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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 10 Lunes, 16 de enero de 2012 Pág. 2410

III. Otras disposiciones

Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

RESOLUCIÓN de 27 de diciembre de 2011, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se convocan las subvenciones del Programa Reencontros na Casa para residentes en el exterior para el año 2012.

La Secretaría General de la Emigración es el órgano superior de la comunidad autónoma al que le corresponden, entre otras, las competencias en materia de desarrollo de la Ley 4/1983, de 15 de junio, de reconocimiento de la galleguidad, que desarrolla el artículo 7 del Estatuto de autonomía de Galicia, donde se establece el derecho de las comunidades gallegas de fuera de Galicia a colaborar y compartir la vida social y cultural del pueblo gallego.

A tenor de lo establecido en el párrafo anterior, la Secretaría General de la Emigración desarrolla anualmente, entre otros, programas que permiten el acercamiento a Galicia y a su realidad actual de mayores pertenecientes a las colectividades gallegas del exterior con escasos recursos económicos.

En este contexto se enmarca esta resolución por la que se convoca y se regula el programa de viajes a Galicia Reencontros na Casa, que les permite a emigrantes gallegos e hijos/as de emigrantes gallegos mayores de 55 años viajar a Galicia a coste reducido para estrechar vínculos con sus familiares residentes aquí.

La disposición adicional segunda del Decreto 325/2009, de 18 de junio, de estructura orgánica de los órganos superiores dependientes de la Presidencia de la Xunta de Galicia, desconcentra en el secretario general de la Emigración la competencia para la aprobación de las bases, la convocatoria y la resolución de las ayudas y subvenciones de su respectivo ámbito de competencia.

En virtud de lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia; el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 9/2007; en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, en aquellos preceptos que sean básicos, y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y en la normativa que la desarrolla, previo informe de la Asesoría Jurídica y de la Intervención Delegada de este órgano,

RESUELVO:

Artículo 1. Convocatoria.

Esta resolución tiene por objeto convocar las ayudas en especie correspondientes al Programa Reencontros na Casa para el año 2012, que tiene por finalidad promover, facilitando los traslados, el contacto de los gallegos residentes en el exterior con su tierra y con sus familiares, fortaleciendo así los vínculos de unión con Galicia.

Dicha resolución de convocatoria se regirá por las bases reguladoras establecidas en el anexo I de la Resolución de la Secretaría General de la Emigración de 28 de diciembre de 2010, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones del programa Reencontros na Casa para residentes en el exterior y se convocan las correspondientes ayudas para el año 2011 (DOG núm. 3, de 5 de enero).

Artículo 2. Plazas convocadas, aportaciones económicas y fechas de realización.

2.1. Plazas convocadas.

La asignación del número de plazas, realizada en función de las necesidades reales y de las demandas constatadas en los diferentes países, queda fijada para el año 2012, del siguiente modo:

Países N.º de plazas

Argentina 108

Brasil 23

Cuba 14

Uruguay 85

Venezuela 7

Otros países 4

Total 241

Las plazas que queden vacantes, hasta un máximo de un 25% del total de las 241 plazas, se distribuirán proporcionalmente entre aquellos países que tengan un mayor número de plazas en las solicitudes admitidas en relación a las plazas ofertadas.

El 90% de las plazas asignadas a cada país se destinará a personas que cumplan los requisitos indicados en la base reguladora primera, números 1 y 2, y el 10% restante a las personas que cumplan los requisitos de la base reguladora primera, número 3. Esta asignación de plazas podrá redistribuirse en el caso de que no se cubriesen alguno de los cupos anteriores.

El número de plazas convocadas podrá incrementarse, en la misma proporción por países, en el caso de que lo permitan las disponibilidades presupuestarias.

2.2. Ayudas económicas.

La Secretaría General de la Emigración se hará cargo, con carácter general, del 60% del coste del viaje a Galicia de los/las beneficiarios/as desde los lugares de partida, fijados por la Secretaría General de la Emigración, en América, hasta el lugar de destino designado en Galicia. Se hará cargo del 80% en aquellos países en los que la base de cálculo de la prestación económica por ancianidad en 2011 no superó los 2.600 € anuales. En aquellos países en que existan dificultades para acceder a las divisas necesarias debido a controles cambiarios podrá sufragarse el 80% del pasaje, aunque dicha base de cálculo supere la cantidad indicada de 2.600 euros anuales.

2.3. Fechas de realización.

Las fechas de realización serán a finales del mes de junio.

Artículo 3. Plazo de presentación de las solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes para este programa será de dos meses contados desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo fuese inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.

Artículo 4. Financiación.

Se trata de ayudas en especie y consecuentemente no suponen contabilización de gasto. Los servicios que se prestan a los participantes en esta convocatoria serán objeto de licitación, de acuerdo con la normativa de contratos del sector público.

Artículo 5. Desarrollo.

El secretario general de la Emigración podrá dictar todas las resoluciones que sean necesarias para el desarrollo y aplicación de esta convocatoria y de sus bases reguladoras.

Artículo 6. Recursos.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente a la publicación, de acuerdo con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 27 de diciembre de 2011.

J. Santiago Camba Bouzas
Secretario general de la Emigración

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