De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en el anexo se mencionan la incoación de los expedientes sancionadores por presunta infracción a la Ley 81/1968, de 5 de diciembre, sobre incendios forestales y de su reglamento, aprobado por el Decreto 3769/1972, de 23 de diciembre, al no ser posible su notificación a través del servicio de correos.
Se nombra instructora de los expedientes a Montserrat González Pérez, funcionaria de esta delegación; el régimen de recusación es el establecido en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992.
A los efectos previstos en la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, los expedientados dispondrán de un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para que puedan examinar los expedientes en esta delegación provincial, sita en la calle del Paseo nº 18-5º piso, y presentar por escrito las alegaciones, los documentos, informaciones o propuesta de pruebas que consideren convenientes en defensa de sus derechos.
De conformidad con el artículo 42.4º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se informa de que, en caso de no resolverse el presente expediente en el plazo de seis meses, teniendo en cuenta las posibles interrupciones de su cómputo por causas imputables al interesado, se producirá su caducidad. La resolución que declare la caducidad ordenará el archivo de las actuaciones con los efectos previstos en el artículo 92 de esta ley.
De no efectuar alegación alguna en el plazo fijado, este acuerdo de incoación podrá ser considerado propuesta de resolución, conforme a lo establecido en el artículo 13.2º del reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, determinándose a estos efectos el importe de la sanción indicado en el anexo.
Para resolver el expediente es competente por razón de la cuantía de la multa el delegado provincial de esta consellería de acuerdo con el artículo 141 del reglamento de la Ley de incendios forestales.
El pago voluntario podrá implicar la terminación del procedimiento sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos procedentes (artículo 8.2º del Real decreto 1398/1993). El importe de la sanción que en cada caso corresponda se hará efectivo en la cuenta de recaudación de multas y sanciones de la Xunta de Galicia empleando el impreso oficial que se facilitará en la Delegación Provincial en Ourense.
Ourense, 17 de noviembre de 2003.
Agustín Prado Verdeal
Delegado provincial de Ourense
ANEXO
Expte./Nº año Denunciado DNI Última dirección conocida Hecho denunciado Precepto infringido y sancionador Sanción A
34537344 32350 A Rúa LU-7934-G
10454452-D 32616 Vilardevós M-948406
34921321-F 32500 O Carballiño PO-4629-J
34531914-J 32500 O Carballiño
34948467 32520 Avión OR-6943-E
X-255284-F 32002 Ourense OU-4819-L
05140959 05002 Ávila AV-4180-G
34918955 32340 Vilamartín de Valdeorras LE-2934-H
34257263 27400 Monforte de Lemos LU-3675-F
OU 277/03 IN José Manuel García Fernández
C/ Paseo
Abandono de vehículo
Art. 137 e) del Reglamento de 23-12-1972 en relación con la Resolución de 11-2-2003 de la DGM e I. forestales 300,51 A
OU 314/03 IN Domingo Rodríguez Hortas
Arzádegos
Abandono de vehículo
Art. 137 e) del Reglamento de 23-12-1972 en relación con la Resolución de 11-2-2003 de la DGM e I. forestales 300,51 A
OU 319/03 IN Mª Purificación Vázquez Rodríguez
San Amaro nº 78,
Abandono de vehículo
Art. 137 e) del Reglamento de 23-12-1972 en relación con la Resolución de 11-2-2003 de la DGM e I. forestales 300,51 A
OU 321/03 IN Felisindo González Álvarez
San Amaro s/n,
Abandono de una cantidad indeterminada de vehículos Art. 137 e) del Reglamento de 23-12-1972 en relación con la Resolución de 11-2-2003 de la DGM e I. forestales 300,51 A
OU 329/03 IN Berta Moreira Estévez
Amiudal
Abandono de vehículo
Art. 137 e) del Reglamento de 23-12-1972 en relación con la Resolución de 11-2-2003 de la DGM e I. forestales 300,51 A
OU 332/03 IN Nalika Bick
C/ Os Remedios nº 44,
Abandono de vehículo
Art. 137 e) del Reglamento de 23-12-1972 en relación con la Resolución de 11-2-2003 de la DGM e I. forestales 300,51 A
OU 335/03 IN Autos Jhon S.L.
Carretera de Salamanca nº 11
Abandono de vehículo
Art. 137 e) del Reglamento de 23-12-1972 en relación con la Resolución de 11-2-2003 de la DGM e I. forestales 300,51 A
OU 339/03 IN Ángel Nogueira Alas
Valencia do Sil
Abandono de vehículo
Art. 137 e) del Reglamento de 23-12-1972 en relación con la Resolución de 11-2-2003 de la DGM e I. forestales 300,51 A
OU 349/03 IN Félix Antonio García Rodríguez
C/ Ourense nº 71, 1º
Abandono de vehículo
Art. 137 e) del Reglamento de 23-12-1972 en relación con la Resolución de 11-2-2003 de la DGM e I. forestales 300,51 A