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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 52 Miércoles, 14 de marzo de 2012 Pág. 9206

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 6 de Ourense

EDICTO (1123/2010).

Ana González González, secretaria judicial del Juzgado Primera Instancia número 6 de Ourense, hace saber que en el presente procedimiento de divorcio 1223/2010, se ha dictado la siguiente sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:

«Vistos los presentes autos n.º 187/2011 sobre divorcio promovidos por la procuradora Sra. Outeiriño Míguez, en nombre y representación de María Pilar Rivera González, como demandante, asistida por el letrado Sr. Molinos, frente a Rafael Manuel Salgado Conde, que fue declarado en rebeldía.

Siguen antecedentes de hecho y fundamentos de derecho.

Fallo

Acuerdo la disolución del matrimonio formado por María Pilar Rivera González y Rafael Manuel Salgado Conde, con todos los efectos legales inherentes a dicha disolución.

No se imponen las costas del presente procedimiento a ninguna de las partes.

Esta sentencia no es firme. Conforme a lo dispuesto en el artículo 208.4 LEC, se indica que contra la presente resolución cabe interponer, en el plazo de 20 días desde la notificación, recurso de apelación (artículos 457 y siguientes LEC) ante este tribunal. Debiendo constituir el depósito legalmente establecido.

Y una vez firme esta resolución, comuníquese de oficio para su anotación en el Registro civil en donde figura la inscripción del matrimonio cuya disolución se declara.

Así lo acuerda, manda y firma S.Sª. Doy fe».

Y encontrándose dicho demandado, Manuel Salgado Conde, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Ourense, 2 de febrero de 2012.

La secretaria judicial
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