22

Personal de enfermería

96

34

19

Personal de servicios generales

59

16

2

Auxiliar administrativo

11

1

0

Celadores/as

1

15

17

Limpieza (contratada)

12

22

5

Seguridad (contratada)

1

1

0

Transporte sanitario (contratado)

9

0

0

Estructura de Gestión Integrada de A Coruña.

Servicios sanitarios de atención especializada.

Complejo Hospitalario Universitario A Coruña.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

Urgencias

13

7

6

A. Cirugía

76

35

35

A. Clínica/Hospitalización

62

20

20

SS. CC.

28

10

10

Personal DUE

Urgencias

21

20

19

A. Cirugía

11

17

16

A. Clínica/Hospitalización

150

145

125

SS. CC.

20

9

7

Matrona

6

4

4

Personal sanitario FP

T. cuidad. aux. enfermería

228

138

98

Técnicos/as especialistas

29

19

9

Celadores/as

52

48

27

Personal administrativo

38

9

3

Trabajo social

1

0

0

Mantenimiento

7

7

7

Telefonista

2

1

1

Planchador/a

12

0

0

Hostelería

Cocinero/a

8

6

0

Pinche

60

58

2

Conductor/a

2

1

0

Lavandería

Lavandera/o

9

0

0

Limpieza (contratada)

68

34

7

Mantenimiento (contratado)

2

1

1

Archivo de historias clínicas (contratado)

6

4

2

Servicio de almacén (contratado)

3

1

0

Servicio de transporte de ropa (contratado)

3

2

0

Mudanzas internas (contratado)

1

1

1

Transporte sanitario (contratado)

5

6

2

Electromedicina (contratada)

1

1

1

Mensajería (contratada)

4

2

1

Transporte intercentros (contratado)

3

2

1

Seguridad (contratada)

5

4

3

Traslado de comida (contratado)

2

2

0

Hospital Virxe da Xunqueira.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

Urgencias

3

3

2

A. Cirugía

8

5

5

A. Clínica/Hospitalización

4

2

2

SS. CC.

4

1

1

Personal DUE

Urgencias

4

4

3

A. Cirugía

3

3

2

A. Clínica/Hospitalización

7

6

4

Paritorio

1

1

1

Personal sanitario FP

T. cuidad. aux. enfermería

14

9

7

Técnicos/as especialistas

2

2

2

Seguridad (contratada)

1

1

1

Personal administrativo

7

2

1

Mantenimiento (contratado)

1

1

1 (loc)

Almacén y archivo (contratados)

2

2

0

Hostelería

Cocinero/a

1

1

1

Pinche

1

1

1

Camarero

1

1

0

Transporte sanitario (contratado)

100%

100%

100%

Limpieza (contratada)

3

2

1

Servicios sanitarios de atención primaria.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo (médicos, pediatras, odontólogos)

130

66

18

Personal de enfermería

96

47

17

Limpieza (contratada)

15

37

0

Personal de servicios generales

67

27

3

Auxiliar administrativo

16

Celadores/as

4

14

14

Mantenimiento (contratado)

1

1

1

Seguridad (contratada)

1

2

1

Transporte sanitario PAC (contratado)

0

12

12

Transporte muestras (contratado)

11

0

0

Estructura de Gestión Integrada de Ferrol.

Servicios sanitarios de atención especializada.

Complejo Hospitalario Arquitecto Marcide-Novoa Santos.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

Urgencias

5

5

4

A. Cirugía

20

12

12

A. Clínica/Hospitalización

25

9

9

SS. CC.

13

4

4

Personal DUE

Urgencias

13

12

9

A. Cirugía

20

10

10

A. Clínica/Hospitalización

38

19

18

SS. CC.

