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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 223 Lunes, 17 de noviembre de 2003 Pág. 14.160

III. OTRAS DISPOSICIONES

INSTITUTO GALLEGO DE LAS ARTES ESCÉNICAS Y MUSICALES

RESOLUCIÓN de 5 de noviembre de 2003 por la que se anuncian pruebas para formar parte de una lista de bailarines/bailarinas becarios en el cuerpo de baile del Ballet Gallego Rey de Viana.

El Decreto 394/1990, de 19 de julio, por el que se crea el Ballet Gallego Rey de Viana como un centro o unidad de producción artística integrada en el Instituto Gallego de las Artes Escénicas y Musicales, establece en su artículo 1.2º la inclusión de becarios en el cuerpo de danza del Ballet Gallego Rey de Viana.

Con la intención de cubrir dichas becas en el cuerpo de baile para la temporada de 2004, se acuerda proceder a la oportuna convocatoria con sujeción a las siguientes bases:

1. Se convoca concurso para la confección de una lista de becas de bailarines/bailarinas que, reuniendo las condiciones previstas en la presente convocatoria deseen integrarse en el cuerpo de danza del Ballet Gallego Rey de Viana. La programación prevista de formación en el cuerpo de baile se producirá entre el 20 de enero y el 30 de noviembre de 2004.

2. La dotación de las becas será de 540,91 euros brutos mensuales durante el período indicado, siendo prorrateada la cantidad para un período inferior al mes (referencia mes natural: 30 días), hasta un máximo de 5.950,01 euros brutos/año.

La concesión y cuantía de las bolsas quedan condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la aplicación presupuestaria 10.60.354A.460.1 del presupuesto de gastos del IGAEM para el año 2004. En este caso se cubrirán, por orden de prelación de la citada lista, un mínimo de seis bolsas de bailarines/inas, mediante resolución de la gerencia del IGAEM.

3. Requisitos para optar a las bolsas.

a) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y menos de 30, al final del período de presentación de las instancias. A partir de los 30 años se considerará, caso por caso, por el tribunal las características de los aspirantes.

b) Non haber permanecido como becario del Ballet Gallego Rey de Viana tres o más años, entendiéndose por año cada temporada de once meses (máximo 33 meses).

c) No haber desempeñado la actividad de bailarín mediante contrato profesional. El aspirante deberá entregar declaración responsable de no haber firmado contrato profesional con anterioridad.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones de bailarín/a.

e) No estar separado del servicio de ninguna Administración pública en virtud de expediente disciplinario, ni encontrarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas.

f) No tener empleo remunerado ni disfrutar de otra beca o ayuda, cualquiera que fuese ésta, salvo las concedidas para estudios reglados o, en su defecto, el compromiso de no encontrarse en ninguna de las situaciones excluidas en el momento en que se otorguen las becas.

Podrá presentarse a esta convocatoria, cumpliendo los requisitos anteriores, cualquier persona interesada en la misma sin excepción de nacionalidad, así como los becarios que forman parte en este momento del cuerpo del Ballet Gallego Rey de Viana, con la excepción indicada en el apartado 3ª b).

4. La concesión de la beca no establecerá relación laboral de ningún tipo entre el IGAEM y el beneficiario de la misma.

5. Las solicitudes, según modelo que figura en el anexo de la presente convocatoria como solicitud tipo, deberán presentarse hasta el día 2 de diciembre como fecha límite, en el registro general del IGAEM (pabellón de Galicia en San Lázaro, s/n) o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4º de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. El lugar de celebración de las pruebas será en las instalaciones del Ballet Gallego Rey de Viana en el Complejo Deportivo de Elviña, calle O Birloque, s/n, A Coruña, el día 10 de diciembre de 2003a las 10.00 horas. La relación de aspirantes admitidos estará expuesta en el tablón de las oficinas del IGAEM (pabellón de Galicia en San Lázaro, s/n, Santiago de

Compostela), así como en las dependencias del Ballet Gallego Rey de Viana, con anterioridad al inicio de las pruebas.

Los aspirantes seleccionados deberán aportar la siguiente documentación:

a) Fotocopia del DNI compulsada.

b) Certificado del IGAEM del período disfrutado como becario del Ballet Gallego Rey de Viana, en su caso.

c) Declaración responsable acreditativa de los puntos 3º c), 3º e) y 3º f) exigidos como requisitos.

d) Certificado médico original y actualizado que acredite el punto 3º d) exigido como requisito.

e) Currículum vitae y documentación acreditativa de los méritos que aleguen los aspirantes. Los méritos alegados deberán presentarse por documento original o copia compulsada.

6. Con la finalidad de facilitar la participación, los solicitantes que hayan tramitado su solicitud en plazo serán incluidos en la relación de aspirantes admitidos a dichas pruebas.

Los becarios seleccionados, con carácter previo a su toma de posesión, deberán presentar, de no haberlo hecho en el momento de la presentación de la solicitud, la documentación indicada en el punto 5º.

7. La selección de los becarios se realizará mediante prueba práctica, consistente en la interpretación de tres obras coreográficas (libre, clásica y de carácter) presentadas por el aspirante.

Antes del inicio del ejercicio, cada concursante podrá optar entre entregarle al tribunal una grabación musical en cassete para dar acompañamiento a las obras coreográficas a interpretar, o interpretar las que se le faciliten por el tribunal.

8. El tribunal que efectuará la selección de los candidatos estará constituido de la siguiente forma:

Presidente: presidente del IGAEM o persona en quien delegue.

Vocales:

-Gerente del IGAEM o persona en la que delegue.

-Directora-coreógrafa del Ballet Gallego Rey de Viana.

-Una profesora de baile o danza del Ballet Gallego Rey de Viana.

Secretario/a (con voz y sin voto): un personal administrativo de la plantilla del IGAEM.

9. La aceptación de la bolsa llevará consigo, por parte del beneficiario, el cumplimiento de los compromisos establecidos en el artículo 25.1º, del Decreto 107/1993, de 12 de mayo, de desarrollo de la Ley 4/1989, modificada por la Ley 2/1991, de creación del Instituto Gallego de las Artes Escénicas y Musicales (DOG del 25 de mayo de 1993).

El becario se compromete, asimismo, a participar en el programa de actuaciones que establezca la dirección del ballet, con la renuncia a cualquier otra con

traprestación económica diferente de la cantidad que perciba como bolsa, siendo propiedad del IGAEM cualquier derecho derivado de las actuaciones comprometidas en el período formativo, incluyéndose las grabaciones y emisiones en televisión, vídeo u outro medio audiovisual

10. Los/las becarios/as tendrán derecho al disfrute, durante el período de la bolsa, de los días de vacaciones que proporcionalmente les correspondan en cómputo de 2,5 días por mes trabajado, siempre de acuerdo con la dirección del ballet.

11. Serán causas de suspensión temporal o pérdida definitiva de la bolsa, según los casos:

a) Renuncia por parte del interesado.

b) El incumplimiento de las obligaciones a las que se refiere la base anterior.

c) El incumplimiento de alguno de los requisitos recogidos en la base 3ª de esta convocatoria.

En caso de sanción, ésta será impuesta por el gerente del IGAEM, previo el pertinente informe de la directora-coreógrafa del ballet y audiencia del interesado.

12. La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del tribunal podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, mediante recurso potestativo de reposición a interponer en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el DOG, ante el IGAEM, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el DOG.

Santiago de Compostela, 5 de noviembre de 2003.

José Manuel Soto Virulegio

Gerente del Instituto Gallego de las Artes

Escénicas y Musicales

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES INSTITUCIONALES

Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA