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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 248 Martes, 23 de diciembre de 2003 Pág. 15.938

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

UNIVERSIDAD DE A CORUÑA

RESOLUCIÓN de 24 de noviembre de 2003 por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la escala administrativa de esta universidad por el sistema de promoción interna.

Existiendo plazas de adscrición indistinta a los grupos D y C de las escalas administrativa y de auxiliares administrativos de funcionarios de la Universidad de A Coruña, ocupadas por funcionarios del grupo D, con el fin de posibilitar la promoción de personal aún manteniendo los propios puestos de trabajo, de acuerdo con el artículo 22 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función pública, el Real decreto 364/1995, de 10 de marzo, y de conformidad con lo dispuesto en los estatutos de esta universidad, aprobados por el decreto de la Xunta de Galicia 253/1992, de 10 de septiembre (DOG del 17 de septiembre), y modificados por el decreto de la Xunta de Galicia 245/1998, de 30 de julio (DOG del 28 de agosto).

Este rectorado, en el uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20 de la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades (BOE del 24 de diciembre), así como en los estatutos de esta universidad, resuelve convocar pruebas selectivas para el ingreso en la escala administrativa de la Universidad de A Coruña por el sistema de promoción interna, con sujeción a las siguientes bases:

Bases de la convocatoria

1. Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 30 plazas de la escala administrativa de la Universidad de A Coruña por el turno de promoción interna, por el sistema de concurso-oposición.

1.2. La presente convocatoria no generará plazas vacantes en el cuerpo o escala auxiliar de la que procedan los aspirantes.

1.3. A la realización de estas pruebas selectivas les será de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; el Real decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración general del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración general del Estado; la Ley 4/1988, de 26 de mayo, de la función pública de Galicia, modificada por las leyes 4/1991, de 8 de marzo, y 3/1995, de 10 de abril; el Decreto 93/1991, de 20 de marzo; los estatutos de la Universidad de A Coruña y las bases de esta convocatoria.

1.4. El proceso selectivo constará de dos fases, concurso y oposición, con las pruebas y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

1.5. El programa que regirá para la fase de oposición es el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1. Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir y mantener los siguientes requisitos:

a) Ser funcionario de carrera de cualquier cuerpo o escala del grupo D, con destino definitivo o en adscripción provisional en la Universidad de A Coruña y poseer una antiguedad de, al menos, dos años en el mencionado cuerpo o escala.

b) Estar en posesión del título de bachiller superior o formación profesional de 2º grado o equivalente, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de las solicitudes. Asimismo, para efectos de la presente convocatoria, se considerarán equivalentes a la posesión de la titulación:

-Tener aprobadas las pruebas de acceso a la universidad para mayores de veinticinco años o estar en condiciones de obtener el certificado correspondiente en la fecha en la que termina el plazo de presentación de solicitudes.

-Tener una antigüedad de diez años en un cuerpo o escala del grupo D o tener una antigüedad de cinco años en un cuerpo o escala del grupo D y tener superado o superar el curso específico de formación que se convocará a tal efecto.

2.2. Todos los requisitos deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de las solicitudes y gozar de ellos durante el proceso selectivo, excepto el curso específico de formación, que en su caso, deberá acreditarse una vez finalizado el proceso selectivo.

3. Solicitudes.

3.1. Los que deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán solicitarlo en la instancia según modelo que figura como anexo IV de esta convocatoria.

3.2. Las solicitudes se dirigirán al rector de la Universidad de A Coruña en el plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el DOG.

La presentación de las solicitudes se hará en el registro general de la Universidad en A Coruña (Edificio del Rectorado, Calle de la Maestranza, s/n, CP 15001), en Ferrol (Doctor Vázquez Cabrera, s/n CP 15403), o en las restantes formas previstas en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE del 27 de noviembre).

3.3. La gerencia expedirá, de oficio, certificación que acreditará: la antigüedad reconocida referida a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, el grado personal consolidado, el nivel de complemento de destino del puesto que se desempeñe con carácter definitivo en la referida fecha y los cursos de formación recibidos o impartidos que figuren en el expediente personal. La citada certificación se añadirá a la solicitud presentada por el aspirante.

3.4. Los aspirantes que padezcan alguna discapacidad podrán indicarlo en el recuadro número 14 de la solicitud y solicitar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en los que esta adaptación sea necesaria, expresándolo en el recuadro número 15.

