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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 209 Martes, 28 de octubre de 2003 Pág. 13.347

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOS DE A CORUÑA

CÉDULA de notificación de sentencia (692/2003).

Yo, Jaime Balado Yáñez, secretario judicial del Juzgado de lo Social número dos de A Coruña, doy fe y testimonio de que en autos seguidos ante este juzgado de lo social, tramitados bajo el número 692/2003 a instancia de Óscar Ramírez Mosquera contra Grupo de Empresas Edek, S.L. y Fogasa, sobre despido, se dictó la siguiente sentencia:

«En la ciudad de A Coruña, 24 de septiembre de 2003.

Jorge Hay Alba, magistrado-juez de lo Social número dos de esta ciudad, ha visto los presentes autos de juicio número 692/2003, seguidos por instancia de Óscar Ramírez Mosquera, mayor de edad, asistido por el letrado José Páramo Sureda, contra Grupo de Empresas Edek, S.L., que no compareció en autos; y el Fogasa, representado y asistido por la letrada María Paz Gómez Álvarez, siendo el objeto de la reclamación despido.

(Siguen hechos y fundamentos de derecho).

Decido que, estimando la demanda interpuesta por el demandante Óscar Ramírez Mosquera, interviniendo el Fogasa, debo declarar y declaro improcedente el despido efectuado por la empresa Grupo de Empresas Edek, S.L., y extinguida la relación laboral en la fecha de la presente resolución, condeno a la empresa a que abone al demandante la cantidad de 150,40 euros en concepto de indemnización, más 3.007,95 euros por salarios de tramitación.

Notifíquese esta resolución a las partes, a las que se les hará saber que contra ella sólo cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, anunciándose ante este juzgado en el plazo de cinco días contados a partir de la notificación de esta sentencia y, en el propio término, si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita, deberá, al anunciarlo, entregar el justificante acreditativo de la consignación de la cantidad objeto de la condena en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en el Banesto de esta ciudad, con el número de cuenta 0030-6349-0000-5603, clave 60, haciendo constar en el ingreso el número del expediente.

Y, asimismo, deberá, en el momento de interponer el recurso, consignar la cantidad de 150,25 euros en concepto de depósito en la clave 65 de la citada cuenta y expediente.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación a la empresa, cuyo domicilio se desconoce, mediante su publicación en el Diario Oficial de Galicia, expido y firmo esta cédula de notificación en A Coruña, 24 de septiembre de 2003.

El secretario judicial

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