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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 248 Martes, 23 de diciembre de 2003 Pág. 15.947

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

UNIVERSIDAD DE A CORUÑA

RESOLUCIÓN de 24 de noviembre de 2003 por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la escala de técnico de gestión de esta universidad por el sistema de promoción interna.

Existiendo plazas de adscrición indistinta a los grupos A y B de la escala de técnicos de gestión y de la escala de gestión de funcionarios de la Universidad de A Coruña, ocupadas por funcionarios del grupo B, con el fin de posibilitar la promoción de personal aún manteniendo sus propios puestos de trabajo, de acuerdo con el artículo 22 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función pública, el Real decreto 364/1995, de 10 de marzo, y de conformidad con lo dispuesto en los estatutos de esta universidad, aprobados por el Decreto de la Xunta de Galicia 253/1992, de 10 de septiembre (DOG del 17 de septiembre), y modificados por el decreto de la Xunta de Galicia 245/1998, de 30 de julio (DOG del 28 de agosto).

Este rectorado, en el uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20 de la ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades (DOG del 24 de diciembre), así como en los estatutos de esta universidad, resuelve convocar pruebas selectivas para ingreso en la escala de técnicos de gestión de la Universidad de A Coruña por el sistema de promoción interna, con sujección a las siguientesbases:

Bases de la convocatoria

1. Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir tres plazas de la escala de técnicos de gestión de la Universidad de A Coruña por el turno de promoción interna, por el sistema de concurso-oposición.

1.2. La presente convocatoria no generará plazas vacantes en el cuerpo o escala de gestión de la que procedan los aspirantes.

1.3. La realización de estas pruebas selectivas les será de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; el Real decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración general del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración general del Estado; la Ley 4/1988, de 26 de mayo, de la función pública de Galicia, modificada por las leyes 4/1991, de 8 de marzo, y 3/1995, de 10 de abril; el Decreto 93/1991, de 20 de marzo; los estatutos de la Universidad de A Coruña y las bases de esta convocatoria.

1.4. El proceso selectivo constará de dos fases, concurso y oposición, con las pruebas y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

1.5. El programa que regirá para la fase de oposición es el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1. Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir y mantener los siguientes requisitos:

a) Ser funcionario de carrera de cualquier cuerpo o escala del grupo B en servicio activo, y con destino definitivo en una plaza de la relación de puestos de trabajo adscripto, cuando menos, a la escala de gestión o a la escala de técnicos de gestión de la Universidad de A Coruña y poseer una antigüedad de, al menos, dos años en el cuerpo o escala del grupo B a la que pertenezcan.

b) Estar en posesión del título de licenciado, arquitecto, o ingeniero, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en la que termine el plazo de presentación de las solicitudes.

2.2. Todos los requisitos deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de las solicitudes y gozar de estes durante el proceso selectivo.

3. Solicitudes.

3.1. Los que deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán solicitarlo en la instancia según modelo que figura como anexo IV de esta convocatoria.

3.2. Las solicitudes se dirigirán al rector de la Universidad de A Coruña en el plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el DOG.

La presentación de las solicitudes se hará en el registro general de la Universidad de A Coruña (Edificio del Rectorado, calle de la Maestranza, s/n, C.P 15001), en Ferrol (Doctor Vázquez Cabrera, s/n C.P. 15403), o en las restantes formas previstas en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciónes públicas y del procedimiento administrativo común (BOE del 27 de noviembre).

3.3. La gerencia expedirá, de oficio, certificación que acreditará: la antigüedad reconocida referida a la fecha de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, el grado personal consolidado, el nivel de complemento de destino del puesto que se desempeñe con carácter definitivo en la referida fecha y los cursos de formación recibidos o impartidos que figuren en el expediente personal. La citada certificación se añadirá a la solicitud presentada por el aspirante.

3.4. Los aspirantes que padezcan alguna discapacidad podrán indicarlo en el recuadro número 14 de la solicitud y solicitar, en su caso, las posibles adaptaciónes de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en los que esta adaptación sea necesaria, expresándolo en el recuadro número 15.

3.5. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hagan constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en la base 3.2. para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho

plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza, excepto causa excepcional sobrevenida y justificada, y discrecionalmente apreciada por el tribunal.

4. Listas de admitidos y excluidos.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, en el plazo de un mes, el rector de la universidad dictará resolución en la que declarará aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, que serán públicas en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad y en el Vicerrectorado del Campus de Ferrol, con mención expresa del nombre, apellidos y documento nacional de identidad y, en su caso, las causas de exclusión.

Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir de la publicación de la referida resolución, para enmendar el defecto que motivase la exclusión. Transcurrido dicho plazo el rector dictará resolución en la que declarará aprobada la lista definitiva de admitidos y excluidos, que será publicada en los tableros de anuncios del Rectorado y Vicerrectorado de Ferrol, contra la que los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses o recurso potestativo de reposición ante el rector en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución.

4.2. El hecho de figurar en la lista de admitidos no prejuzga que se les reconozca a los interesados la posesión de los requisitos esigidos, que tendrán que acreditarse en su momento, de acuerdo con lo previsto en la base 8 de esta convocatoria.

5. Tribunal calificador.

5.1. El tribunal calificador es el que figura como anexo III de la presente convocatoria.

El tribunal en su constitución, composición y funcionamiento observará lo dispuesto en el artículo 13 del RD 364/1995 y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE del 27 de noviembre).

5.2. El tribunal podrá disponer de la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas en el número que estime necesario.

5.3. El tribunal tendrá la categoría primera de las recogidas en el Decreto 144/2001, de 7 de junio (Diario Oficial de Galicia del 25 de junio).

5.4. Para los efectos de comunicaciones y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en el rectorado de la Universidad de A Coruña.

6. Calendario de las pruebas.

6.1. El lugar y fecha del primer ejercicio será público en la resolución que apruebe las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos.

6.2. La publicación de los sucesivos anuncios de realización de los restantes ejercicios será efectuada por el tribunal en los locales donde se efectuase el primero, así como en la sede del tribunal, y por cual

quier otro medio que se juzgue conveniente para facilitar su máxima divulgación, con veinticuatro horas, por lo menos, de antelación a la señalada para su iniciación.

6.3. El orden de actuación de los aspirantes será la que determine, con carácter general, la Dirección General de la Función Pública de la Comunidad Autónoma para el año en que se realicen las pruebas.

7. Listas de aprobados.

7.1. Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el tribunal calificador hará pública en el Rectorado de A Coruña, en el Vicerrectorado del Campus de Ferrol, y en el lugar o lugares de realización de este, así como en aquellas otras que estime oportuno, la relación de los aspirantes que los superasen, con indicación de la puntuación obtenida en cada una de las pruebas.

7.2. El tribunal hará pública la valoración de los méritos de la fase de concurso una vez realizado el último ejercicio de la fase de oposición.

7.3. La calificación final se realizará de acuerdo con lo previsto en el anexo I de la presente convocatoria.

7.4. El tribunal hará publica la relación de los aspirantes que superaron las pruebas selectivas, constituida por aquellos aspirantes que, en número no superior al de las plazas convocadas, obtuviesen la mayor puntuación en ellas.

7.5. Finalizado el proceso selectivo el tribunal elevará al rector la relación de aspirantes aprobados por orden de puntuación, en la que constarán las calificaciónes obtenidas en los ejercicios de la oposición y en la fase de concurso.

8. Presentación de documentos.

En el plazo de 20 días naturales contados a partir del día siguiente a aquél en que se hiciese pública la relación definitiva de aprobados en las pruebas selectivas, estes deberán presentar en el Servicio de Personal de Administración y Servicios de la Universidad de A Coruña (calle de la Maestranza, s/n) los siguientes documentos:

a) Certificado de gerencia que acredite el cumplimiento de las condiciones exigidas en la letra a) del punto 2.1 de esta convocatoria.

b) Fotocopia compulsada del título exigido para acceder a las pruebas.

9. Nombramiento de funcionarios y toma de posesión.

9.1. Cumplidos debidamente por los aspirantes que superaron las pruebas selectivas los trámites de presentación de documentos serán nombrados funcionarios de la escala de técnicos de gestión, mediante resolución del rector que se publicará en el Diario Oficial de Galicia.

9.2. Dadas las peculiaridades de este proceso de promoción interna, se excluyen en él la adxudicación de destino de acuerdo con la orden de puntuación

obtenida en el proceso selectivo, adcribiéndose los aspirantes al mismo puesto que vengan desempeñando como titulares. La adjudicación tendrá carácter definitivo si el puesto de trabajo se encuentra adscripto en la vigente relación de puestos a la escala a que aspiran, y de carácter provisional en el caso de que no esté incluido en la relación de puestos en esa escala. En este último supuesto el destino se consolidará como definitivo en el caso de que en la próxima relación de puestos la plaza figure adscripta a la escala a la que accedió el funcionario.

