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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 38 Jueves, 23 de febrero de 2012 Pág. 6648

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

RESOLUCIÓN de 2 de febrero de 2012, de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, por la que se acuerda la cesión en propiedad de un hórreo al Ayuntamiento de Camariñas (A Coruña).

La Ley 3/1985, de 12 de abril, de patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia, permite la cesión de bienes muebles de la comunidad autónoma a entidades públicas sin ánimo de lucro siempre que se dediquen a fines de utilidad pública o interés social, y el Decreto 50/1989, de 9 de marzo, por el que se aprueba el reglamento de la citada Ley 3/1985, exige que el acuerdo de cesión exprese la finalidad concreta a la que la entidad beneficiaria debe destinar el bien, así como sus condiciones.

El Ayuntamiento de Camariñas solicitó, el 8 de febrero de 2010, la cesión de la titularidad de un hórreo que fue expropiado por las obras de acondicionamiento de la carretera AC-432, tramo Vimianzo-Camariñas. El ayuntamiento tiene previsto trasladar el hórreo a un área de recreo próxima con el fin de mejorar la seguridad viaria en este tramo de carretera AC-432 y, al mismo tiempo, conservar su valor etnográfico.

Teniendo en cuenta la normativa citada, la naturaleza de la Administración pública del ayuntamiento solicitante y el hecho de que el bien resulta innecesario para el desarrollo de las funciones que tiene encomendadas la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, esta tramitó el expediente de cesión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35.bis de la Ley 3/1985, de 12 de abril, de patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia, y en el artículo 96.bis de su reglamento, aprobado por el Decreto 50/1989, de 9 de marzo, modificado por el Decreto 238/1998, de 24 de julio.

Por lo expuesto anteriormente y en uso de las facultades que me confieren los artículos 34.6.º y 38 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia, en relación con la Orden de 9 de julio de 2009, sobre delegación de competencias en el secretario general y en otros órganos de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras,

RESUELVO:

Primero. Se acuerda la cesión en propiedad a favor del Ayuntamiento de Camariñas (A Coruña) del siguiente bien mueble:

– Hórreo construido en piedra, con 8 pies y 3 peldaños anexos.

– Emplazamiento: Agramar, Xaviña (Camariñas), margen izquierdo de la carretera autonómica AC-432 Vimianzo-Camariñas, p.k. 14,620.

Segundo. La cesión deberá ser formalizada mediante un acta suscrita por el secretario general técnico de esta consellería y el órgano competente del ayuntamiento, en la que deberá constar el acuerdo de cesión y la aceptación del cesionario según lo dispuesto en esta resolución.

Tercero. La cesión del bien mueble queda sujeta a las siguientes condiciones:

a) El bien cedido se trasladará a un área de recreo próxima, situada en el margen izquierdo de la carretera AC-432, p.k. 14,520, fuera de la zona de circulación de la carretera. El cambio de situación del bien tendrá por objeto mejorar la seguridad viaria en este tramo de la carretera y contribuir a su conservación y la puesta en valor del elemento etnográfico.

b) Si el bien cedido no se aplica al fin señalado, si se descuida o utiliza con grave quebrantamiento, o se incumplen las condiciones del acuerdo, se considerará resuelta la cesión y el bien revertirá en la Comunidad Autónoma de Galicia, que tendrá derecho a percibir, luego de la tasación pericial, el valor del detrimento o deterioro que experimente.

c) Serán a cargo de la entidad cesionaria todos los gastos que ocasione su traslado, la conservación y mantenimiento del bien mueble cedido, así como obtener todas las autorizaciones precisas para su traslado de acuerdo con la legislación vigente.

Cuarto. La Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, a través de la Secretaría General Técnica, realizará los trámites necesarios para la ejecución de lo dispuesto en esta resolución.

Quinto. Esta resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 2 de febrero de 2012.

P.D. (Orden 9.7.2009; DOG núm. 138, de 16 de julio)
José Antonio Fernández Vázquez
Secretario general técnico de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras