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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 37 Miércoles, 22 de febrero de 2012 Pág. 6555

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 6 de Vigo

EDICTO (504/2011).

Margarita Caloto Goyanes, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Vigo, mediante el presente,

Anuncio:

En el presente procedimiento ordinario 504/2011 seguido a instancia del Banco Santander, S.A., frente a Gastronomía y Alimentación, S.L., Silconde, S.L., Celia Freire Rodríguez y Manuel Conde Silva se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«Sentencia 22/2012.

En Vigo a dieciocho de enero de dos mil doce.

Ana Barral Picado, magistrada jueza del Juzgado de Primera Instancia número 6 de los de Vigo, habiendo visto los autos correspondientes al juicio ordinario seguido ante este juzgado con el número referenciado al margen a instancia del Banco Santander, S.A., representado por el procurador Sr. González Puelles y bajo la dirección letrada del Sr. Iglesias Ares, contra Gastronomía y Alimentación, S.L., Silconde, S.L., Manuel Conde Silva y Cecilia Freire Rodríguez, todos ellos en rebeldía procesal, dicta la presente en base a los siguientes.

Siguen los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho, y fallo que, estimando íntegramente la demanda promovida por el procurador Sr. González Puelles y bajo la dirección letrada del Sr. Iglesias Ares contra Gastronomía y Alimentación, S.L., Silconde, S.L., Manuel Conde Silva y Cecilia Freire Rodríguez, todos ellos en rebeldía procesal, debo condenarlos y los condeno solidariamente al pago de sesenta y seis mil novecientos noventa y dos euros con noventa y ocho céntimos, intereses pactados y costas del procedimiento.

Notifíquese a las partes con advertencia de que no es firme y de que contra la misma cabe recurso de apelación que habrá de interponerse en el término de veinte días ante este juzgado.

Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Siguen firma y rúbrica».

Y, encontrándose dichos demandados, Gastronomía y Alimentación, S.L., Silconde, S.L., Celia Freire Rodríguez y Manuel Conde Silva, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a los mismos.

Vigo, 27 de enero de 2012.

La secretaria judicial