9.3. Aquellos funcionarios que, en virtud de lo dispuesto en el párrafo anterior, accedan a la escala superior con carácter provisional, y mientras permanezcan en la situación, percibirán el complemento de destino correspondiente al puesto base de la escala a la que accedan, salvo que el puesto que desempeñen tenga asignado un nivel superior. El complemento específico será el correspondiente al puesto de trabajo realmente desempeñado.

9.4. La toma de posesión de los aspirantes aprobados se efectuará en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación de su nombramiento en el DOG.

10. Norma final.

La presente convocatoria, sus bases, y cuantos actos administrativos se deriven de ella podrán ser impugnados ante la jurisdicción del contencioso-administrativo en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE del 27 de noviembre).

Asimismo, los interesados podrán interponer recurso de alzada contra los actos del tribunal calificador de las pruebas ante el rector de la Universidad de A Coruña, en los términos previstos en el artículo 114 y concordantes de la mencionada ley.

A Coruña, 24 de noviembre de 2003.

(Resolución 26-9-2003)

Eliseo Alfonso Barca Lozano

Rector de la Universidad de A Coruña en funciones

ANEXO I

Procedimiento de selección

El procedimiento de selección será el de concurso-oposición, que consta de las siguientes fases:

1. Fase de oposición, que constará de los siguientes ejercicios selectivos y eliminatorios:

Primer ejercicio: consistirá en desarrollar por escrito cuatro temas de entre ocho elegidos por el tribunal. El temario se considera dividido en cuatro partes, la primera integrada por los bloques de derecho comunitario, la segunda por el bloque de derecho administrativo; la tercera por los bloques de recursos humanos y gestión universitaria; y la cuarta por el bloque de gestión financiera. De los ocho temas, corresponderán dos por cada una de las partes indicadas. Los

aspirantes elegirán un tema de cada una de las partes. El tiempo máximo de realización de este ejercicio será de 4 horas.

La puntuación será de 0 a 50 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 25.

Segundo ejercicio: consistirá en contestar por escrito a dos supuestos prácticos, de entre tres propuestos por el tribunal, relacionados con los temas que figuran en el anexo II. Los supuestos incluirán la elaboración de un informe.

La puntuación será de 0 a 50 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 25. El tiempo máximo de realización de este ejercicio será de 2 horas.

2. Fase de concurso.

Se valorarán los siguientes méritos:

a) Antigüedad:

La antigüedad en la Administración pública referida al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, se valorará hasta un máximo de 16 puntos, a razón de:

-1 punto por año (0,08 por mes completo) de servicios prestados como funcionario de carrera o funcionario interino del grupo B o contratado laboral en puestos de administración reservados a funcionarios del grupo B.

-0,5 puntos por año (0,04 por mes completo) por los restantes servicios efectivos reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre.

No se computarán los servicios que se prestasen simultáneamente con otros igualmente alegados.

b) Grado personal consolidado, según el grado personal que se tenga consolidado y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, se otorgará la siguiente puntuación:

GradoPuntos

286

265

244

223

202

18 o inferior1

c) Nivel de complemento de destino, correspondiente al del puesto de destino definitivo que tenga adjudicado el/a funcionario/a el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Se calificará de la siguiente manera:

NivelPuntos

2812

259

248

227

205

183

d) Cursos: se valorará hasta un máximo de 6 puntos, los cursos directamente relacionados con las funciones propias de los cuerpos y escalas del grupo B, de acuerdo con los siguientes criterios:

Máximo: 4,5 puntos, a razón de 0,02 puntos/hora los cursos con certificado de aptitud y 0,01 puntos/hora los cursos de asistencia.

Cuando en el certificado no conste el número de horas, se considerará que la duración del curso es de 10 horas.

Cursos de lengua gallega:

-Curso de iniciación de la lengua gallega: 0,5 puntos.

-Curso de perfeccionamiento de la lengua gallega: 1 punto.

-Curso de lenguaje administrativa: 1,5 puntos.

En el caso de poseer más de un curso de lengua gallega solo puntuará el de nivel superior.

Puntuación del proceso selectivo.

La puntuación de la fase de oposición estará determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los distintos ejercicios. La puntuación del proceso selectivo estará determinada por la suma de la fase de oposición, y los méritos de la fase de concurso, siempre que los aspirantes tuviesen superada la fase de oposición.

