Descargar PDF Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 247 Miércoles, 28 de diciembre de 2011 Pág. 38669

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

ANUNCIO de 16 de diciembre de 2011, de la Subdirección General de Desarrollo de la Sociedad de la Información, por el que se publica la relación de las entidades invitadas a la firma de un convenio de colaboración para la gestión de subvenciones destinadas al acceso de los ciudadanos a nuevas conexiones a internet, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia para los años 2011 y 2012, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder), en el marco del Programa operativo Feder Galicia 2007-2013 (procedimiento administrativo PR524A).

Primero.

Con fecha de 15 de diciembre de 2011 la secretaria general de Modernización e Innovación Tecnológica dictó resolución favorable a la selección de entidades colaboradoras para la gestión de subvenciones destinadas al acceso de los ciudadanos a nuevas conexiones a internet, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia para los años 2011 y 2012, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder), en el marco del Programa operativo Feder Galicia 2007-2013 (procedimiento administrativo PR524A), en los siguientes términos:

Antecedentes de hecho.

1. Las empresas indicadas en el anexo de esta resolución presentaron solicitudes al procedimiento de selección de entidades colaboradoras para la gestión de subvenciones destinadas al acceso de los ciudadanos a nuevas conexiones a internet dentro del plazo establecido en la Resolución de 24 de mayo de 2011 por la que se convoca el proceso de selección de entidades colaboradoras con la Secretaría General de Modernización e Innovación Tecnológica, para la gestión de subvenciones destinadas al acceso de los ciudadanos a nuevas conexiones a internet, y por la que se aprueban las bases reguladoras de dichas subvenciones, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia para los años 2011 y 2012, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder), en el marco del Programa operativo Feder Galicia 2007-2013, y se procede a su convocatoria (procedimiento administrativo PR524A, publicada en el DOG núm. 106, de 3 de junio de 2011).

2. De conformidad con lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/1992, en los casos en que la solicitud de adhesión no reunía alguno de los requisitos exigidos en la convocatoria, se requirió a las entidades solicitantes para que, en un plazo de diez días hábiles, enmendaran la falta o presentaran los documentos preceptivos. En este requerimiento se hizo indicación expresa de que, si así no lo hiciesen, se tendrían por desistidas en su petición, luego de la correspondiente resolución.

3. Una vez revisadas las solicitudes de participación y las enmiendas hechas en función del cumplimiento de los requisitos exigidos, se constató la corrección de todas las solicitudes formuladas.

Fundamentos de derecho.

1. La Secretaría General de Modernización e Innovación Tecnológica es el órgano competente para resolver de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la convocatoria.

2. Según lo dispuesto en el artículo 8 de la convocatoria: «Una vez concluido el trámite de audiencia, el órgano instructor formulará la propuesta de resolución, que elevará a la titular de la secretaría general, quien dictará la correspondiente resolución que contendrá la consideración favorable de todas aquellas entidades solicitantes que reúnan los requisitos exigidos en esta convocatoria para las entidades colaboradoras».

3. El artículo 10 de la convocatoria establece que: «La notificación de la resolución a las entidades que sean seleccionadas favorablemente incluirá la invitación de la Secretaría General de Modernización e Innovación Tecnológica a la firma de un convenio de colaboración para que obtengan la condición de entidades colaboradoras, con sujeción al dispuesto en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007.

La notificación de la resolución favorable establecerá un plazo máximo de 10 días para la firma del convenio de colaboración. Transcurrido dicho plazo sin que la entidad seleccionada firme el convenio se entenderá que la entidad renuncia a su firma. La notificación también establecerá el procedimiento de firma del convenio.

El convenio de colaboración que se firmará recogerá lo dispuesto en las bases reguladoras que se adjuntan como anexo I a esta resolución. También recogerá los requisitos de personalidad, solvencia y eficacia que figuran en esta resolución».

Vista la Resolución de 24 de mayo de 2011 relativa al procedimiento PR524A; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común; la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia; el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de subvenciones de Galicia; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su reglamento; y demás normativa vigente de aplicación,

Resuelvo:

1. Considerar favorables las solicitudes de las entidades que figuran en el anexo de esta resolución.

2. Notificar la resolución a los interesados.

3. Citar a los interesados, en primera convocatoria, para realizar el acto de firma el día 20 de diciembre de 2011, en la sala D del edificio administrativo de San Caetano en Santiago de Compostela. En el caso de no poder asistir, se establece un plazo máximo de 10 días, contados desde la publicación de esta resolución en el DOG, para que envíen el convenio firmado a esta secretaría general. Transcurrido el dicho plazo sin que la entidad seleccionada firme el convenio se entenderá que la entidad renuncia a su firma

Segundo.

En el anexo de la resolución indicada en el punto primero se recogen las siguientes entidades:

– R Cable y Telecomunicaciones Galicia, S.A., con NIF A15474281.

– Telefónica de España, S.A.U., con NIF A82018474.

– Telefónica Móviles España, S.A.U., con NIF A78923125.

– Vodafone España, S.A.U., con NIF A80907397.

Tercero.

Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde la misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan utilizar cualquier otro que estimen pertinente y oportuno.

Santiago de Compostela, 16 de diciembre de 2011.

P.A.
José Luis Somoza Digón
Jefe del Servicio de Gestión de la Sociedad de la Información