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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 247 Miércoles, 28 de diciembre de 2011 Pág. 38653

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña

EDICTO (454/2011).

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia.

A Coruña, 3 de octubre de 2011.

Vistos por mí, Milagritos Belso Sempere, magistrada-jueza del Juzgado de Primera Instancia número 1 de esta ciudad, los presentes autos del juicio verbal, seguidos con el número 454/11-R, sobre reclamación de cantidad, siendo parte demandante Caja España de Inversiones, Salamanca y Soria, Caja de Ahorros y Monte de Piedad, representada por el procurador Carlos González Guerra y con la asistencia letrada de Isabel Acero Blanco, y parte demandada Ángeles Soto Jiménez.

Fallo.

Que estimando la demanda formulada por el procurador Sr. González Guerra, en nombre y representación de la Caja España de Inversiones, Salamanca y Soria, Caja de Ahorros y Monte de Piedad, contra Ángeles Soto Jiménez, rebelde, debo condenar y condeno a esta a que abone a la actora en la cantidad de tres mil ciento cuarenta y ocho euros con sesenta y cuatro céntimos (3.148,64 €), así como los interese legales desde la interposición de la presente demanda y lo previsto en el artículo 576 de la LEC desde la fecha de la presente resolución.

Con expresa imposición de las costas procesales a la parte demandada.

Modo de impugnación: contra esta sentencia cabe recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación, que se interpondrá ante este órgano judicial.

Conforme a la disposición adicional decimoquinta de la Lei orgánica del poder judicial, para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 50 euros, salvo que el recurrente sea beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, comunidad autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente.

El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el Banesto, en la cuenta de este expediente 1525-0000-13-454/11-R, indicando en el campo «concepto» la indicación «Recurso», seguida del código «02 Civil-Apelación».

En caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando, en este caso, en el campo observaciones la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

La magistrada-jueza,

Publicación: leída y publicada fue la anterior sentencia por la magistrada que la suscribe en el día de su fecha.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Ángeles Soto Jiménez, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

A Coruña, 2 de noviembre de 2011.

María Elma Monzon Cuesta
Secretaria judicial