45

2

2

Personal sanitario FP

T. cuidad. aux. enfermería

94

40

25

Técnicos/as especialistas

30

4

4

Celadores/as

25

16

11

Personal administrativo

29

2

1

Mantenimiento

4

4

4

Telefonista

1

1

1

Hostelería

Cocinero/a

2

2

0

Pinche

18

18

1

Limpiador/a

3

3

0

Conductor/a

1

0

0

Lavandería

Lavandera/o

5

0

0

Planchador/a

5

0

0

Servicios sanitarios de atención primaria.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Médicos de familia

40

11

0

Médicos PAC

0

12

11

Pediatras

15

4

0

Odontólogos

1

0

0

Farmacéuticos

1

0

0

Personal de enfermería

48

11

0

Personal de enfermería (PAC)

0

12

9

Otro personal sanitario

1

0

0

Personal no sanitario

42

12

0

Celadores/as PAC

0

9

9

Empresas contratadas. Estructura de Gestión Integrada de Ferrol.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Limpieza centros de salud (contratada)

50%

50%

50%

Transporte sanitario (contratado)

3

3

2

Vigilancia y seguridad (contratada) de atención primaria

2

2

0

Vigilancia y seguridad (contratada) de centros hospitalarios

7

3

6

Mantenimiento Hospital Naval (contratado)

1

1

1

Mantenimiento informático (contratado)

1

1

0

Dietética (contratada)

1

1

1

Hel Desk a usuarios de sistemas de información (contratado)

1

1

0

Archivo (contratado)

2

1

1

Transporte dietas alimenticias (contratado)

1

1

1

Transporte de muestras clínicas (contratado)

4

0

0

Transporte de material y correspondencia (contratado)

2

0

0

Comedor PAC

0

8

0

Transporte profesionales de PAC

0

8

8

Limpieza centros hospitalarios (contratada)

29

21

2

DDD

1

0

0

Transporte programado de la Dirección Provincial de A Coruña.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

A Coruña

7

3

0

Santiago de Compostela

7

3

0

Ferrol

5

5

0

Barbanza

6

6

0

Fisterra

4

3

0

Provincia de Lugo

Complejo Hospitalario de Lugo.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

Urgencias

9

10

7

A. Cirugía

30

16

15

A. Clínica/Hospitalización

38

10

10

SS. CC.

21

8

8

Matronas

Matronas

3

2

3

Personal DUE

Urgencias

11

11

10

A. Cirugía

8

8

8

A. Clínica/Hospitalización

79

59

53

SS. CC.

18

4

1

Personal sanitario FP

T. cuidad. aux. enfermería

109

74

50

Técnicos/as especialistas

20

13

7

Celadores/as

34

31

17

Personal administrativo

31

6

2

Mantenimiento

4

4

4

Telefonista

1

1

1

Hostelería

Cocinero/a

3

3

Pinche cocina

34

28

Pinche lencería

3

3

Conductor

1

Limpieza (contratada)

28

34

2

Archivo y servicio de almacén (contratado)

19

Dietética (contratada)

3

Transporte dietas (contratado)

0

Transporte programado y urgente (contratado)

6

Transporte sanitario (contratado)

11

Seguridad (contratada)

14

Hospital Comarcal de Monforte de Lemos.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

Urgencias

4 (1 loc.)

3 (1 loc.)

3 (1 loc.)

A. Cirugía

9

9

9

A. Clínica/Hospitalización

4

3

3

SS. CC.

6

6

6

Personal DUE

Urgencias

3 (1 loc.)

3 (1 loc.)

3 (1 loc.)

A. Cirugía

2

2

2

A. Clínica/Hospitalización

10

10

6

SS. CC./REA

6

1

1

Personal sanitario FP

T. cuidad. aux. enfermería

15

12

8

Técnicos/as especialistas

4

5

2

Celadores/as

7

6

3

Personal administrativo

10

1

2

Mantenimiento

2

2

2

Telefonista

1

1

0

Hostelería

Cocinero/a

1

1

0

Pinche

5

5

0

Planchador/a

2

0

0

Lavandería

Lavandera/o

2

0

0

Matrona (1)

1

1

1

Archivo historias clínicas (contratada)

2

1

0

Seguridad (contratada)

1

1

1

Limpieza (contratada)

7

3

1

Transporte sanitario (contratado)

2

2

2

Hospital Comarcal da Costa de Burela.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

Urgencias

3

3

2

A. Cirugía

11

11

11

A. Clínica/Hospitalización

5

3

3

SS. CC.

5

2

2

Personal DUE

Urgencias

3

3

2

A. Cirugía

2

2

1

A. Clínica/Hospitalización

22

18

12

SS. CC.

