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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 205 Miercoles, 22 de octubre de 2003 Pág. 13.130

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 17 de septiembre de 2003 por la que se autoriza con carácter provisional la impartición de las enseñanzas conducentes a la obtención del certificado de aptitud pedagógica en la Universidad de Vigo.

La Universidad de Vigo presentó solicitud para la impartición de las enseñanzas conducentes a la obtención del certificado de aptitud pedagógica (CAP) en el Centro de Estudios de Postgrado y Formación Continua, con carácter provisional, en tanto non se implanten las enseñanzas conducentes a la obtención del título profesional de especialización didáctica.

Teniendo en cuenta que, según lo dispuesto en el Real decreto 1692/1995, de 20 de octubre, que regula el título profesional de especialización didáctica, modificado por el Real decreto 325/2003, de 14 de marzo, el informe de la Asesoría Jurídica General de la Xunta de Galicia que obra en la Dirección General de Universidades de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria recoge que, a la vista de la prórroga del período de transitoriedad, parece justo adoptar soluciones, también transitorias, que permitan a las universidades gallegas que lo deseen, y tengan medios para ello, la organización de los cursos de aptitud pedagógica, a través de los centros o institutos que establezcan, y con un diseño curricular homogéneo con los ya existentes, esta consellería, a propuesta de la Dirección General de Universidades,

DISPONE:

Artículo único.-Autorizar con carácter provisional, en tanto non se implanten las enseñanzas conducentes a la obtención del título profesional de especialización didáctica en la Comunidad Autónoma, la impartición de las enseñanzas conducentes a la obtención del certificado de aptitud pedagógica en el Centro de Estudios de Postgrado y Formación Continua en la Universidad de Vigo.

Contra esta orden podrán los interesados interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo

ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses desde la misma fecha, según previenen los artículos 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 17 de septiembre de 2003.

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria