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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 221 Jueves, 13 de noviembre de 2003 Pág. 14.056

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO CUATRO DE A CORUÑA

CÉDULA de notificación de sentencia (39/2003).

Ana María Carrasco García, secretaria del Juzgado de lo Social número cuatro de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos nº 39/2003, a instancia de Juan Francisco Centoira Freire contra la empresa Construcciones Fergama, S.L., sobre cantidad, en los que ha recaído sentencia de fecha 16-10-2003 que, copiada en sus particulares necesarios, dice así:

Fallo que, estimando la demanda promovida por Juan Francisco Centoira Freire contra la empresa Construcciones Fergama, S.L. debo condenar y condeno a la demandada a que abone al actor la cantidad de 6.224,22 euros por todos los conceptos reclamados en la demanda.

Así, por esta mi sentencia, contra la que se podrá recurrir en suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de cinco días contados a partir del siguiente al de su notificación, anunciando el propósito de presentarlo mediante comparecencia o por escrito, siendo indispensable que, al tiempo de anunciarlo, el recurrente, si es empresario, exhiba ante este juzgado de lo social el resguardo acreditativo de haber depositado en la cuenta, abierta en Grupo Banesto (Banco Español de Crédito, S.A. y Banco de Vitoria, S.A.) número 5605 0000 60 039 03 la cantidad objeto de la condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que deberá hacerse contar la responsabilidad solidaria del avalista, sin cuyo requisito no podrá ternerse por anunciado el recurso y quedará firme la sentencia. Deberá consignar, además, la cantidad de 150,25 euros en la misma cuenta, 5605 0000 65 039 03,

entregándose el resguardo en la secretaría al tiempo de interponer

el recurso, declarándose éste desasistido de no constituirse dicho depósito en la forma indicada. Definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Construcciones Fergama, S.L., expido y firmo la presente cédula en A Coruña, 16 de octubre de 2003.

La secretaria judicial

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