3.5. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hagan constar en sus solicitudes, podrán únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en la base 3.2. para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza, excepto causa excepcional sobrevenida, justificada y discrecionalmente apreciada por el tribunal.

4. Listas de admitidos y excluidos.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, en el plazo de un mes, el rector de la universidad dictará resolución en la que declarará aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, que serán hechas públicas en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad y en el Vicerrectorado del Campus de Ferrol, con mención expresa del nombre, apellidos, documento nacional de identidad y, en su caso, las causas de exclusión.

Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir de la publicación de la referida resolución, para corregir el defecto que motivase la exclusión. Transcurrido dicho plazo, el rector dictará resolución en la que declarará aprobada la lista definitiva de admitidos y excluidos, que será publicada en los tablones de anuncios del Rectorado y Vicerrectorado de Ferrol, contra la que los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses o recurso postestativo de reposición ante el rector en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución.

4.2. El hecho de figurar en la lista de admitidos no prejuzga que se les reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos, que tendrán que acreditarse en su momento, de acuerdo con lo previsto en la base 8 de esta convocatoria.

5. Tribunal calificador.

5.1. El tribunal calificador es el que figura como anexo III de la presente convocatoria.

El tribunal en su constitución, composición y funcionamento se atenderá a lo dispuesto en el artículo 13 de R.D. 364/1995 y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE del 27 de noviembre).

5.2. El tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas en el número que considere necesario.

5.3. El tribunal tendrá la categoría 2ª de las recogidas en el Decreto 144/2001, de 7 de junio (Diario Oficial de Galicia, del 25 de junio).

5.4. Para los efectos de comunicaciones y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en el rectorado de la Universidad de A Coruña.

6. Calendario de las pruebas.

6.1. El lugar y la fecha del primer ejercicio será hecho público en la resolución que apruebe las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos.

6.2. La publicación de los sucesivos anuncios de realización de los restantes ejercicios será efectuada por el tribunal en los locales donde se efectuase el primero, así como en la sede del tribunal, y por cualquier otro medio que se juzgue conveniente para facilitar su máxima divulgación, con veintecuatro horas, por al menos, de antelación a la señala para su iniciación.

6.3. La orden de actuación de los aspirantes será la que determine, con carácter general, la Dirección General de la Función Pública de la Comunidad Autónoma para el año en que se realicen las pruebas.

7. Listas de aprobados.

7.1. Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el tribunal calificador hará pública en el Rectorado de A Coruña, en el Vicerrectorado del Campus de Ferrol, y en el lugar o lugares de realización de éste, así como en aquellos otros que estime oportuno, la relación de los aspirantes que lo superasen, con indicación de la puntuación obtenida en cada una de las pruebas.

7.2. El tribunal hará pública la valoración de los méritos de la fase de concurso una vez realizado el último ejercicio de la fase de oposición.

7.3. La calificación final se realizará de acuerdo con lo previsto en el anexo I de la presente convocatoria.

7.4. El tribunal hará publica la relación de los aspirantes que superaron las pruebas selectivas, constituida por aquellos aspirantes que, en número no superior al de las plazas convocadas, obtuviesen la mayor puntuación en ellas.

7.5. Finalizado el proceso selectivo, el tribunal elevará al rector la relación de aspirantes aprobados por orden de puntuación, en la que constarán las calificaciónes obtenidas en los ejercicios de la oposición y en la fase de concurso.

8. Presentación de documentos.

En el plazo de 20 días naturales contados a partir del día siguiente a aquél en que se hiciese pública la relación definitiva de aprobados en las pruebas selectivas, estos deberán presentar en el Servicio de Personal de Administración y Servicios (calle de la Maestranza, s/n) los siguientes documentos:

a) Certificado de gerencia que acredite el cumplimiento de las condiciones exigidas en la letra a) del punto 2.1 de esta convocatoria.

b) Fotocopia compulsada del título exigido para acceder a las pruebas.

9. Nombramiento de funcionarios y toma de posesión.

9.1. Cumplidos debidamente por los aspirantes que superaron las pruebas selectivas los trámites de presentación de documentos, serán nombrados funcionarios de la escala administrativa, mediante resolución del rector que se publicará en el Diario Oficial de Galicia.

