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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 22 Miércoles, 1 de febrero de 2012 Pág. 4622

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (837/2008).

Eduardo José Castaño Barreiro, secretario de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el proceso seguido a instancia de Gerardo Suárez Varela contra la empresa Ricardo Leis Bao, en reclamación por ordinario, registrado con el número 837/2008, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

«Sentencia.

En la ciudad de A Coruña, a veintiséis de octubre de dos mil once.

Jorge Hay Alba, magistrado-juez de lo Social número 2 de esta ciudad, ha visto los presentes autos de juicio número 837/2008, seguidos a instancia de Gerardo Suárez Varela, asistido por el letrado Jorge Fernández-Chao González-Dopeso, contra la empresa Ricardo Leis Bao, incomparecida, siendo el objeto de la reclamación cantidad.

Fallo que, estimando la demanda interpuesta por el/la actor/ra Gerardo Suárez Varela, debo condenar y condeno a la empresa Ricardo Leis Bao a que abone al actor la cantidad de 13.458,83 euros por los conceptos reclamados en demanda, más el interés del 10% por mora en la forma especificada en el fundamento jurídico.

Notifiquese esta resolución a las partes, a las que se hará saber que contra la misma sólo cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, debiendo anunciarlo ante este juzgado en el plazo de cinco días a contar a partir de la notificación de esta sentencia, y en el propio término, si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al anunciar el recurso, entregar resguardo acreditativo de haber consignado la cantidad objeto de condena en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en Banesto de esta ciudad.

E igualmente deberá, en el momento de interponer el recurso, consignar la suma de 150 euros en concepto de depósito especial para recurrir.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación a la empresa Ricardo Leis Bao, se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

A Coruña, 12 de enero de 2012.

El secretario judicial
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