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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 50 Lunes, 12 de marzo de 2012 Pág. 8898

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (838/2009).

Yo, María Adelaida Egurbide Margañón, secretaría de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el proceso seguido a instancia de Rubén Barreiro Pena contra Servicios para la Publicidad APM y Asociados, S.L., Fogasa, en reclamación por ordinario, registrado con el número 838/2009, se ha acordado dictar sentencia cuyo encabezamiento y fallo dice:

«Sentencia.

En la ciudad de A Coruña a dieciséis de febrero de dos mil doce.

Yo, Jorge Hay Alba, magistrado juez de lo social número 2 de esta ciudad, ha visto los presentes autos de juicio número 838/2009 seguidos a instancia de Rubén Barreiro Pena, representado por el letrado Joaquín Echagüe Pérez Montero, contra Servicio y Publicidad APM y Asociados, S.L. y Fogasa, incomparecidos, siendo el objeto de la reclamación salarios y cantidad.

Fallo que, estimando la demanda interpuesta por el actor Rubén Barreiro Pena, debo condenar y condeno a la empresa Servicio y Publicidad APM y Asociados, S.L. a que abone al actor la cantidad de 2.744,67 euros por los conceptos reclamados en demanda, más los intereses legales correspondientes.

Notifíquese esta resolución a las partes, a las que se hará saber que contra la misma sólo cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, debiendo anunciarlo ante este juzgado en el plazo de cinco días a contar a partir de la notificación de esta sentencia, y en el propio término, si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al anunciar el recurso, entregar resguardo acreditativo de haber consignado la cantidad objeto de condena en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en Banesto de esta ciudad.

E igualmente deberá, en el momento de interponer el recurso, consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito especial para recurrir.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación a Servicio y Publicidad APM y Asociados, S.L., se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

A Coruña, 20 de febrero de 2012.

La secretaria judicial