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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 240 Jueves, 11 de diciembre de 2003 Pág. 15.196

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES INSTITUCIONALES Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 26 de noviembre de 2003 por la que se clasifica como benéfico docente la Fundación para el Desarrollo de las Tecnologías de la Información y de la Comunicación (TIC).

Visto el expediente de clasificación de la Fundación para el Desarrollo de las Tecnologías de la Información y de la Comunicación (TIC), con domicilio en Lugo.

Supuestos de hecho.

1. La fundación formuló solicitud de clasificación a efectos de su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La fundación fue constituída en escritura pública otorgada en Lugo el día cuatro de noviembre de dos mil tres, ante el notario Emilio Navarro Moreno, con número de protocolo mil quinientos cincuenta y tres, por Francisco Cacharro Pardo, que interviene en nombre y representación de la Diputación Provincial de Lugo.

3. Según consta en el artículo 2 de sus estatutos, el objeto de la fundación es fomentar, promover y llevar a cabo actividades dirigidas al fomento de la educación, la investigación y el desarrollo de las tecnologías de la información y de la comunicación, así como el impulso y consolidación de la denominada sociedad del conocimiento social y de la información, de manera que se contribuya a mejorar la formación relativa a estas tecnologías en la provincia de Lugo.

4. El patronato de la fundación estará integrado segun se establece en el artículo 11 de los estatutos.

5. La comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías eleva al conselleiro de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública propuesta de clasificación como benéfico docente de la Fundación para el Desarrollo de las Tecnologías de la Información y de la Comunicación (TIC), dado su objeto y finalidad, por lo que, viéndose cumplidos los requisitos exigidos en la Ley 7/1983, de 22 de junio, y en la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la ley anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, y según establece el artículo 32.1 y 2 del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, procede su clasificación como benéfico docente y su adscripción a la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria.

Fundamentos de derecho.

1. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general de acuerdo con la ley, y el artículo 27.26 del Estatuto de autonomía para Galicia le otorga competencia exclusiva sobre el régimen de las fundaciones de interés gallego.

2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.2.c) del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, corresponde a esta consellería la clasificación de la fundación y la adscripción a la consellería correspondiente, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

3. A la vista de lo que antecede, se pueden considerar cumplidas las finalidades tanto legales como reglamentarias establecidas para el caso, de acuerdo con la propuesta realizada por la Comisión de Secretarios Generales en su reunión del día 25 de noviembre de 2003.

Vista la Constitución española de 1978, el Estatuto de autonomía de Galicia (Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril); la Ley 7/1983, de 22 de junio, y la

Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, así como las demás normas de desarrollo y de general aplicación.

En su virtud,

DISPONGO:

Clasificar como benéfico docente la Fundación para el Desarrollo de las Tecnologías de la Información y de la Comunicación (TIC) adscribiéndola a la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

Santiago de Compostela, 26 de noviembre de 2003.

Jaime Pita Varela

Conselleiro de la Presidencia, Relaciones

Institucionales y Administración Pública