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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 229 Martes, 25 de noviembre de 2003 Pág. 14.518

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE POLÍTICA AGROALIMENTARIA Y DESARROLLO RURAL

ORDEN de 5 de noviembre de 2003 por la que se declara la alienabilidad de un predio de la Comunidad Autónoma de Galicia perteneciente al fondo de tierras de la zona de concentración parcelaria de Oroso-Gándara-Deixebre-Trasmonte, ayuntamiento de Oroso.

El artículo 31.3º de la Ley 12/2001, de 10 de septiembre, de modificación de la de concentración parcelaria para Galicia, señala que la consellería competente en materia de agricultura está autorizada a ejercer las funciones dominicales sobre el fondo de tierras según lo establecido en la legislación patrimonial, sin perjuicio del informe previo de la Consellería de Economía y Hacienda para los actos de disposición sobre bienes inmuebles.

Con fecha 10 de julio de 2002, el Ayuntamiento de Oroso solicitó la cesión gratuita en propiedad del predio nº 2880 de la zona de concentración parcelaria que pertenece a la Comunidad Autónoma de Galicia en virtud del acta complementaria de reorganización de la propiedad de la zona de concentración parcelaria de Oroso-Gándara-Deixebre-Trasmonte de fecha 29 de abril de 1997, por la que pasaron a la titularidad de la Comunidad Autónoma de Galicia las tierras sobrantes de la mencionada zona de concentración, entre la que se encuentra el predio nº 2880.

Una vez obtenida la inscripción en el correspondiente registro de la propiedad del citado bien inmueble, procede declarar su alienabilidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 3/1985, de 12 de abril, de patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia y en el artículo 60 del Decreto 50/1989, de 9 de marzo, por el que se aprueba su reglamento, con objeto de posibilitar el tráfico de este bien patrimonial.

En virtud do anteriormente expuesto y teniendo en cuenta la memoria justificativa de la Secretaría General de la Consellería de Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural y después del informe favorable de la Consellería de Economía e Hacienda,

DISPONGO:

Artículo único.-Se declara la alienabilidad de los bienes inmuebles que se describen:

-Predio nº 2880 de la zona de concentración de Oroso-Gándara-Deixebre-Trasmonte, municipio de Oroso, terreno dedicado a tojal en el sitio de Picho que tiene una superficie de 3.160 m, que extrema: norte, camino; sur, Jesús Suárez Mosquera (2879), este, Carmen Juncal Recarey y otro (2878); oeste, Antonio Barallobre Gómez (2881). Inscrito en el

Registro de la Propiedad de Ordes en el tomo 740, libro 114, folio 142, predio nº 12248.

Santiago de Compostela, 5 de noviembre de 2003.

Juan Miguel Diz Guedes

Conselleiro de Política Agroalimentaria y

Desarrollo Rural