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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 33 Jueves, 16 de febrero de 2012 Pág. 6133

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 30 de enero de 2012 por la que se notifica la imposición de una quinta multa coercitiva (expediente IU3/178/2011).

La directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística acordó, en fecha de 24 de octubre de 2011, imponer una quinta multa coercitiva a Jesús Losada Castro como consecuencia del incumplimiento de la Resolución de 1 julio de 2008, por la que se ordena la demolición de las obras consistentes en una vivienda unifamiliar en el embalse de Cachamuíña, Vilar, en el ayuntamiento de O Pereiro de Aguiar, provincia de Ourense.

Al no poder realizarse la notificación personal de aquella resolución por ser el destinatario desconocido en el reparto del correo, mediante la presente cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se notifica al interesado dicho acuerdo.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se comunica al interesado que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, situadas en el edificio Witland-Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra este acuerdo el interesado puede interponer recurso de reposición ante la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que se produzca la notificación, o bien, si no ejercita su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y le sirva de notificación al citado interesado en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la LRJPAC, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 30 de enero de 2012.

María Martínez Allegue
Directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística