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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 47 Miércoles, 7 de marzo de 2012 Pág. 8374

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 7 de Vigo

EDICTO (1040/2010).

Francisco Rascado González, secretario judicial de Juzgado de Primera Instancia número 7 de Vigo, hago saber que en el procedimiento ordinario 1040/2010 de este juzgado, seguido a instancias de Banco Popular Español, S.A. contra María Josefina Rivas Eijo y Jaime Santos González, se ha dictado la siguiente:

«Sentencia.

Jueza que la dicta: Flora Lomo del Olmo.

Lugar: Vigo.

Fecha: 14 de septiembre de 2011.

Actora: Banco Popular Español, S.A.

Abogado: Jorge Castro Díaz.

Procurador: José Antonio Fandiño Carnero.

Demandados: María Josefina Rivas Eijo y Jaime Santos González.

Fallo que estimando la demanda promovida por el procurador José Antonio Fandiño Carnero, en nombre y representación de Banco Popular Español, S.A. frente a María Josefina Rivas Eijo y Jaime Santos González, debo condenar y condeno a los demandados solidariamente a abonarle la cantidad de 12.849,03 euros más los intereses de demora pactados, con imposición de las costas causadas.

Modo de impugnación: contra esta sentencia cabe recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación, que se interpondrá ante este órgano judicial.

Conforme a la disposición adicional decimoquinta de la Ley orgánica del poder judicial, para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 50 euros, salvo que el recurrente sea beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente.

El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el Banesto, en la cuenta de este expediente 3561-0000-104010, indicando en el campo «Concepto», la indicación «Recurso» seguida del código «02 Civil-Apelación».

Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir, tras la cuenta referida, separados por un espacio, la indicación «Recurso» seguida del código «02 Civil-Apelación».

En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando, en éste caso, en el campo «Observaciones» la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

La magistrada jueza

Y para que sirva de notificación en legal forma a María Josefina Rivas Eijo y Jaime Santos González, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la provincia.

Vigo, 2 de febrero de 2012.

El secretario judicial
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