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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 57 Jueves, 22 de marzo de 2012 Pág. 10091

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

RESOLUCIÓN de 6 de marzo de 2012, de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, por la que se somete a información pública el proyecto de decreto por el que se aprueba el Plan de Conservación del Espacio Natural de Interés Local Xunqueira de Alba, perteneciente al ayuntamiento de Pontevedra.

La Ley del Parlamento gallego 9/2001, de 21 de agosto, de conservación de la naturaleza, define como espacios naturales protegidos aquellos espacios que contengan elementos o sistemas naturales de particular valor, interés o singularidad, tanto debidos a la acción y evolución de la naturaleza como derivados de la actividad humana, y que hubiesen sido declarados como tales.

La Ley 9/2001, de 21 de agosto, de conservación de la naturaleza, reconoce el espacio natural de interés local (ENIL en adelante) como una de las categorías en las que se clasifican los espacios naturales protegidos. El artículo 17 de esta ley establece que, a petición del Ayuntamiento y tras los informes perceptivos, la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras podrá declarar como ENIL aquellos espacios integrados en su término municipal que por sus singularidades sean merecedores de algún tipo de protección de sus valores naturales.

La declaración de un ENIL es competencia de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, mientras que la responsabilidad y competencia de su gestión será municipal. Asimismo, la declaración de un ENIL no conlleva su inclusión en la Red gallega de espacios naturales protegidos.

La regulación de los espacios naturales de interés local recogida en la Ley 9/2001, de 21 de agosto, de conservación de la naturaleza, fue desarrollada por el Decreto 124/2005, de 6 de mayo, por el que se regula la figura del espacio natural de interés local y la figura del espacio privado de interés natural. El artículo 4 de este decreto recoge la posibilidad que tiene la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de declarar, de manera provisional, un ENIL por un plazo no superior a dos años. Dentro de este plazo los promotores, como requisito imprescindible para la declaración del ENIL deberán presentar, el plan de conservación de este espacio.

Mediante la Orden de 21 de octubre de 2009 (DOG n.º 210, de 27 de octubre), se declaró de forma provisional el ENIL Xunqueira de Alba, localizado en el ayuntamiento de Pontevedra. Durante la declaración provisional y como requisito imprescindible para su declaración definitiva, el Ayuntamiento de Pontevedra debía presentar ante la consellería competente el Plan de Conservación del Espacio, lo que hizo el pasado 13 de enero de 2011.

Asimismo, y conforme dispone el artículo 40 de la Ley 9/2001, se sometió a información pública y audiencia de los interesados mediante Resolución de 24 de marzo de 2011 (DOG n.º 81, de 27 de abril), tras lo cual resulta procedente elevarlo al Consello de la Xunta de Galicia para su aprobación mediante decreto.

Vista la documentación presentada por el Ayuntamiento de Pontevedra ante la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, proponiendo la aprobación del Plan de Conservación del lugar denominado Xunqueira de Alba como espacio natural de interés local, esta dirección general considera necesario establecer un período de información pública en la tramitación de este decreto con objeto de cumplir con lo dispuesto en el artículo 3.5 de la Ley 4/2006, de transparencia y de buenas prácticas en la Administración pública gallega y con lo preceptuado por la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la justicia en materia de medio ambiente.

Por las razones explicadas,

RESUELVO:

Primero. Someter a información pública y audiencia a los interesados el proyecto de decreto por el que se aprueba el Plan de Conservación del Espacio Natural de Interés Local Xunqueira de Alba, perteneciente al ayuntamiento de Pontevedra.

Segundo. A efectos informativos se pone a disposición de los interesados copias del proyecto de decreto por el que se aprueba el Plan de Conservación del Espacio Natural de Interés Local Xunqueira de Alba, perteneciente al ayuntamiento de Pontevedra, en las siguientes dependencias:

– Subdirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad, San Lázaro s/n, 15781 Santiago de Compostela.

– La Delegación Provincial de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras en Pontevedra (edifificio administrativo, calle Fernández Ladreda, n.º 43, 36071 Pontevedra).

– El Ayuntamiento de Pontevedra (Plaza de España, n.º 1, 36071 Pontevedra).

Del mismo modo se podrá consultar el texto de la memoria de la propuesta de declaración provisional en la página web de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras:

http://medioambiente.xunta.es/nc/transparencia/elaboracion_de_disposicions

Tercero. Las alegaciones se formularán durante el plazo de veinte (20) días, que comenzará a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 6 de marzo de 2012.

Ricardo García-Borregón Millán
Director general de Conservación de la Naturaleza