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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 248 Martes, 23 de diciembre de 2003 Pág. 15.942

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

UNIVERSIDAD DE A CORUÑA

RESOLUCIÓN de 24 de noviembre de 2003 por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la escala de gestión de esta universidad por el sistema de promoción interna.

Existiendo plazas de adscripción indistinta a los grupos B y C de la escala de gestión y de la escala administrativa de funcionarios de la Universidad de A Coruña, ocupadas por funcionarios del grupo C, con el fin de posibilitar la promoción de personal aún manteniendo los propios puestos de trabajo, de acuerdo con el artículo 22 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función pública, el Real decreto 364/1995, de 10 de marzo, y de conformidad con el dispuesto en los estatutos de esta universidad, aprobados por el decreto de la Xunta de Galicia 253/1992, de 10 de septiembre (DOG del 17 de septiembre), y modificados por el Decreto de la Xunta de Galicia 245/1998, de 30 de julio (DOG del 28 de agosto),

Este rectorado, en el uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20 de la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades (BOE del 24 de diciembre), así como en los estatutos de esta universidad, resuelve convocar pruebas selectivas para ingreso en la escala de gestión de la Universidad de A Coruña por el sistema de promoción interna, con arreglo a las siguientes bases:

Bases de la convocatoria

1. Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 24 plazas de la escala de gestión de la Universidad de A Coruña por el turno de promoción interna, por el sistema de concurso-oposición.

1.2. La presente convocatoria no generará plazas vacantes en el cuerpo o escala administrativa del que procedan los aspirantes.

1.3. A la realización de estas pruebas selectivas les será de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; el

Real decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que si aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración general del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración general del Estado; la Ley 4/1988, de 26 de mayo, de la función pública de Galicia, modificada por las leyes 4/1991, de 8 de marzo, y 3/1995, de 10 de abril; el Decreto 93/1991, de 20 de marzo; los estatutos de la Universidad de A Coruña y las bases de esta convocatoria.

1.4. El proceso selectivo constará de dos fases, concurso y oposición, con las pruebas y puntuaciones que se especifican en el anexo I

1.5. El programa que regirá para la fase de oposición es el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1. Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir y mantener los siguientes requisitos:

a) Ser funcionario de carrera de cualquier cuerpo o escala del grupo C, en servicio activo, y con destino definitivo o en adscripción provisional en una plaza de la relación de puestos de trabajo de esta universidad y poseer una antigüedad de, al menos, dos años en el cuerpo ó escala del grupo C al que pertenezcan. Asimismo, podrán participar en esta convocatoria, con los mismos requisitos de titulación y antigüedad exigida a los funcionarios de la escala administrativa, el personal laboral fijo a extinguir de esta universidad perteneciente a la categoría laboral de administrativo.

b) Estar en posesión de la titulación de diplomado, arquitecto técnico, ingeniero técnico o equivalente, o estar en condiciones de obtenerla en la fecha en la que finalice el plazo de presentación de las solicitudes.

2.2. Todos los requisitos deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de las solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo.

3. Solicitudes.

3.1. Los que deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán solicitarlo en la instancia según modelo que figura como anexo IV de esta convocatoria.

3.2. Las solicitudes se dirigirán al rector de la Universidad de A Coruña en el plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el DOG.

La presentación de las solicitudes se hará en el registro general de la Universidad de A Coruña (Edificio del Rectorado, calle de la Maestranza, s/n, CP 15001), en Ferrol (Doctor Vázquez Cabrera, s/n, CP 15403), o en las restantes formas previstas en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE del 27 de noviembre).

3.3. La gerencia expedirá, de oficio, certificación que acreditará: la antigüedad reconocida referida a la fecha de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, el grado personal consolidado, el nivel de complemento de destino del puesto que se desempeñe con carácter definitivo en la referida fecha y los cursos de formación recibidos o impartidos que figuren en el expediente personal. La citada certificación se añadirá a la solicitud presentada por el aspirante.