2

0

0

Personal sanitario FP

T. cuidad. aux. enfermería

22

17

9

Técnicos/as especialistas

6

3

2

Celadores/as

8

6

2

Personal administrativo

15

2

1

Mantenimiento

2

2

2

Telefonista

1

1

0

Hostelería

Cocinero/a

1

1

0

Pinche

4

4

0

Conductor/a

0

0

0

Lavandería

Lavandera/o

1

0

0

Limpieza (contratada)

7

6

1

Seguridad (contratada)

1

1

1

Lavandería (contratada)

1

0

0

Transporte sanitario (contratado)

3

3

2

Gerencia de Atención Primaria de Lugo.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo (médicos, pediatras, odontólogos)

237

36

25

Personal de enfermería

114

38

25

Personal de servicios generales

80

16

4

Auxiliar administrativo

20

1

0

Celadores/as

3

15

15

Oficios

2

0

0

Transporte sanitario (contratado)

0

18

18

Transporte analíticas y paquetería (contratado)

11

0

0

Mantenimiento (contratado)

2

0

0

Limpieza (contratada)

41

41

0

Seguridad (contratada)

0

1

1

Transporte programado da Dirección Provincial de Lugo.

Servicios mínimos

Mañana/Tarde

Lugo centro

20

Monforte de Lemos

3

Burela

6

Provincia de Ourense

Estructura de Gestión Integrada de Ourense.

Servicios sanitarios de atención especializada.

Complejo Hospitalario de Ourense.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

Urgencias

8

8

4

A. Quirúrgica

32

8+8

8+8

A. Clínica/Hospitalización

58

13+1

9+2

SS.CC.

44

13+2

9+4

Matrona 

2

2

2

Fisioterapeuta 

2

0

0

Personal DUE

Urgencias

10

10

8

A. Quirúrgica

42

23

23

A. Clínica/Hospitalización

66

51

30

SS.CC.

22

16

15

Personal sanitario FP

T. cuidad. aux. enfermería

128

91

72

Técnicos/as especialistas

21

12

7

Celadores 

52

40

25

Personal administrativo

Admisión y apoyo asistencial

32

8

2

Personal administrativo

Personal, secretaría y Atención al Paciente

8

0

0

Mantenimiento 

15

7

5

Telefonista

2

2

2

Hostelería

Cocinero/a

5

5

0

Pinche

39

32

0

Conductor/a 

1

0

0

Lencería, limpieza, servicios 

7

1

1

Información-Recepción 

4

3

0

Informática 

2

0

0

Limpieza (contratada)

37

25

3

Hospital Comarcal do Barco de Valdeorras.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

Urgencias

3

2

2

A. Cirugía

3

2

2

A. Clínica/Hospitalización

9

7

7

SS. CC.

5

3

3

Personal DUE

Urgencias

2

2

2

A. Cirugía

2

2

2

A. Clínica/Hospitalización

8

8

7

SS. CC.

5

1

1

Personal sanitario FP

T. cuidad. aux. enfermería

19

12

6

Técnicos/as especialistas

4

3

2

Celadores/as

7

6

2

Personal administrativo

14

1

1

Mantenimiento

2

2

1

Telefonista

1

1

0

Hostelería

Cocinero/a

1

1

0

Pinche

4

4

0

Limpieza (contratada)

5

5

1

Lavandería

Lavandera/o

3

0

0

Transporte sanitario (contratado)

3

2

2

Seguridad (contratada)

1

1

1

Hospital de Verín.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

Urgencias

3

3

2

A. Cirugía

7

4

4

A. Clínica/Hospitalización

5

5

5

SS. CC.

4

0

0

Personal DUE

Urgencias

2

2

3

A. Cirugía

2

2

2

A. Clínica/Hospitalización

6

4

3

SS. CC.

1

0

0

Matrona

1

1

1

Personal sanitario FP

T. cuidad. aux. enfermería

6

6

5

Técnicos/as especialistas

2

2

2

Celadores/as

3

2

1

Personal administrativo

6

2

1

Limpieza (contratada)

5

3

1

Mantenimiento (contratado)

1

1

1

Hostelería (contratada)

5

3

0

Seguridad (contratada)

1

1

1

Transporte sanitario (contratado)

3

2

2

Servicios sanitarios de atención primaria.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Médico de familia

113

39

24

Pediatra de atención primaria

16

3

Odontólogo

12

Personal de enfermería

110

32

17

Otro personal sanitario (A.E.)

