Francisco Rascado González, secretario judicial de Juzgado de Primera Instancia número 7 de Vigo, hago saber que en el procedimiento ordinario 1040/2010 de este juzgado, seguido a instancias de Banco Popular Español, S.A. contra María Josefina Rivas Eijo y Jaime Santos González, se ha dictado la siguiente:
«Sentencia.
Jueza que la dicta: Flora Lomo del Olmo.
Lugar: Vigo.
Fecha: 14 de septiembre de 2011.
Actora: Banco Popular Español, S.A.
Abogado: Jorge Castro Díaz.
Procurador: José Antonio Fandiño Carnero.
Demandados: María Josefina Rivas Eijo y Jaime Santos González.
Fallo que estimando la demanda promovida por el procurador José Antonio Fandiño Carnero, en nombre y representación de Banco Popular Español, S.A. frente a María Josefina Rivas Eijo y Jaime Santos González, debo condenar y condeno a los demandados solidariamente a abonarle la cantidad de 12.849,03 euros más los intereses de demora pactados, con imposición de las costas causadas.
Modo de impugnación: contra esta sentencia cabe recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación, que se interpondrá ante este órgano judicial.
Conforme a la disposición adicional decimoquinta de la Ley orgánica del poder judicial, para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 50 euros, salvo que el recurrente sea beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente.
El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el Banesto, en la cuenta de este expediente 3561-0000-104010, indicando en el campo «Concepto», la indicación «Recurso» seguida del código «02 Civil-Apelación».
Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir, tras la cuenta referida, separados por un espacio, la indicación «Recurso» seguida del código «02 Civil-Apelación».
En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando, en éste caso, en el campo «Observaciones» la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».
La magistrada jueza
Y para que sirva de notificación en legal forma a María Josefina Rivas Eijo y Jaime Santos González, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la provincia.
Vigo, 2 de febrero de 2012.
El secretario judicial
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