3.4. Los aspirantes que padezcan alguna discapacidad, podrán indicarlo en el recuadro número 14 de la solicitud y solicitar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en los que esta adaptación sea necesaria, expresándolo en el recuadro número 15.

3.5. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hagan constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente solicitar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en la base 3.2. para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza, excepto causa excepcional sobrevenida, justificada y discrecionalmente apreciada por el tribunal.

4. Listas de admitidos y excluidos.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, en el plazo de un mes, el rector de la universidad dictará resolución en la que declarará aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, que serán hechas públicas en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad y en el Vicerrectorado del Campus de Ferrol, con mención expresa del nombre, apellidos y documento nacional de identidad y, en su caso, las causas de exclusión.

Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir de la publicación de la referida resolución, para corregir el defecto que motivase la exclusión. Transcurrido dicho plazo el rector dictará resolución en la que declarará aprobada la lista definitiva de admitidos y excluidos, que será publicada en los tablones de anuncios del Rectorado y Vicerrectorado de Ferrol, contra la que los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses ó recurso potestativo de reposición ante el rector en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución.

4.2. El hecho de figurar en la lista de admitidos no prejuzga que se les reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos, que tendrán que acreditarse en su momento, de acuerdo con lo previsto en la base 8 de esta convocatoria.

5. Tribunal calificador.

5.1. El tribunal calificador es el que figura como anexo III de la presente convocatoria.

El tribunal en su constitución, composición y funcionamiento observará lo dispuesto en el artículo 13 del R.D. 364/1995 y en la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE del 27 de noviembre).

5.2. El tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas en el número que considere necesario.

5.3. EL tribunal tendrá la categoría 2ª de las recogidas en el Decreto 144/2001, de 7 de junio (Diario Oficial de Galicia, del 25 de junio).

5.4. Para los efectos de comunicaciones y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de A Coruña.

6. Calendario de las pruebas.

6.1. El lugar y la fecha del primer ejercicio será hecho público en la resolución que apruebe las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos.

6.2. La publicación de los sucesivos anuncios de realización de los restantes ejercicios será efectuada por el tribunal en los locales donde se efectuase el primero, así como en la sede del tribunal, y por cualquier otro medio que se juzgue conveniente para facilitar su máxima divulgación, con veinticuatro horas, por lo menos, de antelación a la señalada para su inicialización.

6.3. El orden de actuación de los aspirantes será la que determine, con carácter general, la Dirección General de la Función Pública de la Comunidad Autónoma para el año en que si realicen las pruebas.

7. Listas de aprobados.

7.1. Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el tribunal calificador hará pública en el Rectorado de la Coruña, en el Vicerrectorado del Campus de Ferrol, y en el lugar o lugares de realización de éste, así como en aquellos otros que estime oportuno, la relación de los aspirantes que lo superasen, con indicación de la puntuación obtenida en cada una de las pruebas.

7.2. El tribunal hará pública la valoración de los méritos de la fase de concurso una vez realizado el último ejercicio de la fase de oposición.

7.3. La calificación final se realizará de acuerdo con lo previsto en el anexo I de la presente convocatoria.

7.4. El tribunal hará publica la relación de los aspirantes que superaron las pruebas selectivas, constituida por aquellos aspirantes que, en número no superior al de las plazas convocadas, obtuviesen la mayor puntuación en ellas.

7.5. Finalizado el proceso selectivo el tribunal remitirá al rector la relación de aspirantes aprobados por orden de puntuación, en la que constarán las calificaciones obtenidas en los ejercicios de la oposición y en la fase de concurso.