En el caso de empate se dará preferencia atendiendo a la puntuación obtenida en el primer ejercicio y, de persistir éste, a favor del candidato que tuviese mayor antigüedad en el cuerpo o escala a la que pertenezca en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

ANEXO II

Programa

I. Derecho comunitario.

1. Las comunidades europeas: objetivos y naturaleza jurídica. La adhesión de España a las comunidades. El Tratado de la Unión Europea: efectos de la unión política y económica.

2. Las instituciones de las comunidades. El Consejo de Ministros. La Comisión: especial referencia a su estructura. El Parlamento Europeo. El Tribunal de Justicia. El Consejo Europeo.

3. EL derecho comunitario. Sus fuentes. Relaciones entre el derecho comunitario y el ordenamiento jurídico de los estados miembros. Derecho originario, derecho derivado. Reglamentos, directrices y decisiones.

4. Las funciones de los estados miembros en la aplicación del derecho comunitario en España. Papel de las distintas administraciones públicas.

5. El presupuesto comunitario. La participación de los estados miembros en el proceso decisorio. La función pública comunitaria.

6. La dimensión europea de la enseñanza superior. La Declaración de Bolonia. Programas de movilidad.

II. Derecho administrativo.

1. Las fuentes del derecho administrativo. La primacía de las fuentes del derecho administrativo. El valor de la costumbre y de los principios generales.

2. La ley: concepto y clases. Disposiciones del ejecutivo con fuerza de ley: decretos leyes y decretos legislativos.

3. Reglamento: clases. Fundamento y límites de la potestad regulamentaria. Reglamentos ilegales: su impugnación. Reglamentos de los órganos constitucionales.

4. La relación jurídico-administrativa. Concepto. Sujetos de la relación jurídico-administrativa: las administraciones públicas. El administrado. Situaciones jurídicas de los administrados.

5. El principio de legalidad de la Administración: su construcción técnica. Las potestades administrativas: concepto. La atribución de potestades. Potestades regladas y potestades discrecionales. EL control de la discrecionalidad: en especial el control del fin y la desviación de poder. El principio de autotutela.

6. El acto administrativo: concepto y clases. Elementos del acto administrativo: sujeto, objeto, causa, fin y forma.

7. La eficacia del acto administrativo: principios generales. Ejecutividad y suspensión. Procedimientos de ejecución. Nulidad de pleno derecho. Anulabilidades. Revocación y revisión de oficio.

8. El procedimiento administrativo: concepto y naturaleza. La ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común: ámbito de aplicación. Principios informadores.

9. Fases del procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Especial referencia al silencio administrativo. Las reclamaciones previas al ejercicio de las acciones civiles y laborales.

10. Los recursos administrativos: concepto y clases. Requisitos generales. Materia impugnable, legitimación y órgano competente. Recurso de alzada, de reposición y de revisión.

11. Los derechos de los ciudadanos en la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

12. La jurisdicción contencioso-administrativa: concepto y naturaleza. Capacidad procesual, legitimación, representación y defensa. Actos impugnables. El recurso contencioso-administrativo: procedimiento general.

13. Recursos de súplica, apelación, casación y revisión. Ejecución de sentencias. Los procesos especiales: clases; especial referencia a los procesos en materia electoral y para la protección de los derechos fundamentales.

14. La potestad sancionadora de la Administración. Procedimiento sancionador. Principios generales. Sanciones administrativas y medidas sancionadoras.

15. Ley de contratos de las administraciones públicas (I): ámbito de aplicación. Clases de contratos que puede celebrar la Administración pública. Junta consultiva de contratación administrativa. Requisitos de los contratos. Órganos de contratación. Objeto de los contratos. Precio. Capacidad del contratista. Garantias.

16. Ley de contratos de las administraciones públicas (II): las fuentes de los contratos. Perfección y formalización de los contratos. Invalidez. Prerrogativas de la Administración. Nulidad y anulabilidad. Actuaciones administrativas preparatorias, ejecución, modificación y resolución de contratos.

17. Ley de contratos de las administraciones públicas (III): contrato de obras y contrato de suministro.

18. Ley de contratos de las administraciones públicas (IV): contrato de gestión de servicios públicos. Contrato de asistencia y contratos de servicios.

19. La responsabilidad patrimonial de la Administración. Características de la institución en el sistema español. Lesión determinante, sujetos imputables y causas de imputación. La extensión de la reparación. La acción de responsabilidad.

20. Las propiedades administrativas en general. Clases. Los bienes patrimoniales de la Administración. El dominio público: concepto, naturaleza jurídica y elementos. Régimen jurídico del dominio público.