12

Personal de gestión y servicios: citación

78

10

Personal de gestión y servicios: ss. adtvos. y mantenimiento

13

Celadores/as de PAC

15

15

Limpieza (contratada)

14

11

0

Transporte personal PAC (contratado)

0

14

14

Servicio de almacén (contratado)

1

0

0

Transporte muestras (contratado)

8

0

0

Lavandería (contratada)

1

0

0

Manutención PAC (contratada)

0

0

30

Transporte programado de la Dirección Provincial de Ourense.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Ourense

9

7

Provincia de Pontevedra

Estructura de Gestión Integrada de Pontevedra.

Servicios Sanitarios de Atención Especializada.

Complejo Hospitalario de Pontevedra.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

Urgencias

6

6

5

A. Cirugía

37

13

13

A. Clínica/Hospitalización

43

13

13

SS. CC.

33

8

8

Personal DUE

Urgencias

9

9

8

A. Cirugía

21

9

6

A. Clínica/Hospitalización

49

46

44

SS. CC.

34

16

8

Matrona

2

2

2

Personal sanitario FP

T. cuidad. aux. enfermería

96

67

51

Técnicos/as especialistas

17

9

7

Celadores/as

43

37

20

Personal administrativo

70

6

4

Mantenimiento

5

3

3

Telefonista

2

2

1

Hostelería

Cocinero/a

1

1

0

Pinche

14

11

0

Conductor/a

1

0

0

Lavandería

Lavandera/o

7

0

0

Limpieza (contratada)

25

21

2

Hostelería (contratada)

12

12

0

Hospital de O Salnés.

Servicios minimos

Maña

Tarde

Noche

Personal facultativo

Urgencias

4

4

2

Área Quirúrgica

5

4

4

Área Clínica/Hospitalización

5

2

2

SS.CC.

3

2

2

Personal DUE

Urgencias

4

4

3

Área Quirúrgica

2

2

2

Área Clínica/Hospitalización

13

9

7

SS.CC.

 

 

 

Personal sanitario FP

T. cuidados aux. enfermería

14

11

9

Técnicos/as especialistas

3

3

2

Celadores/as 

4

4

3

Personal administrativo

10

3

2

Mantenimiento (contratado) 

1

1

Hostelería (contratada)

 5

4

0

Limpieza (contratada)

6

6

1

Información y aten. telefónica (contratadas)

1

1

0

Seguridad (contratada)

1

1

1

Electromedicina (contratada)

1

1

1

Almacén y archivo (contratados)

2

2

0

Transporte sanitario (contratado)

2

2

2

Servicios sanitarios de atención primaria.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo (médicos, pediatras, odontólogos)

104

36

17

Personal de enfermería

82

27

14

Personal de servicios generales

44

11

2

Auxiliar administrativo

11

1

0

Celadores/as

6

11

11

Limpieza (contratada)

55%

55%

0

Complejo Hospitalario Universitario de Vigo.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

Urgencias

13

13

8

A. Cirugía

51

33

33

A. Clínica/Hospitalización

40

18

18

SS. CC.

36

19

17

Matrona

4

4

4

Fisioterapeuta, logopeda y TO

8

2

0

Personal DUE

Urgencias

16

16

13

A. Cirugía

31

18

13

A. Clínica/Hospitalización

117

98

87

SS. CC.

35

5

4

Personal sanitario FP

T. cuidad. aux. enfermería

181

127

88

Técnicos/as especialistas

35

13

9

Celadores/as

74

54

37

Personal administrativo

44

13

3

Mantenimiento

5

4

3

Telefonista

4

3

3

Hostelería

Cocinero

4

3

0

Pinche

36

32

0

Conductor/a

1

0

0

Lavandería

Incluye 9 planchadores/as, 4 lavanderas/os, 1 encargada/o 1 gobernanta/e

15

1

0

Limpieza

1

0

1

Limpieza (contratada)

61

40

9

Hostelería (contratada)

26

25

1

Mantenimiento (contratado)

8

4+1 loc.

3+1 loc.

