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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 243 Martes, 16 de diciembre de 2003 Pág. 15.468

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

EDICTO de 10 de noviembre de 2003, de la Delegación Provincial de Ourense, por el que se notifica la resolución del expediente sancionador de residuos relacionado en el anexo y de referencia OU-029/03-RE, devuelto por el servicio de correos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedemiento administrativo común, se notifica a la persona que en el anexo se menciona la resolución del expediente sancionador por infracción a la Ley 10/1998, de 21 de abril, de residuos.

No obstante, de acuerdo con los arts. 107, 114 y 115 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, contra esta resolución que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Medio Ambiente en el plazo de un mes a contar desde el día seguinte al de la presente publicación.

El pago voluntario pondrá fin al expediente. El importe de la sanción que en cada caso corresponda, se hará efectiva empleando el impreso oficial que se facilitará en la Delegación Provincial de Ourense o en cualquier unidad administrativa perteneciente a la Xunta de Galicia en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día seguinte al que la presente resolución adquiera firmeza -la firmeza se producirá al no interponer recurso en el plazo indicado-. De

no hacerlo dentro del plazo señalado, se procederá a su cobro por la vía de apremio.

Ourense, 10 de noviembre de 2003.

Agustín Prado Verdeal

Delegado provincial de Ourense

ANEXO

Expediente: OU-029/03 RE.

Denunciado: Manuel Gómez Frol.

Última dirección conocida: Calle Barbantiño 10, bajo. Ourense.

Hecho probado: verter restos de rótulos luminosos en Plexiglás, en el margen izquierda del río Varón.

Precepto infringido e sancionador: art. 34.4º c) en relación con el art. 34.3º b) de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de residuos.

Cualificación de la infracción: leve.

Sanción: multa de 300,51 A, y la obligación de reponer las cosas a su estado anterior a la infracción.