21. La expropiación forzosa. Potestad expropiatoria. Naturaleza y justificación. Sujetos, objecto y causa. Contenido. El procedimiento expropiatorio en general. Garantías jurisdicionales.

III. Recursos humanos y gestión universitaria.

1. Función pública y burocracia. La relación de servicio entre la Administración y los empleados públicos: régimen estatutario y derecho laboral. La reforma de la función pública española de 1984, modificaciones sucesivas. Estructura de la función pública española. Órganos superiores de la función pública española.

2. Función pública del Estado y autonómica, con especial referencia al personal funcionario de administración y servicios de la Universidad de A Coruña: selección de sus funcionarios. Adquisición de la condición de funcionario. Formación y perfeccionamento. La carrera administrativa. Provisión de puestos de trabajo y promoción profesional. Planes de empleo. Situaciones administrativas.

3. Situaciones administrativas. Función pública del Estado y comunidades autónomas. Deberes y incompatibilidades de los funcionarios públicos.

4. Los derechos de los funcionarios públicos. Los derechos económicos. Los derechos de sindicación, representación y huelga.

5. La responsabilidad de los funcionarios públicos y de los agentes de la administración. Régimen disciplinario de los funcionarios públicos. Responsabilidad penal y patrimonial.

6. La Seguridad Social. Régimen general. Afiliación y cotización. Acción protectora: contingencias y prestaciones. Regimenes especiales.

7. La prevención de riesgos laborales: conceptos básicos, principios de acción preventiva. Derechos y obligaciones de los trabajadores. Órganos de prevención. Conceptos básicos sobre seguridad, higiene, ergonomía y vigilancia de la salud. Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

8. Estatuto de los trabajadores. Principios generales, estructura y contenido.

9. La Ley orgánica de libertad sindical.

10. Los convenios colectivos: concepto, naturaleza, régimen jurídico. Partes. Procedimiento. Contenido.

11. EL contrato de trabajo. Concepto. Naturaleza. Sujetos. Forma. Contenido y régimen jurídico. Estructura.

12. Los conflictos colectivos. Concepto, tipos y procedimiento de solución. Regulación.

13. Personal laboral al servicio de la Administración pública. Régimen jurídico. Modalidad de contratos. El convenio colectivo del personal laboral de administración y servicios de la Universidad de A Coruña

14. Profesorado universitario (1): clases y régimen jurídico. Selección. Derechos y deberes.

15. Profesorado universitario (2): régimen de incompatibilidades. Retribuciones. Dedicación.

16. La ordenación del Sistema Universitario de Galicia. Procedimiento para la creación y reconocimiento de universidades, centros universitarios y autorización de estudios en la Comunidad Autónoma de Galicia

17. La Ley orgánica de universidades. La autonomía universitaria. Principios y líneas básicas del sistema educativo universitario.

18. Las universidades. Su naturaleza jurídica. Elaboración y aprobación de los estatutos de las universidades públicas. Posición y valor en el ordenamiento jurídico.

19.La Ley de los consejos sociales del Sistema Universitario de Galicia. La Ley del Consejo Gallego de universidades.

20. Estatutos de la Universidad de A Coruña: estructura y gobierno de la universidad.

21. Estatutos de la Universidad de A Coruña: la docencia, el estudio y la investigación.

22. El acceso a la universidad. Pruebas de aptitud. Régimen general. Acceso para mayores de veinticinco años. Otros regímenes de acceso.

23. Procedimientos para el ingreso en la universidad. Régimen de permanencia. Simultaneidad de estudios. Las adaptaciones. Traslados de expedientes. Convalidación de estudios españoles y extranjeros.

24. Procedimientos de matrícula. Los precios públicos y sus exenciones y bonificaciones.

25. Becas y ayudas al estudio. Régimen general. Ayudas al estudio en la Universidad de A Coruña. Otras becas.

26.La organización de los estudios universitarios. Los planes de estudios de las titulaciones de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional. Los estudios de 1º y 2º ciclos. Las directrices generales comúnes. Las directrices generales propias.

27. Los titulos universitarios. Obtención, expedición, homologación. Especial referencia al procedimento de expedición de títulos en la Universidad de A Coruña.

28. Normas reguladoras de los estudios de tercer ciclo y Reglamento de estudios de doctorado en la Universidad de A Coruña.