9.2. Dadas las peculiaridades de este proceso de promoción interna, se excluye en él la adjudicación de destino de acuerdo con la orden de puntuación obtenida en el proceso selectivo, adscribiéndose los aspirantes al mismo puesto que vengan desempeñando como titulares.

9.3. La toma de posesión de los aspirantes aprobados se efectuará en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación de su nombramiento en el DOG.

10. Norma final.

La presente convocatoria, sus bases, y cuantos actos administrativos se deriven de ella podrán ser impugnados ante la jurisdicción contencioso-administrativa en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE del 27 de noviembre).

Asimismo, los interesados podrán interponer recurso de alzada contra los actos del Tribunal calificador de las pruebas ante el rector de la Universidad de A Coruña, en los términos previstos en el artículo 114 y concordantes de la mencionada ley.

A Coruña, 24 de noviembre de 2003.

(Resolución 26-9-2003)

Eliseo Alfonso Barca Lozano

Rector de la Universidad de A Coruña en funciones

ANEXO I

Procedimiento de selección

El procedimiento de selección será el de concurso-oposición, que consta de las siguientes fases:

1. Fase de oposición, que constará de los siguientes ejercicios:

1.1. Primer ejercicio: de carácter eliminatorio. Prueba escrita constituida por 100 preguntas tipo test, relativas a todo el temario, con una sola respuesta verdadera. El tiempo de realización de este ejercicio será de dos horas.

Todas las preguntas tendrán la misma valoración, y no puntuarán negativamente las respuestas incorrectas.

La puntuación será de 0 a 70 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 35.

1.2. Prueba de gallego: no eliminatoria y de mérito. Consistirá en la traducción, sin diccionario, de un texto de castellano para el gallego, y de gallego para el castellano, eligido por sorteo entre tres propuestos por el tribunal.

El tiempo máximo de realización de este ejercicio será de 1 hora y se valorará de 0 a 5 puntos.

2. Fase de concurso.

Para los aspirantes que superen la fase de oposición, la valoración de méritos se hará de la siguiente forma:

2.1 Antigüedad: máximo 12,50 puntos.

Se valorará la antiguedad reconocida, referida a la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de la siguiente forma:

-Por cada año completo de servicios: 0,625 puntos.

-Por cada mes completo de servicios que reste: 0,052 puntos.

2.2 Grado personal consolidado y nivel de complemento de destino: hasta 12,50 puntos.

a) Grado consolidado según grado personal que se tenga consolidado y formalizado através del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, otorgadas a la siguiente puntuación:

GradoPuntos

206

185

16 o inferior4

b) Nivel de complemento de destino, correspondiente al puesto de destino definitivo que tenga adjudicado a/o funcionaria/o el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Se calificarán del siguiente modo:

NivelPuntos

206,5

185,5

16 o inferior4,5

2.3. Cursos de formación: máximo 5 puntos. Los cursos de formación puntuarán de la siguiente forma:

a) Cursos de formación recibidos (máximo 3,5 puntos):

Cursos de aptitude: 0,02 puntos/hora.

Cursos de asistencia: 0,01 puntos/hora.

En los cursos en los que no figure el número de horas, la puntuación se hará por el mínimo de 10 horas.

b) Cursos de lengua gallega.

Curso de iniciación de la lengua gallega: 0,5.

Curso de perfeccionamiento de la lengua gallega: 1 punto.

Curso de lenguaje administrativo: 1,5 puntos.

En el caso de poseer más de un curso de lengua gallega sólo puntuará el de nivel superior.

Puntuación del proceso selectivo.

La puntuación de la fase de oposición estará determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los distintos ejercicios. La puntuación del proceso

selectivo estará determinada por la suma de la fase de oposición, más los méritos de la fase de concurso, siempre que los aspirantes tuviesen superada la fase de oposición.

En caso de empate se dará preferencia atendiendo a la puntuación obtenida en el primer ejercicio y, de persistir éste, a favor del candidato que tuviese mayor antiguedad en el cuerpo o escala a la que pertenezca en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

ANEXO II

1. La Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común: concepto y ámbito de aplicación. Los órganos de las administraciones públicas: principios generales y competencias. Los órganos colegiados. Las actividades de las administraciónes públicas: derechos de los ciudadanos. El registro. La compulsa, el cotejo y la copia auténtica.

2. Los actos administrativos: concepto, clases y elementos. Eficacia y validez. La motivación, notificación y publicación. La revisión de los actos: anulación y revocación.