Vigilancia y seguridad (contratada)

5

5

4

Gerencia de Atención Primaria de Vigo.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo (médicos, pediatras, odontólogos)

81

55

18

Personal de enfermería

78

52

15

Personal de servicios generales

42

21

0

Auxiliar administrativo

6

2

0

Celadores/as

4

12

11

Conductor/a

0

2

2

Telefonista

0

1

1

Limpieza (contratada)

20

34

0

Traslado profesionales PAC (contratado)

0

9

9

Transporte programado de la Dirección Provincial de Pontevedra.

Servicios mínimos

Ambulancias Pontevedra

15

Ambulancias Peregrina

15

Galaria, Empresa Pública de Servicios Sanitarios. Vigo.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Especialista cardiología (cardiología intervencionista)

2

1

1 localizado

Personal DUE

2

2

2 localizado

Personal auxiliar de enfermería

1

1

1 localizado

Celador

1

1

0

Cirujano/a cardíaco/a (quirófano)

2

2

2 localizados

Personal DUE instrumentista

1

1

1 localizado

Personal DUE perfusionista

1

1

1 localizado

Personal DUE circulante

1

1

1 localizado

Personal auxiliar de enfermería

1

1

1 localizado

Celador

1

1

0

Unidade de Recuperación de Cirugía Cardíaca

Personal DUE

3

3

3

Personal auxiliar de enfermería

2

2

2

Celador

1

1

1

Esp. radiología (diagnóstico por imagen)

1

1

1 localizado

TER

1

1

1 localizado

PSG

1

1

0

Radiólogo

1

1

0

Esp. radiología (diagnóstico por imagen O Meixoeiro)

1

1

0

TER

1

1

0

PSG

1

1

0

Esp. medicina nuclear (medicina nuclear)

1

1

0

DUE

2

1

1

TER

1

1

0

Auxiliar de enfermería

1

0

0

PSG

1

1

0

Radiofísica

2

1

0

TER

2

1

0

Radioterapia

3

2

0

DUE

2

2

0

TER

11

9

0

Auxiliar de enfermería

2

2

0

PSG

2

1

0

Estructura administrativa

Administrativo

1

1

0

Técnico de RR.HH.

1

0

0

Auxiliar de almacén

1

0

0

Galaria, Empresa Pública de Servicios Sanitarios. Ourense.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Esp. medicina nuclear (medicina nuclear)

1

0

0

DUE

1

0

0

TER

1

0

0

PSG

1

0

0

Galaria, Empresa Pública de Servicios Sanitarios. Santiago de Compostela.

Servicios mínimos

Mañana

Noche

Auxiliar administrativo

1

0

Radiofísico

1

0

Ciclotrón

Radiofarmacéutico

1

1

Técnico de laboratorio

0

2

Técnico de mantenimiento

0

1

Galaria, centro itinerante (Unidad de Resonancia Móvil).

Servicios mínimos

Mañana

Noche

DUE

1

0

TER

1

0

Centro de Transfusiones de Galicia.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

Responsables de área

2

0

0

Hemodonación

6

9

4

Personal sanitario no facultativo

Control calidad

1

1

0

HLA

2

1

0

Criobiología

1

1

0

Procesamiento

2

1

1

Fraccionamento

6

6

1

Hemodonación

7

13

8

Personal no sanitario

Administración

7

0

1

Promoción

1

0

0

Hemodonación

3

5

3

Personal contratas

Limpieza

2

1

0

Seguridad

2

1

1

Transporte sanitario

6

6

0

Fundación Pública Urgencias Sanitarias de Galicia-061.

Número de efectivos de servicios mínimos

Categoría/servicio

Mañana

(8.00 a 15.00 h)

Tarde

(15.00 a 22.00 h)

Noche

(00.00 a 8.00 h)

(22.00 a 00.00 h)

Personal facultativo

Médicos/as coordinadores/as

6+1 (1)

6+1 (1)

3

Médicos/as asistenciales

Base ambulancia

10

10

10

Médicos/as asistenciales

Base helicóptero

2 (2)

2 (2)

Personal sanitario no facultativo

ATS/DUE de consulta sanitaria

1

1

1

ATS/DUE base ambulancia

10

10

10

ATS/DUE base helicóptero

2 (2)

2 (2)