8. Presentación de documentos.

En el plazo de 20 días naturales contados a partir del día siguiente a aquél en que se hiciese pública la relación definitiva de aprobados en las pruebas

selectivas, éstos deberán presentar en el Servicio de Personal de Administración y Servicios (calle de la Maestranza, s/n) los siguientes documentos:

a) Certificado de gerencia que acredite el cumplimiento de las condiciones exigidas en la letra a) del punto 2.1 de esta convocatoria.

b) Fotocopia compulsada del título exigido para acceder a las pruebas.

9. Nombramiento de funcionarios y toma de posesión.

9.1. Cumplidos debidamente por los aspirantes que superaron las pruebas selectivas los trámites de presentación de documentos serán nombrados funcionarios de la escala de gestión, mediante resolución del rector que se publicará en el Diario Oficial de Galicia.

9.2. Dadas las peculiaridades de este proceso de promoción interna, se excluye en él la adjudicación de destino de acuerdo con la orden de puntuación obtenida en el proceso selectivo, adscribiéndose los aspirantes al mismo puesto que vengan desempeñando como titulares. La adjudicación tendrá carácter definitivo si el puesto de trabajo se encontrase adscrito en la vigente relación de puestos a la escala a la que aspiran, y de carácter provisional en el caso de que no este incluido en la relación de puestos en esa escala. En este último supuesto el destino se consolidará como definitivo en el caso de que en la próxima relación de puestos la plaza figure adscripta a la escala a la que accedió el funcionario.

9.3. Aquellos funcionarios que, en virtud de lo dispuesto en el párrafo anterior, accedan a la escala superior con carácter provisional, y mientras permanezcan en la situación, percibirán el complemento de destino correspondiente al puesto base de la escala a la que accedan, salvo que el puesto que desempeñen tenga asignado un nivel superior. El complemento específico será el correspondiente al puesto de trabajo realmente desempeñado.

9.4. La toma de posesión de los aspirantes aprobados se efectuará en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación de su nombramiento en el DOG.

10. Norma final.

La presente convocatoria, sus bases, y cuantos actos administrativos se deriven de ella, podrán ser impugnados ante la jurisdicción del contencioso-administrativo en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE del 27 de noviembre).

Asimismo, los interesados podrán interponer recurso de alzada contra los actos del tribunal calificador de las pruebas ante el rector de la Universidad de la Coruña, en los termos previstos en el artículo 114 y concordantes de la mencionada ley.

A Coruña, 24 de noviembre de 2003.

(Resolución 26-9-2003)

Eliseo Alfonso Barca Lozano

Rector de la Universidad de A Coruña en funciones

ANEXO I

Procedimiento de selección

El procedimiento de selección será el de concurso-oposición, que consta de las siguientes fases:

1. Fase de oposición, que constará de los siguientes ejercicios selectivos y eliminatorios:

Primer ejercicio: de carácter eliminatorio. Consistirá en contestar un cuestionario de 125 preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta, basado en el contenido completo del programa que figura como anexo a esta convocatoria. Todas las preguntas tendrán la misma puntuación y no puntuarán negativamente ls respuestas erróneas. El tiempo máximo de realización de este ejercicio será 120 minutos. La puntuación será de 0 a 50 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 25.

Segundo ejercicio: de carácter eliminatorio. Consistirá en resolver 2 supuestos prácticos, a elegir de entre cuatro propuestos por el tribunal, de las siguientes materias: derecho administrativo, recursos humanos, gestión universitaria y gestión financiera. El tiempo máximo de realización de este ejercicio será de 2 horas.

La puntuación será de 0 a 50 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 25.

2. Fase de concurso.

Se valorarán los siguientes méritos:

a) Antigüedad:

La antigüedad en la Administración pública referida a la del día de término del plazo de presentación de solicitudes, se valorará hasta un máximo de 16 puntos, a razón de:

-1 puntos por año (0,08 por mes completo) de servicios prestados como funcionario de carrera o funcionario interino del grupo C o contratado laboral en puestos de Administración reservados a funcionarios del grupo C.

-0,5 puntos por año (0,04 por mes completo) por los restantes servicios efectivos reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre.