3. El procedimiento administrativo. Fases. Iniciación. Ordenación: tramitación, comunicación y notificación. Instrucción: informes, propuestas de resolución y audiencia del interesado. Terminación: formas. El silencio administrativo. Especial referencia al certificado acreditativo del silencio.

4. La revisión de los actos en vía administrativa. La revisión de oficio. Los recursos administrativos: principios generales. El recurso potestativo de reposición, recurso de alzada y recurso extraordinario de revisión. La jurisdicción contencioso-administrativa: actos impugnables. Reclamaciones previas a las vías judiciales civil y laboral. La responsabilidad de las administraciones públicas y del personal a el su servicio.

5. La Ley orgánica 6/2002. de Universidades. Autonomía de las universidades, régimen jurídico y estructura.

6. Los estatutos de la Universidad de A Coruña. Estructura y contenido.

7. El personal de administración y servicios de la Universidad de A Coruña. Selección. Personal funcionario: ingreso y provisión de puestos y promoción profesional. El persoal laboral: régimen jurídico.

8. El profesorado universitario: clases y régimen jurídico. Los cuerpos docentes universitarios: sistema de acceso. La contratación del profesorado universitario.

9. Las incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas. Situaciones administrativas.

10. Régimen retributivo del personal funcionario, docente y laboral. Conceptos retributivos. Reconocimiento de servicios previos. Cotizaciones correspon

dientes a la Seguridad Social: Régimen general. Derechos pasivos. Muface.

11. Las condiciones de trabajo del personal de la Administración pública: jornada y horario de trabajo; vacaciones, permisos y licencias. Las juntas de personal y el comité de empresa.

12. El presupuesto. Características y estructura. Créditos presupuestarios. Las principales modificaciones presupuestarias. Incorporaciones de crédito. Créditos extraordinarios. Suplementos de crédito. anticipos de tesorería. Ampliaciones de crédito. Transferencias de crédito. Generaciones de crédito.

13. Ordenación del gasto y ordenación del pago. Órganos competentes. Fases del procedimiento y documentos contables. Compromísos de gasto para ejercicios posteriores.

14. El procedimiento de ejecución de los gastos. Pagos: concepto y clasificación. Pago por obligaciones presupuestarias. Pagos en firme y para justificar.

15. Régimen económico y financiero en los estatutos de la Universidad de A Coruña El patrimonio. Financiamiento y control del gasto. Especial referencia a los reglamentos de gestión presupuestaria y de contratación administrativa.

16. Los contratos administrativos: concepto y clases. El procedimiento de contratación. El cumplimiento o incumplimiento contractual. La revisión de precios y otras alteraciones contractuales. Sistemas de adjudicación de los contratos.

17. Procedimiento para el ingreso en los centros de la Universidad de A Coruña. Matrícula. simultaneidad de estudios. Régimen de permanencia. traslados de expedientes. Convalidación de estudios españoles y extranjeros: procedimiento.

18. Estructura de los estudios universitarios: de primer ciclo. De primer y segundo ciclo. Estudios de doctorado y postgrado.

19. Planes de estudios: directrices generales comúnes a los planes de estudios de las titulaciones de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional. Obtención, expedición y homologación de los títulos universitarios. Las titulaciones propias de la Universidad de A Coruña.

20. Becas y ayudas al estudio. Requisitos de carácter económico y académico. Procedimiento. Otras ayudas.

ANEXO III

Tribunal calificador

Titulares:

Presidente: Eliseo Alfonso Barca Lozano. Rector en funciones de la Universidad de A Coruña.

Vocales:

Marta Mª García Pérez. Secretaria general de la Universidad de A Coruña.

José Vicente Echevarría González. Jefe del Servicio de PAS.

2 representantes de la Junta de Personal de Administración y Servicios.

Secretario: Roberto Taibo Lago. Jefe de Sección de Extensión Universitaria.

Suplentes:

Presidente: Manuel González Sarceda. Vicerrector de Estudiantes.

Vocales:

Víctor Manuel Cabrera Sánchez. Gerente de la Universidad de A Coruña.

Gonzalo Barrio García. Letrado-asesor.

2 representantes de la Junta de Personal de Administración y Servicios.

Secretario: Daniel Miguélez Costa. Jefe de Sección de Selección y Gestión de PDI.

ANEXO IV

NOTA: úsese el publicado en la página 15.937.