Personal no sanitario

Tecnología

1

-

-

Recursos Humanos

1

-

-

Área económico-financiera

4

-

-

Otros (personal indirecto)

Central Coordinación

Teleoperadores

7 (3)

9

5 (4)

Locutores

3 (5)

5

2 (6)

Red de Transporte Sanitario Urgente

TTS (técnico transporte sanitario)
Unidades 24 horas

204 (7)

TTS (técnico transporte sanitario)
Unidades 12 horas

18 (8)

Pilotos helicópteros medicalizados, Santiago y Ourense (2)

2

2

Copilotos helicópteros medicalizados, Santiago y Ourense (2)

2

2

Mecánico helicópteros medicalizados, Santiago y Ourense (2)

2

2

(1) A los 6 trabajadores en turno de mañana hay que sumarle uno en horario de 10.00 a 16.00 horas. A los 6 trabajadores en turno de tarde hay que sumarle uno en horario de 16.00 a 23.00 horas.

(2) Están operativos de orto a ocaso.

(3) A los 7 trabajadores en turno de mañana hay que sumarle 2 en horario de 10.00 a 15.00 horas.

(4) A los 5 trabajadores en turno de noche hay que sumarle:

2 en horario de 22.00 a 24.00 horas.

1 en horario de 22.00 a 2.00 horas.

(5) A los 3 trabajadores en turno de mañana hay que sumarle:

1 en horario de 10.00 a 15.00 horas.

1 en horario de 11.00 a 15.00 horas.

(6) A los 2 trabajadores en turno de noche hay que sumarle:

1 en horario de 22.00 a 23.00 horas.

1 en horario de 22.00 a 24.00 horas.

(7) 204 TTS las 24 horas de la jornada.

(8) 18 TTS en jornada de 12 horas.

Instituto Gallego de Oftalmología (Ingo).

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

Hospital de Conxo

1

0

0

Policlínico Vigo, S.A. (Povisa).

