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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 204 Martes, 21 de octubre de 2003 Pág. 13.094

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO TRES DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

EDICTO (126/2001).

En el procedimiento de referencia se ha dictado la sentencia en la cual su encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

«En Santiago de Compostela, 17 de marzo de 2003.

María Fe López Juiz, magistrada-jueza sustituta del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número tres de los de esta ciudad, ha dictado la presente resolución en el procedimiento civil ordinario seguido en este juzgado con el número 126/2001, en el que han actuado como demandante Leonor Gigirey Mata, representada por el procurador Sr. Raposo Quintas y asistida del letrado Pueyo Losa; como demandada María Gigirey Mata representada por el procurador Sr. Regueiro Muñoz y asistida del letrado Sr. Varela Fraga; Ricardo Ferrer Jaureguizar asistido de la procuradora Sra. Goimil Martínez y asistido del letrado Sr. Ferrer Jaureguizar; y Piedad Gugirey Riveiro, declarada en situación de rebeldía procesal, en nombre de El-Rey ha dictado la siguiente sentencia.

Fallo que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por Leonor Gigirey Mata, representada por el procurador Sr. Raposo Quintas y asistida del letrado Pueyo Losa contra María Gigirey Mata, representada por el procurador Sr. Regueiro Muñoz y asistido del letrado Sr. Varela Fraga; Ricardo Ferrer Jaureguizar asistido de la procuradora Sra. Goimil Martínez y asistida del letrado Sr. Ferrer Jaureguizar; y Piedad Gugirey Riveiro, declarada en situación de rebeldía procesal, debo de absolver y absuelvo a los demandados de las pretensiones contra él ejercitadas.

En cuanto a las costas, estese a lo dispuesto en el último fundamento de derecho.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que, contra la misma, pueden interponer recurso de apelación que, en su caso, deberán preparar ante este juzgado dentro de los cinco días siguientes al en que se les notifique esta resolución.

Así lo acuerdo, mando y firmo».

Y como consecuencia del ignorado paradero de Piedad Gugirey Riveiro, se extiende el presente edicto para que sirva de cédula de notificación.

Santiago de Compostela, 23 de septiembre de 2003.

El/La secretario/a

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