29. Normativa de estudios propios de primer ciclo y segundo ciclo en la Universidad de A Coruña.

30. Reglamento de estudios de posgrado en la Universidad de A Coruña.

31. La contratación de trabajos de carácter científico, técnico o artístico y el desarrollo de cursos de especialización en la Universidad de A Coruña.

32. La acción de las universidades en el extranjero. Los convenios de cooperación académica, científica y cultural. Los programas de intercambio.

33. Alumnos de programas de movilidad. Gestión de matrículas y expedientes. Especial referencia a los programas Erasmus y Sócrates.

34. La investigación en las universidades. Normativa y ordenación institucional. Fuentes de financiación y proyectos de investigación. Los programas de formación de investigadores.

IV. Gestión financiera.

1. Los presupuestos del sector público. Significado político y económico. El déficit público: su financiamiento y efectos económicos.

2. El presupuesto. Concepto clásico y evolución de las funciones del presupuesto. Principios presupuestarios. Crisis del presupuesto clásico y nuevas técnicas presupuestarias, especial referencia al presupuesto por programas.

3. Aspectos básicos de la gestión de los presupuestos generales del Estado: presupuesto de gastos. Nivel de vinculación de créditos presupuestarios. Gastos de proyección plurianual. Proyectos de inversiones vinculantes y no vinculantes. Objetivos de los programas de gastos e indicadores para su seguimiento.

4. La Ley general presupuestaria: características y estructura, la Ley anual de presupuestos. Presupuestos generales del Estado: su estructura.

5. El presupuesto de la Comunidad Autónoma de Galicia. Su estructura. La hacienda de la Comunidad Autónoma de Galicia. La elaboración anual del presupuesto.

6. Decreto legislativo 1/1999, de 7 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia. La Hacienda de la comunidad. Los presupuestos de la comunidad autónoma. Control presupuestario: el Consejo de Cuentas

7. Los ingresos públicos: concepto y clases. Efectos económicos. Impuestos y precios públicos.

8. El gasto público: concepto, naturaleza y clases. La incidencia del gasto público.

9. Modificaciones presupuestarias: créditos extraordinarios y suplementos de crédito. Transferencias. Otras modificaciones presupuestarias.

10. El procedimiento común de ejecución del gasto público: autorización, compromiso de gasto. Reconocimiento de la obligación. Propuesta de pago.

11. Procedimiento de pago. El pago directo por el Tesoro público. Pagos a través de habilitados: anticipos de caja fija y pagos que a justificar.

12. Gestión de los gastos de personal: retribuciones de los empleados públicos. Devengo y liquidación. Los gastos de clases pasivas.

13. Gestión de los gastos contractuales: tipos de contratos, autorización y compromiso de gastos contractuales. Reconocimiento de la obligación y pago. Control de los gastos contractuales.

14. Gestión de los gastos de transferencias. Las subvenciones: procedimiento de la concesión. El reconocimiento de la obligación y pago de las subvenciones: reintegro y control.

15. El control de la actividad económico-financiera del sector público. El control presupuestario: concepto, naturaleza y ámbito de aplicación. Control interno y externo. La intervención general. El Tribunal de Cuentas. Control de la legalidad y control de la eficiencia.

16. La contabilidad pública: contenido, naturaleza y ámbito de aplicación. El Plan General de la Contabilidad Pública. La Cuenta general del Estado.

17. Liquidación del presupuesto y rendición de cuentas.

18. Régimen económico y financiero de la Universidad de A Coruña.

19. El patrimonio universitario. Titularidad, administración y disposición: la gestión patrimonial.

ANEXO III

Tribunal calificador

Titulares:

Presidente: Eliseo Alfonso Barca Lozano. Rector en funciones de la Universidad de A Coruña.

Vocales:

Víctor Manuel Cabrera Sánchez. Gerente de la Universidad de A Coruñan.

José Vicente Echevarría González. Jefe del servicio de PAS.

2 representantes de la Junta de Personal de Administración y Servicios.

Secretario: Jesús Fernández Jiménez. Jefe del Servicio de Contratación y Administración.

Suplentes:

Presidente: Manuel González Sarceda. Vicerrector de Estudiantes.

Vocales:

Gonzalo Barrio García. Letrado-asesor.

Juan Ramón Rego Álvarez de Mon. Jefe del Servicio de PDI.

2 representantes de la Junta de Personal de Administración y Servicios.

Secretario: José Luis Mínguez-Goyanes de la Rica, director del Centro de Documentación y Archivo.

ANEXO IV

NOTA: úsese el publicado en la página 15.937.