No se computarán los servicios que se prestasen simultáneamente con otros igualmente alegados.

b) Grado personal consolidado, según el grado personal que se tenga consolidado y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente el día de término del plazo de presentación de solicitudes, se otorgará la siguiente puntuación:

GradoPuntos

256

245

224

203

182

16 o inferior1

c) Nivel de complemento de destino, correspondiente al puesto de destino definitivo que tenga adjudicado a/o funcionaria/o el día de término del plazo de presentación de solicitudes. Se calificará de la siguiente manera:

NivelPuntos

2511

229

207

185

163

d) Cursos: se valorará hasta un máximo de 6 puntos, los cursos directamente relacionados con las funciones propias de los cuerpos y escalas del grupo C, de acuerdo con los siguientes criterios:

-Máximo: 4,5 puntos, la razón de 0,02 puntos/hora los cursos con certificado de aptitud y 0,01 puntos/hora los cursos de asistencia.

Cuando en el certificado no conste el número de horas, se considerará que la duración del curso es de 10 horas.

* Cursos de lengua gallega.

-Curso de iniciación de la lengua gallega: 0,5 puntos.

-Curso de perfeccionamiento de la lengua gallega: 1 punto.

-Curso de lenguaje administrativa: 1,5 puntos.

En el caso de poseer más de un curso de lengua gallega solo puntuará el de nivel superior.

Puntuación del proceso selectivo.

La puntuación de la fase de oposición estará determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los distintos ejercicios. La puntuación del proceso selectivo estará determinada por la suma de la fase de oposición y los méritos de la fase de concurso, siempre que los aspirantes tuviesen superada la fase de oposición.

En el caso de empate tendrá preferencia atendiendo a la puntuación obtenida en el primer ejercicio y, de persistir éste, la del candidato que tuviese mayor antigüedad en el cuerpo o escala a la que pertenezca en la fecha de término del plazo de presentación de solicitudes.

ANEXO II

Programa de las pruebas

I. Derecho comunitario, constitucional y autonómico.

1. Procedimiento de elaboración y aprobación de las leyes. Órganos de control de la Administración: el Tribunal de Cuentas y el Defensor del Pueblo. La Administración consultiva: el Consejo del Estado.

2. Estatuto de autonomía de Galicia: estructura y contenido. El gobierno de la Comunidad Autónoma. La Xunta de Galicia y su presidente.

3. Las comunidades europeas: objetivos y naturaleza jurídica. La adhesión de España a las comunidades.

El Tratado de la Unión Europea: efectos de la unión política y económica.

4. Las instituciones de las comunidades. El Consejo de Ministros. La Comisión: especial referencia a su estructura. El Parlamento Europeo. El Tribunal de Justicia. El Consejo Europeo.

5. Las fuentes del derecho comunitario. Derecho originario, derecho derivado: reglamentos, directivas y decisiones. Las relaciones entre el derecho comunitario y el ordenamiento jurídico español.

6. La dimensión europea de la enseñanza superior. La Declaración de Bolonia. Programas de movilidad.

II. Derecho administrativo.

1. La ley: concepto y clases. Disposiciones del ejecutivo con fuerza de ley: decretos leyes y decretos legislativos.

2. El reglamento: clases. Fundamento y límites de la potestad reglamentaria. Reglamentos ilegales: su impugnación. Reglamentos de los órganos constitucionales.

3. El acto administrativo: concepto y clases. Elementos del acto administrativo: sujeto, objeto, causa, fin y forma.

4. La eficacia del acto administrativo: principios generales. Ejecutividad y suspensión. Procedimientos de ejecución. Nulidad de pleno derecho. anulabilidades. Revocación y revisión de oficio.

5. Procedimiento administrativo: concepto y naturaleza. La Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común: ámbito de aplicación. Principios informadores.

6. Fases de procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Especial referencia al silencio administrativo. Las reclamaciones previas al ejercicio de las acciones civiles y laborales.