Servicios mínimos

Servicios de Hostelería

  • Almacén

Dos almaceneros/as

  • Cocina

Personal de domingos

  • Camareras

Personal de domingos

  • Limpieza

Personal de domingos

  • Limpieza Nefrología

Personal habitual

  • Limpieza Urgencias-UCO

Personal habitual

  • Limpieza UVI-UDI

Personal habitual

  • Limpieza de la Clínica de Día

Personal habitual

  • Limpieza quirófano

Personal habitual

Enfermería

  • Plantas de hospitalización

Personal de domingos

  • Quirófano y Postoperatorio

Personal de domingos

  • Consultas ambulatorias

Personal necesario para atender las consultas de pacientes oncológicos

  • Nefrología

Personal habitual

  • Hospital de Día de Quimioterapias

Personal habitual

  • Matronas

Personal habitual

  • Urgencias-UCO

Personal habitual

  • UVI-UDI-UMI

Personal habitual

  • Quemados

Personal habitual

  • HADO

Personal habitual

  • Clínica de Día

Personal habitual

Servicios centrales

  • Laboratorio

Personal de sábados

  • Anatomía Patológica

Un/a técnico/a

  • Farmacia

Dos enfermeras/os en quimio y un/a auxiliar

  • Rehabilitación

Personal de domingos

  • Radiología General

Personal de domingos

  • Mamografías

Un/a técnico/a turno partido

  • Ecografías

Sin servicios mínimos

  • TAC

Un/a técnico/a de mañana y tarde

  • RMN

Un/a técnico/a de mañana y tarde

  • Radioterapia

Personal habitual

  • Medicina Nuclear

Personal habitual

Administrativos

  • Archivo

Un/a administrativo/a de mañana y tarde

  • UCAS

Un/a administrativo/a de mañana y tarde

  • 1.ª Planta

Un/a administrativo/a de mañana y uno/a de tarde

  • Recepción Central

Un/a administrativo/a de mañana y tarde y un/a de turno partido

  • Urgencias

Personal habitual

  • Dirección General

Un/a administrativo/a

  • Personal

Dos administrativos/as

Servicios generales

  • Mantenimiento

Personal de domingos + 1 electrónico/a

  • Control de visitas

Personal de domingos

  • Telefonistas

Personal de domingos

  • Informática

Un/a informático/a a turno partido

  • Microinformática

Un/a microinformático/a a turno partido

  • Ordenanzas

Sin servicios mínimos

Servicios médicos

  • Plantas de hospitalización

Personal de sábados

  • Laboratorio

Personal de sábados

  • Anatomía Patológica

Personal de sábados

  • Farmacia

Personal de sábados

  • Radiología General

Personal de sábados

  • Quirófano y Postoperatorio

Personal de domingos

  • Nefrología

Personal habitual

  • Urgencias-UCO

Personal habitual

  • UVI-UDI-UMI

Personal habitual

  • Quemados

Personal habitual

  • HADO

Personal habitual

  • Clínica de Día

Personal habitual

  • Radioterapia

Personal habitual

  • Medicina Nuclear

Personal habitual

  • Consultas ambulatorias

Personal necesario para atender las consultas de pacientes oncológicos

Nuestra Señora de la Esperanza.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

1

1

1

Personal sanitario no facultativo

14

10

3

Personal no sanitario

11

6

1

Instituto Policlínico La Rosaleda.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

6

6

1

Personal sanitario no facultativo

23

19

5

Personal no sanitario

10

9

2

Centro Médico La Rosaleda.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

1

1

Personal sanitario no facultativo

3

3

1

Personal no sanitario

3

2

0

Centro Asistencial La Rosaleda.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

1

1

0

Personal sanitario no facultativo

2

2

0

Hospital Juan Cardona.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

7

4

1

Personal sanitario no facultativo

47

37

14

Personal no sanitario

18

10

3

Personal externo: 2 facultativos/as de tarde, 1 facultativo/a de noche y 1 facultativo/a de guardia.

Centro Médico Pintado.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

3

3

3

Personal sanitario no facultativo

3

3

3

Personal no sanitario

5

1

0

Instituto Médico Quirúrgico San Rafael (A Coruña).

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

5

4

2

Personal sanitario no facultativo

39

36

9

Personal no sanitario

12

9

1

Sanatorio Quirúrgico Modelo.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

6

6

6

Personal sanitario no facultativo

46

41

18

Personal no sanitario

41

37

7

Polusa.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

5

5

5

Personal sanitario no facultativo

9

9

9

Personal no sanitario

4

4

4

Clínica Euroespes.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

2

0

0

Personal sanitario no facultativo

3

2

0

Personal no sanitario

4

2

1

Hospital Fremap Vigo.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

5

3

1

Personal sanitario no facultativo

7

4

1

Personal no sanitario

2

2

0

Sanatorio Nuestra Señora de los Abetos.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

1

1

1

Personal sanitario no facultativo

2

2

2

Personal no sanitario

1

1

1

Hospital El Pinar.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

4

2

1

Personal sanitario no facultativo

8

7

3

Personal no sanitario

11

7

0

Hospital Miguel Domínguez.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

9

8

7

Personal sanitario no facultativo

27

24

17

Personal no sanitario

15

12

4

Clínica Médica La Merced.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

2

2

1

Personal sanitario no facultativo

11

7

6

Personal no sanitario

3

2

0

Hospital Nuestra Señora de Fátima

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

10

9

3

Personal sanitario no facultativo

44

36

19

Personal no sanitario

28

17

0

Sanatorio La Robleda.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

1

1

1

Persoal sanitario no facultativo

5

5

5

Personal no sanitario

6

4

1

Instituto Policlínico Santa Teresa.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

12

12

4

Personal sanitario no facultativo

40

32

12

Personal no sanitario

29

16

2

Oftalmoloxía de Galicia, S.L.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

1

1

0

Personal sanitario no facultativo

4

2

0

Personal no sanitario

2

2

0

Sanatorio Concheiro.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

2

1

1

Personal sanitario no facultativo

5

4

2

Personal no sanitario

Total 3

Sanatorio El Carmen (Ourense).

Servicios mínimos

Personal facultativo

6

Persoan sanitario no facultativo

44

Personal no sanitario

20

Centro Médico El Castro.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

1

1

1

Persoan sanitario no facultativo

12

13

6

Personal no sanitario

5

5

1

Centro Oncológico de Galicia.

Servicios mínimos

Mañana

Tarde

Noche

Personal facultativo

20

3

1

Personal sanitario no facultativo

31

13

7

Personal no sanitario

21

11

1