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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 244 Viernes, 23 de diciembre de 2011 Pág. 37986

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

CÉDULA de 21 de noviembre de 2011, de la Dirección General de Investigación, Desarrollo e Innovación, por la que se notifica el trámite de audiencia del expediente IN841C-2007/34, devuelto por el servicio de Correos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre), después de intentar sin éxito el trámite de audiencia previo a la resolución de revocación correspondiente al expediente IN841C-2007/34 en el último domicilio social conocido de la entidad Coaxis España, S.L., se procede a su notificación por medio de anuncio en el tablón de anuncios del Ayuntamiento del último domicilio social conocido y en el Diario Oficial de Galicia. En virtud de esto, se reproduce íntegramente el texto del requerimiento:

Coaxis España, S.L., c/ Florida n.º 53, oficinas 3 y 4, 36210 Vigo (Pontevedra).

Asunto: trámite de audiencia.

En relación con el proyecto titulado Sistemas de información para la gestión logística y márketing de empresas del sector de telemárketing (IN841C-2007/34), subvencionado a esa entidad por Resolución de la Consellería de Innovación e Industria de 12 de noviembre de 2007 (DOG núm. 226, de 22 de noviembre), por la que se adjudican las ayudas para el fomento de la innovación empresarial, convocadas por la Orden de 26 de abril de 2007 (DOG núm. 95, de 18 de mayo), modificada por la Orden de 23 de octubre de 2007 (DOG núm. 211, de 31 de octubre), se le comunica lo siguiente:

1. La Orden de 26 de abril de 2007 establece en el punto 1 del artículo 17 que, para cobrar la subvención concedida, el beneficiario deberá presentar en la fecha límite de 31 de octubre del ejercicio correspondiente la documentación justificativa de la subvención concedida. Establece, asimismo, en el punto 2 del mismo artículo que, transcurrido el plazo indicado sin que el beneficiario presentase la documentación solicitada, se podrá entender que renuncia a la subvención.

2. El artículo 11 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, establece que son obligaciones de los beneficiarios de las ayudas, entre otras:

a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones.

b) Justificar ante el órgano concedente o la entidad colaboradora, en su caso, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o el disfrute de la subvención.

3. Con fecha de 5 de diciembre de 2007, la entidad presentó documentación para la justificación del gasto realizado correspondiente a la primera anualidad del mencionado proyecto.

4. Con fecha de 18 de febrero de 2008 se le requirió a la entidad documentación justificativa complementaria de la primera anualidad (2007) de la subvención concedida, se le concedió un plazo de 10 días y se le advirtió de que de no atender a este requerimiento se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución, que será dictada en los términos establecidos en el artículo 42.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

5. Con fecha de 4 de marzo de 2008, la entidad presentó documentación complementaria para la justificación del gasto realizado correspondiente a la primera anualidad del mencionado proyecto.

6. Con fecha de 19 de diciembre de 2008 y de 22 de abril de 2010 se remite requerimiento a la entidad indicando que, para tener derecho a percibir el importe correspondiente a la segunda anualidad del proyecto, debe presentar la correspondiente documentación justificativa en el plazo improrrogable de quince días, advirtiéndole que la falta de presentación de la justificación en el plazo establecido llevará consigo la exigencia de reintegro y demás responsabilidades establecidas en la Ley 9/2007, de 23 de junio, de subvenciones de Galicia.

7. Con fecha de 4 de mayo de 2010, se remite al Ayuntamiento de Vigo la Cédula de 30 de abril de 2010 de la Consellería de Economía e Industria por la que se notifica mediante anuncio un requerimiento de documentación devuelto por el servicio de Correos, que iba dirigido a la entidad Coaxis España, S.L., para la justificación de los gastos correspondientes al proyecto IN841C-2007/34, donde se solicita que remita a este centro directivo una certificación que acredite la exposición pública de esta cédula.

8. Con fecha de 7 de junio de 2010, el Ayuntamiento de Vigo remitió la notificación correspondiente a la exposición en el tablón de anuncios (Coaxis España, S.L.), donde indica que estuvo expuesta en el tablón oficial de anuncios de la Casa Consistorial durante el plazo reglamentario.

9. Con fecha de 29 de marzo de 2011, se publica en el Diario Oficial de Galicia la Cédula de 30 de abril de 2010, de la Dirección General de Investigación, Desarrollo e Innovación, por la que se notifica el requerimiento de documentación del expediente IN841C-07/34 devuelto por el servicio de Correos.

10. Teniendo en cuenta que la entidad no presentó la documentación justificativa completa de la subvención concedida dentro de los plazos establecidos y, consecuentemente, no se acreditó correctamente el cumplimiento de la finalidad que determinó su concesión, procede iniciar resolución de revocación de la subvención para la realización del proyecto Sistemas de información para la gestión logística y márketing de empresas del sector de telemárketing (IN841C-2007/34).

Por todo lo indicado anteriormente, y antes de proceder a dictar la citada resolución, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se le concede un plazo de 10 días hábiles para realizar las alegaciones que estime pertinentes.

Lo que se notifica por medio de anuncio para su conocimiento y para los efectos oportunos.

Santiago de Compostela, 21 de noviembre de 2011.

Ricardo Capilla Pueyo
Director general de Investigación, Desarrollo e Innovación