7. Los recursos administrativos: concepto y clases. Requisitos generales. Materia impugnable, legitimación y órgano competente. Recurso de alzada, de reposición y de revisión.

8. Los derechos de los ciudadanos en la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

9. La jurisdicción contencioso-administrativa: concepto y naturaleza. Capacidad procesal, legitimación, representación y defensa. Actos impugnables. El recurso contencioso-administrativo: procedimiento general.

10. Recursos de súplica, apelación, casación y revisión. Ejecución de sentencias. Los procesos especiales: clases; especial referencia a los procesos en materia electoral y para la protección de los derechos fundamentales.

11. La potestad sancionadora de la Administración. Procedimiento sancionador. Principios generales. Sanciones administrativas y medidas sancionadoras.

12. Los contratos administrativos: naturaleza, caracteres y clases. Elementos: sujetos, objeto, causa y forma. Formas de adjudicación de los contratos.

13. Contenido y efectos de los contratos administrativos: prerrogativas de la Administración y equilibrio financiero. Cumplimiento de los contratos administrativos. Riesgo y ventura y fuerza mayor en la contratación administrativa. Revisión de precios. Resolución, rescisión y renuncia.

III. Recursos humanos.

1. Función pública del Estado y autonómica, con especial referencia al personal funcionario de administración y servicios de la Universidad de A Coruña.

2. La carrera administrativa. Provisión de puestos de trabajo y promoción profesional. Planes de empleo. Situaciones administrativas.

3. Selección de los funcionarios de la Universidad de A Coruña. Adquisición de la condición de funcionario. Formación y perfeccionamiento.

4. Función pública del Estado y comunidades autónomas. Deberes e incompatibilidades de los funcionarios públicos.

5. Los derechos de los funcionarios públicos. Los derechos económicos. Los derechos de sindicalización, representación y huelga.

6. La responsabilidad de los funcionarios públicos y de los agentes de la administración. Régimen disciplinario de los funcionarios públicos. Responsabilidad penal y patrimonial.

7. La Seguridad Social. Régimen general. Afiliación y cotización. Acción protectora: contingencias y prestaciones. Regímenes especiales.

8. La prevención de riesgos laborales: concepto básico, principios de acción preventiva. Derechos y obligaciones de los trabajadores. Órganos de prevención. Conceptos básicos sobre seguridad. Higiene, ergonomía y vigilancia de la salud. Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

9. Estatuto de los trabajadores. Principios generales, estructura y contenido.

10. La Ley orgánica de libertad sindical.

11. Los convenios colectivos: concepto, naturaleza, régimen jurídico. Partes. Procedimiento. Contenido.

12. El contrato de trabajo. Concepto. Naturaleza. Sujetos. Forma. Contenido y régimen jurídico. Estructura.

13. Personal laboral al servicio de la Administración pública. Régimen jurídico. Modalidad de contratos. El convenio colectivo del personal laboral de administración y servicios de la Universidad de A Coruña.

14. Profesorado universitario (I): clases y régimen jurídico. Selección. Derechos y deberes.

15. Profesorado universitario (II): régimen de incompatibilidades. Retribuciones. Dedicación.

IV. Gestión universitaria.

1. La Ley orgánica de universidades. La autonomía universitaria. Principios y líneas básicas del sistema educativo universitario.

2. Estatutos de la Universidad de A Coruña: estructura y gobierno de la universidad.

3. Estatutos de la Universidad de A Coruña: la docencia, el estudio y la investigación.

4. Procedimiento para el ingreso en los centros de la Universidad de A Coruña. Matrícula. Simultaneidad de estudios. Régimen de permanencia. Traslados de expedientes. Convalidación de estudios españoles y extranjeros: procedimiento.

5. Estructura de los estudios universitarios: de primer ciclo. De primero y segundo ciclo.

6. Planes de estudios: directrices generales comunes a los planes de estudios de las titulaciones de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional. Obtención, expedición y homologación de los títulos universitarios.

