Ana María Carrasco García, secretaria del Juzgado de lo Social número catro de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos número 55/2003, a instancia de María Luisa Couto Castiñeiras contra la empresa Cartex 2001, S.L., sobre cantidad,
en los que ha recaído sentencia de fecha 24-9-2003 que, copiada en sus particulares necesarios, dice así:
Fallo que, estimando la demanda promovida por María Luisa Couto Castiñeiras contra la empresa Cartex 2001, S.L., debo condenar y condeno a la demandada a que abone a la actora la cantidad de 961,20 euros por todos los conceptos reclamados en la demanda.
Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra ella no cabe recurso.
Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Cartex 2001, S.L., expido y firmo la presente cédula en A Coruña a 24 de septiembre de 2003.
La secretaria judicial
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