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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 204 Martes, 21 de octubre de 2003 Pág. 13.095

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOS DE A CORUÑA

CÉDULA de notificación de sentencia (972/2002).

Yo, Jaime Balado Yáñez, secretario judicial del Juzgado de lo Social número dos de A Coruña, doy fe y testimonio que en autos seguidos ante este juzgado de lo social, tramitados bajo el número 972/2002 a instancia de entidad mercantil Hostenor La Luna, S.A., contra TGSS y otros sobre impugnación alta de oficio se dictó la siguiente sentencia:

«En A Coruña, 22 de septiembre de 2003.

Jorge Hay Alba, magistrado juez de lo social número dos de esta ciudad, ha visto los presentes autos de juicio número 972/2002, seguidos por instancia de la entidad mercantil Hostenor La Luna, S.A. representada e asistida pola letrada Enma Miranda Varela, contra la Tesorería General da Seguridad Social, representada e asistida pola letrada Cristina Ortiz Dorda

e Dixie Carolina Ávila López, Alexandra Ferreira de Silva, Zuleima Yamilet Moncada Delgado, Gladis Emile Florenciano Jiménez, que no comparecieron en actos, siendo objeto de la reclamación impugnación de alta de oficio y siguen hechos y fundamentos de derecho.

Decido que desestimando la demanda interpuesta por la entidad mercantil Hostenor La Luna, S.A. contra la Tesorería General de la Seguridad Social y Dixie Carolina Ávila López, Alexandra Ferreira de Silva, Zuleima Yamilet Moncada Delgado, Gladis Emile Florenciano Jiménez, con la absolución de los codemandados de los pedimentos contenidos en la demanda.

Notifíquese esta resolución a las partes, a las que se hará saber que contra la referida sólo cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, anunciándose ante este juzgado en el plazo de cinco días contados a partir de la notificación de esta sentencia, y en el propio término, si el recurrente no goza del beneficio de la justicia gratuita deberá, al anunciarlo, entregar el justificante acreditativo de consignación de la cantidad de 150,25 euros en concepto de depósito especial para recurrir en la cuenta 030-6349-5603-0000-65-972-02.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando e firmo».

Y para que sirva de notificación a Dixie Carolina Ávila López, Zuleima Yamilet Moncada Delgado y Gladis Emile Florenciano Jiménez, con dirección desconocida, mediante su publicación en el Diario Oficial de Galicia, expido y firmo esta cédula de notificación en A Coruña, 22 de septiembre de 2003.

Jaime Balado Yánez

Secretario judicial