7. Becas y ayudas al estudio: clases. Requisitos de carácter económico y académico. Procedimiento. Otras ayudas.

8. Normas reguladoras de los estudios de tercer ciclo y Reglamento de estudios de doctorado en la Universidad de A Coruña.

9. Normativa de estudios propios de primer ciclo y segundo ciclo en la Universidad de A Coruña.

10. Reglamento de estudios de postgrado en la Universidad de A Coruña.

V. Gestión financiera.

1. Aspectos básicos de la gestión de los presupuestos generales del Estado: presupuesto de gastos. Nivel de vinculación de créditos presupuestarios. Gastos de proyección plurianual. Proyectos de inversiones vinculantes y no vinculantes. Objetivos de los programas de gastos e indicadores para su seguimiento.

2. Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Galicia. Su estructura. La Hacienda de la Comunidad Autónoma de Galicia. La elaboración anual del presupuesto.

3. Decreto legislativo 1/1999, de 7 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia. La Hacienda de la comunidad. Los presupuestos de la comunidad autónoma. Control presupuestario: el Consejo de Cuentas.

4. Los ingresos públicos: concepto y clases. Efectos económicos. Tasas y precios públicos.

5. El gasto público: concepto, naturaleza y clases. La incidencia del gasto público.

6. Modificaciones presupuestarias: créditos extraordinarios y suplementos de crédito. Transferencias. Otras modificaciones presupuestarias.

7. Procedimiento común de ejecución del gasto público: autorización, compromiso de gasto. Reconocimiento de la obligación. Propuesta de pago.

8. Procedimiento de pago. El pago directo por el Tesoro público. Pagos a través de habilitados: anticipos de caja fija y pagos a justificar.

9. Gestión de los gastos de personal: retribuciones de los empleados públicos. Devengo y liquidación. Los gastos de clases pasivas.

10. Gestión de los gastos contractuales: tipos de contratos, autorización y compromiso de gastos contractuales. Reconocimiento de la obligación y pago. Control de los gastos contractuales.

11. Gestión de los gastos de transferencias. Las subvenciones: procedimiento de la concesión. El reconocimiento de la obligación y pago de las subvenciones: reintegro y control.

12. EL control de la actividad económica-financiera del sector público. EL control presupuestario: concepto, naturaleza y ámbito de aplicación. Control interno y externo. La intervención general. El Tribunal de Cuentas. Control de la legalidad y control de la eficiencia.

13. La contabilidad pública: contenido, naturaleza y ámbito de aplicación. El Plan General de la Contabilidad Pública. La Cuenta general del Estado.

14. Liquidación del presupuesto y rendición de cuentas.

15. Régimen económico y financiero de la Universidad de A Coruña.

16. El patrimonio universitario. Titularidad, administración y disposición: la gestión patrimonial.

ANEXO III

Tribunal calificador

Titulares:

Presidente: Eliseo Alfonso Barca Lozano. Rector en funciones de la Universidad de A Coruña.

Vocales:

Víctor Manuel Cabrera Sánchez. Gerente de la Universidad de A Coruña

Gonzalo Barrio García. Letrado-asesor.

2 representantes de la Junta de Personal de Administración y Servicios

Secretario: Juan Ramón Rego Álvarez De Mon. Jefe del Servicio de PDI.

Suplentes:

Presidente: Manuel González Sarceda. Vicerrector de Estudiantes.

Vocales:

José Vicente Echevarría González. Jefe del Servicio de PAS.

Jesús Fernández Jiménez. Jefe del Servicio de Contratación y Administración.

2 representantes de la Junta de Personal de Administración y Servicios

Secretario: José Luis Mínguez-Goyanes de la Rica-director del Centro de Documentación y Archivos.

ANEXO IV

NOTA: úsese el publicado en la página 15.937.